lunes, 15 de abril de 2013

NUEVA RESPUESTA DESDE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN: MÁS FORMA QUE FONDO.



La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, al amparo del derecho fundamental de petición que reconoce el artículo 29 de la Constitución Española, dirigió un escrito a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, para solicitarle que, en su condición de representante máximo del Gobierno de Aragón, asegurase que la remisión a las Cortes de Aragón de los proyectos de ley aprobados por el Ejecutivo aragonés se haga acompañándolos de su memoria y demás antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre ellos, tal y como se exige en el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón.

Se indicaba en el citado escrito que no resultaba justificable que la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón no incluyera la obligación expresa de que la remisión de los proyectos de ley a las Cortes de Aragón debiera hacerse junto con los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ella, apartándose indebidamente del criterio establecido en el artículo 22.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, al regular dicha cuestión en el ordenamiento estatal. Una vez más, en el escrito se insistía en la necesidad de que todas las carencias reguladoras existentes en el ordenamiento jurídico aragonés en relación con la ordenación institucional establecida en el Estado o en otras Comunidades Autónomas debieran tratarse de corregir, pues la homologación en el nivel de exigencias institucionales constituye un primer objetivo en materia de buen gobierno.

El citado escrito de petición concluía solicitando que el Gobierno de Aragón se ajustase a los términos establecidos en el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, al remitir al Parlamento autonómico los proyectos de ley, promoviendo en todo caso la modificación del artículo 37 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón para adecuarlo al reglamento parlamentario y equipararlo a los términos previstos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

A dicho escrito de petición se ha respondido en fecha reciente por parte de la Secretaría General Técnica de la Presidencia, comunicando que desde el Gobierno de Aragón se sigue en todo momento el procedimiento establecido en el artículo 37 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, al tiempo que se señalan distintas iniciativas para favorecer la transparencia y la participación de los ciudadanos en las decisiones públicas, si bien se elude dar respuesta a la concreta petición de esta Asociación: no se dice nada sobre la petición de ajustar la actuación a lo previsto en el Reglamento de las Cortes de Aragón –norma vinculante para el Gobierno de Aragón- ni se valora la posibilidad de modificar la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón para equipararla a la previsión señalada del artículo 22.4 de la Ley del Gobierno.

Esta Asociación no puede dejar de valorar positivamente las nuevas formas de la Presidencia del Gobierno de Aragón, pero al mismo tiempo hay que destacar, en este caso, la falta de respuesta real a las cuestiones planteadas en nuestra petición, de modo que al eludir la cuestión se evita la necesaria motivación que exige la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del derecho de petición.

Se reproduce a continuación el texto íntegro de la respuesta remitida por la Secretaría General Técnica de la Presidencia:

“Estimado Señor Guiral:

Por medio de la presente acuso recibo de su escrito, recibido en la Presidencia del Gobierno de Aragón, donde solicita la remisión de los proyectos de ley en los términos establecidos en el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, promoviendo en su caso la modificación del artículo 37 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

En relación a su petición, le comunico que desde el Gobierno de Aragón, se sigue en todo momento el procedimiento establecido en el artículo 37 de la ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, que como expone en su solicitud, ha sido recientemente modificado por la Ley 10/2012, de 27 de diciembre.

La informo además que, conscientes de la necesidad de avanzar en todas aquellas medidas que favorezcan la transparencia y la participación de los ciudadanos en el ejercicio de las políticas públicas, está en estos momentos en elaboración el anteproyecto de Ley de Transparencia, Participación Ciudadana y Buen Gobierno, en el que se recogerán aquellos aspectos vinculados a las políticas públicas que se consideren más relevantes a los efectos de una mayor participación y conocimiento de los ciudadanos.

Asimismo, se ha puesto en funcionamiento, en el portal de servicios del Gobierno de Aragón, el canal “Transparencia”, con el objetivo de que los ciudadanos sean partícipes de las decisiones que les afectan, de manera que, al aumentar el control de ciudadanía sobre la acción del Gobierno, aumente también su confianza en las acciones implementadas.

Muy atentamente, le transmito mi mayor consideración.

La Secretaria General Técnica de la Presidencia, Cristina Moreno Casado”.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Pero si no se contesta a ninguna de las cuestiones planteadas. Cómo es posible?

Anónimo dijo...

Esto es salirse por la tangente.

Anónimo dijo...

Tono amable, desde luego, pero eso no justifica eludir la cuestión planteada.

Anónimo dijo...

Ahora vamos a dos notas diarias?

Anónimo dijo...


Y no descartemos el llegar a tres.