martes, 25 de junio de 2013

UN NEGRO HORIZONTE PARA LA FUNCIÓN PÚBLICA.



Estamos convencidos de que el proceso de ejecución de las sentencias firmes del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón -que anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 del Gobierno de Aragón, por vulnerar el derecho fundamental de acceso a la función pública, al no incluir la totalidad de los puestos vacantes ocupados como interinos, como exigían tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón-, marcará un antes y un después en la función pública aragonesa.

Si la posición sostenida por los representantes de la Administración en el incidente de ejecución que se sigue ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón marca el signo del futuro de la función pública aragonesa, éste no puede ser más negro y descorazonador, radicalmente divorciado del Estado de Derecho, del respeto a la legalidad y a la razón y de la garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Un escrito de alegaciones, revestido de apariencia de razonamiento jurídico, que deja al descubierto la más burda arbitrariedad de los gestores de la función pública, incapaces de cumplir la legalidad ni cuando les condenan a ello los Tribunales. Tal contumacia en la ilegalidad es difícilmente imaginable en unos responsables públicos que quieran ser dignos de tal condición.

El régimen de acceso a la función pública es un elemento esencial y definitorio del modelo constitucional de función pública, y su vulneración no es un asunto anecdótico o irrelevante, algo que podamos relativizar. Bastante se ha banalizado la ilegalidad en el funcionamiento de la Administración Pública, para que ahora podamos admitir o consentir, como una posición defendible, que la condena del Tribunal Supremo por vulneración del derecho de acceso a la función pública pueda verse privada de todo efecto o consecuencia práctica, dado el actual contexto económico de austeridad y estabilidad presupuestaria.  Debe recordarse que vulnerar los derechos fundamentales de los ciudadanos o impedir su libre ejercicio es un delito, aunque aquí no se haya juzgado la posible responsabilidad penal de los responsables de función pública que, de forma reiterada, desconocieron el derecho de los ciudadanos de acceder a la función pública.

Las relaciones de puestos de trabajo son los instrumentos que marcan las necesidades estructurales de personal, y una vez aprobadas, la cobertura de los puestos ha de hacerse a través de los procedimientos que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La ocupación de tales puestos por funcionarios interinos sólo puede producirse hasta la aprobación de la oferta anual de empleo público, en la que tales plazas deben ofertarse a todos los que deseen acceder al empleo público, a través de los correspondientes procesos selectivos. Este régimen de acceso, perfectamente establecido en las leyes, es el que la Administración no ha respetado ni quiere respetar cuando los Tribunales le conminan a ello.

Consideramos que lo que se ventila en estos momentos en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón es trascendental para el presente y el futuro de la función pública aragonesa. Frente a quienes quieren mantener un modelo degradado y mediocre de función pública, que se ajusta al bajo nivel de exigencia ética en el que parecen haberse instalado la práctica política y la gestión pública en Aragón, tenemos la oportunidad de que se restaure el cumplimiento de la legalidad administrativa y el respeto a los derechos fundamentales.

No estamos ante la regeneración de la Administración Pública, pero sí ante un paso decisivo que permita erradicar prácticas que nos han alejado muy peligrosamente de los valores y principios democráticos y que solo pueden llevar a la deslegitimación social de las instituciones públicas, si carecen de la mínima voluntad de compromiso con el respeto del ordenamiento jurídico.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hay que seguir luchando amigos.