lunes, 1 de septiembre de 2014

CONTROL POLÍTICO SOBRE EL FALLO DE LOS CONTROLES DE GESTIÓN.



La legalidad y la calidad de la gestión pública ha de quedar sujeta a control, y este control reviste numerosas modalidades. Controles internos y externos que supervisan la regularidad, la legalidad, la eficiencia de la actuación administrativa, y que se ejerce sobre los responsables de los órganos gestores. No basta con que existan normas de procedimiento administrativo, si no se controla y supervisa su efectivo cumplimiento.

El deterioro de la gestión administrativa responde en gran parte a que los responsables de las unidades administrativas  -en particular, las que no gestionan gasto público- no están acostumbrados a rendir cuentas de su actuación ni, sobre todo, se hallan sujetos a inspecciones periódicas, a diferencia de lo que ocurre en los órganos judiciales, sometidos a la inspección llevada a cabo por el Consejo General del Poder Judicial. Cuando desaparece el control, cuando no se espera ningún tipo de inspección, ni resultado derivado de la misma, la legalidad y corrección en la gestión se resiente. La falta de control determina la ineficiencia y el olvido de las normas en numerosas áreas de la Administración Pública. Frente a la norma, se consolidan malas prácticas, sin que los órganos de control las revisen y las corrijan.

No basta para corregir dicha dinámica de deterioro el proclamar normas de calidad, como aprobar cartas de servicios de forma desigual dentro de la organización administrativa, sin incentivos ni penalizaciones para quien las cumpla o las vulnere. Han de reforzarse los controles, pues la ineficiencia económica y la corrupción pública son resultado de la ausencia de controles o del mal funcionamiento de los controles establecidos. ¿Para cuándo la Administración va a evaluar la organización y calidad de sus unidades de control, como la Inspección General de Servicios y la Intervención General? El control, bien entendido, debe iniciarse sobre la puesta a punto de las propias unidades de control.

Debido a la importancia que concedemos a los órganos de control en el buen funcionamiento de la Administración Pública, y a la necesaria colaboración entre controles internos y externos, y entre controles de gestión y controles políticos, sin perjuicio del control último que corresponde a los Tribunales, pensamos que los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón han de conocer la iniciativa de esta Asociación al solicitar que se investigue la falta de diligencia en que se ha incurrido en la remisión al Tribunal de Cuentas de información relevante sobre la gestión de la empresa pública PLAZA, S.A.

Del fallo de la Administración es responsable políticamente el Gobierno de Aragón, y los altos cargos que dirigen cada una de las áreas de la gestión pública, y sobre ellos ha de ejercerse necesariamente el control por parte del Parlamento autonómico, dada la relevancia de los efectos derivados de un incumplimiento administrativo, al haberse imputado judicialmente al conjunto de los miembros de un Consejo de Administración de dicha empresa pública por la injustificada demora en el envío de documentación al Tribunal de Cuentas.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido la pasada semana al Grupo Parlamentario Popular:

“Grupo Parlamentario Popular
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 25 de agosto de 2014.

Estimados señores:

Les damos traslado, para su conocimiento, del escrito que esta Asociación ha dirigido al Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, en el que le expresamos nuestra preocupación por la manifiesta falta de diligencia en que parece haber incurrido la Intervención General del Gobierno de Aragón, tal y como ha sido puesto de manifiesto por el Ministerio Fiscal y el Juzgado de Instrucción competente, a la hora de atender requerimientos de información del Tribunal de Cuentas relativos a actuaciones de la empresa pública PLAZA, S.A.

Dada la gravedad de los hechos y la necesidad de esclarecer la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma, para concluir las circunstancias y posibles responsabilidades que concurren en la deficiente atención a los requerimientos del Tribunal de Cuentas,  hemos solicitado al citado Consejero que imparta las órdenes precisas para que la Inspección General de Servicios lleve a cabo las actuaciones inspectoras oportunas sobre dicho incumplimiento del deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas en que se ha podido incurrir en relación con actuaciones llevadas a cabo por la empresa pública PLAZA. S.A.

Como señalamos en dicho escrito, consideramos que un órgano de control como es la Intervención General del Gobierno de Aragón ha de extremar su diligencia en la atención de los requerimientos realizados por parte del Tribunal de Cuentas, evitando que su actuación renuente pueda impedir la realización de su labor de fiscalización u ocasionar dudas injustificadas sobre la correcta actuación del órgano o entidad sobre cuya gestión recaiga el control de dicho Tribunal.

Agradeciendo una vez más su atención, reciban un respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

2 comentarios:

Anónimo dijo...



Tema peliagudo y vidrioso.

Anónimo dijo...



Está bien el no eludirlo.