jueves, 27 de junio de 2013

ESCRITO A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE LOS CONTRATOS DE ALTA DIRECCIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.



La Asociación se ha dirigido esta semana a los diferentes Grupos Parlamentarios en las Cortes de Aragón para expresarles su preocupación sobre el inadecuado uso que se hace de la figura del contrato de alta dirección por parte del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

En dicho escrito se sugiere a los distintos Grupos Parlamentarios que, a través de las iniciativas de control e impulso de la acción de gobierno que estimen oportunas, contribuyan a clarificar la utilización del contrato de alta dirección en el ámbito de sanidad y servicios sociales, dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como a corregir la utilización abusiva o irregular de tal figura, en detrimento del deseable nivel de profesionalidad de los servicios públicos.

Se les informa también de que, al amparo del derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, esta Asociación se dirigió el pasado mes de mayo al Consejero de Hacienda y Administración Pública, solicitando la adopción de una serie de medidas: en primer lugar, para garantizar la publicidad de los contratos de alta dirección suscritos en el ámbito de los Departamentos y organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, mediante la publicación de la provisión de los respectivos puestos en el Boletín Oficial de Aragón, al igual que se hace en los restantes supuestos de cobertura definitiva de puestos de trabajo; y, en segundo lugar, para que desde el Departamento de Hacienda y Administración Pública se revise el actual régimen de utilización del contrato de alta dirección para la cobertura de puestos  de trabajo de la Administración autonómica, valorando la procedencia de su utilización y procediendo en su caso a la supresión de tal posibilidad o a la estricta regulación de los supuestos y de los requisitos a satisfacer para su utilización, al objeto de asegurar el respeto a la legalidad y el cumplimiento de los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

La utilización de dicha posibilidad, a juicio de esta Asociación, se ha venido realizando de forma arbitraria, como mecanismo dirigido a eludir el régimen de provisión de puestos de trabajo previsto en la normativa de función pública, conculcando los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, sin ajustarse, en la mayor parte de los casos, los puestos de dirección así provistos a las características requeridas por dicha modalidad contractual.

No es posible, en suma, que la mera posibilidad de cobertura mediante contrato de alta dirección, contenida en las leyes de medidas aprobadas en su día, se entienda suficiente para desconocer el mandato constitucional y el contenido del Estatuto Básico del Empleado Público y de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, ignorando en la aplicación de tales contratos todo requisito de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. Su falta de publicación conlleva además un claro impedimento para el control de legalidad de la utilización de dicha fórmula.

2 comentarios:

Anónimo dijo...



¿No están ya de vacaciones parlamentarias?

Anónimo dijo...

En Sanidad no es que se abuse de la figura del contrato de alta dirección. Sino que en general siempre suele recaer en personajes carentes de toda capacidad, puestos allí a dedo por amistad o sintonía política. Una lacra lacerante para el funcionario y para la sociedad, que además se aprovecha de la opacidad de esta administración