viernes, 29 de agosto de 2014

EL COSTE DE LA REFORMA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ARAGONESA: FALTA DETERMINACIÓN Y SOBRA IRRESPONSABILIDAD.



El pasado día 15 de mayo de 2014, desde esta Asociación nos dirigimos al Consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, para solicitarle la retirada del Proyecto de Ley de la Función Pública de Aragón, dada la ausencia del imprescindible estudio económico del coste que conlleva la aplicación de dicha Ley, haciendo uso en su caso de la facultad que prevé el Reglamento de las Cortes de Aragón en su artículo 142.

Tal y como señalábamos en dicho escrito, resulta difícilmente admisible que, en el contexto actual de las cuentas públicas de la Comunidad Autónoma, el Departamento de Hacienda y Administración Pública pueda elevar al Gobierno de Aragón un proyecto normativo de la trascendencia que representa el Proyecto de Ley de Función Pública, cuya ordenación tiene una directa incidencia en el coste del Capítulo I del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin contar con una evaluación del coste que representa su aplicación.

El parco e insuficiente análisis económico que se contiene dentro de la “Memoria del análisis del impacto normativo”, que sin fecha y sin firma de responsable alguno se remitió a las Cortes de Aragón –un documento administrativo anónimo debiera considerarse inválido y carente de todo valor jurídico-, no puede aceptarse como cumplimiento adecuado de lo previsto en la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014, en cuyo artículo 13.1, se dispone que “todo proyecto normativo cuya aplicación pueda comportar un incremento de gasto en el ejercicio del año 2014, o de cualquier ejercicio posterior, deberá incluir una memoria económica en la que se pongan de manifiesto las repercusiones presupuestarias derivadas de su ejecución y la forma en que se financiarán los gastos derivados de la nueva normativa, así como el informe preceptivo del Departamento de Hacienda y Administración Pública”.

Ni se concretan las repercusiones de la Ley ni se precisa su forma de financiación, ni mucho menos se aporta el informe preceptivo del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Pésimo comienzo para la tramitación de una norma central en el funcionamiento de nuestra Administración Pública. Una vez más nuestra Administración muestra su incapacidad para ajustarse a las exigencias de racionalidad que establece el ordenamiento jurídico a la hora de elaborar proyectos normativos. No se conoce el coste de una norma ni, por lo tanto, cabe asegurar su viabilidad económica, y se deja para más adelante –cuando las circunstancias lo permitan- determinar aspectos esenciales del modelo de función pública establecido, como son el régimen de carrera profesional y la estructura retributiva del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma. Ni se sabe lo que se quiere, ni se sabe lo que cuesta ni se sabe si hay dinero para pagarlo. ¿Cómo es posible una iniciativa legislativa del Gobierno en estas condiciones?

El impacto sobre el Capítulo I de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma se desconoce, y la actual coyuntura permite incluso dudar de la sostenibilidad del modelo propuesto, algo que no parece preocupar a los impulsores del Proyecto de Ley. Condicionar la viabilidad de un modelo de función pública a las disponibilidades presupuestarias de futuros ejercicios, sin una mínima evaluación de las necesidades que comporta, es un manifiesto ejercicio de mal gobierno y, al mismo tiempo, una falta de respeto tanto a los ciudadanos como a los propios empleados públicos, cuyo modelo de carrera profesional quedará bloqueado, con toda probabilidad, durante años y años, por su indefinición legal y por su imprevisión e inviabilidad presupuestaria. La aprobación de una norma de imposible o improbable aplicación constituye un directo menoscabo de la noción de Estado de Derecho, al vaciar de sentido el propio principio de legalidad.

Este modo de legislar sobre la función pública, siete años después de aprobarse el Estatuto Básico del Empleado Público, muestra la incuria de nuestros responsables de función pública, cuyas propuestas de ordenación carecen de los estudios técnicos indispensables para constatar su viabilidad técnica y presupuestaria.  Ejemplo de la ligereza con la que viene a abordarse la cuestión es la respuesta dada desde la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios al escrito de petición remitido al Consejero Campoy el pasado mes de mayo. La suma de carencias, de datos, de análisis y de argumentos, no hace más que mostrar la gravedad que reviste el modo de gobernar establecido en nuestra Comunidad Autónoma.

Se reproduce a continuación el contenido del escrito remitido por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios:

En relación a su escrito de fecha 15 de mayo de 2014 por el que se solicita la retirada del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, por ausencia de memoria económica, procede informar lo siguiente:

El Proyecto de Ley que consideró las sugerencias y aportaciones del Dictamen del Consejo Consultivo, entre ellas la incorporación en la Memoria de la Ley de una Memoria económica que está elaborada bajo el principio de prudencia.

Este proyecto no va a tener coste en la presente legislatura, de ahí la necesidad ineludible de plantear la Memoria Económica como ejercicio de simulación a futuro.

El coste real queda condicionado al desarrollo reglamentario y a las disponibilidades presupuestarias de ejercicios futuros.

Zaragoza, 17 de julio de 2014.

El DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS
Ignacio Murillo García-Atance”.

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