viernes, 12 de septiembre de 2014
EL ABUSO DE LA LIBRE DESIGNACIÓN EN PUESTOS A LOS QUE CORRESPONDE EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE CONTROL.
Ayer se publicaba en el Boletín Oficial de Aragón la convocatoria de provisión, por el
procedimiento de libre designación, de un puesto de carácter estrictamente técnico
del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), entidad adscrita al
Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Se trata de un puesto
de trabajo denominado Jefe de Unidad Técnica, nivel 25, cuyas funciones se
describen del modo siguiente: “Redacción y elaboración de informes y propuestas
de evaluación ambiental, tramitación, control y seguimiento de expedientes
administrativos de contenido ambiental”.
Días
atrás criticábamos el hecho de que los puestos de Inspector de Servicios o de
Interventores, ubicados en los principales órganos de control de la Administración
autonómica, se sometan en su totalidad al procedimiento de libre designación
para su cobertura.
Cabrá
alegar para ello el nivel administrativo que tiene atribuido o su especial
responsabilidad, pero es precisamente dicha responsabilidad administrativa en
controlar el respecto de la normativa lo que justificaría la nota de
irrevocabilidad de tales funcionarios en sus puestos de trabajo, para
protegerlos frente a cualquier tipo de presión y para evitar que, por temor a
consecuencias negativas de tipo profesional, se vean compelidos a aplicar de
manera laxa la legalidad administrativa.
Más
criticable resulta todavía que puestos de carácter estrictamente técnico –como el
convocado hoy del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental-, a los que
corresponde asimismo una labor de control sobre el posible impacto ambiental de
ciertos proyectos o actuaciones, se hallen igualmente provistos por libre
designación, lo que devalúa los criterios de mérito y capacidad a la hora de su
provisión, pero sobre todo, como ya hemos apuntado, menoscaba la seguridad
profesional del titular del puesto para ejercer sus funciones con absoluta
imparcialidad y exclusiva sujeción a las normas.
Insistimos
en que la profesionalización de la función pública es un elemento indispensable
en todo programa de regeneración institucional, y que cualquier programa de
calidad democrática que no incluya entre sus propuestas un conjunto de medidas
tendentes a reforzar dicha profesionalidad carece, a nuestro juicio, de toda
credibilidad. La aprobación del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón,
llevada a cabo recientemente por el Gobierno de Aragón, no contiene avance
alguno en esa dirección, sino que todavía debilita más el carácter profesional
de la función pública, al incrustar en la misma una función directiva que
incrementa las excepciones a los criterios de mérito y capacidad y amplía la
discrecionalidad política en la cobertura de puestos de trabajo en la Administración Pública.
Ante
la convocatoria de hoy, desde esta Asociación vamos a instar tanto al Consejero
de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente como al responsable del Departamento
de Hacienda y Administración Pública, que revisen todos los puestos de trabajo
del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y fijen criterios restrictivos para
la aplicación del procedimiento de libre designación, evitando que tal fórmula
de provisión pueda aplicarse a puestos de carácter técnico o puestos con
funciones de control y fiscalización.
Asimismo, nos dirigiremos al Justicia de
Aragón para plantearle la situación de claro abuso de la libre designación en
determinados ámbitos de la
Administración autonómica –entre los que figura, de manera
destacada, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental-, con el fin de que pueda
sugerir a los responsables del Gobierno de Aragón su corrección, para restaurar
la vigencia efectiva de los principios constitucionales de mérito y capacidad,
y reforzar el carácter profesional de la función pública, necesario para la
propia fortaleza del Estado de Derecho.
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2 comentarios:
Lo comparto al cien por cien.
En un proyecto de reestructuración de salud pública se crean puestos de libre designación para coordinar a los inspectores de las dintintas unidades. Otra aberración.
Admás en la última convocatoria de veterinarios de administración sanitaria, el temario incluye temas que son claramente de competencia farmacéutica. ¿intrusismo profesional?
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