sábado, 23 de marzo de 2013

A VUELTAS CON EL DERECHO DE PETICIÓN, COMO MECANISMO FUNDAMENTAL DE PARTICIPACIÓN DIRECTA.



La Asociación, a lo largo de todos sus años de actividad, ha apelado al derecho fundamental de petición para trasladar propuestas y sugerencias a diferentes instituciones públicas –tanto estatales como autonómicas-, con escaso resultado en la práctica totalidad de los casos, y, en muchas ocasiones, con un absoluto incumplimiento por parte de las autoridades públicas del deber de respuesta razonada que impone la Ley Orgánica reguladora del derecho.

La defensa del derecho de petición llevó a la Asociación a acudir al Tribunal Constitucional en recurso de amparo contra acuerdos de la Mesa de las Cortes de Aragón en los que se nos negaba legitimación para formular propuestas con incidencia en la actividad parlamentaria, como era la constitución de una comisión de investigación para conocer sobre la utilización fraudulenta de los puestos de personal de confianza de los miembros del Gobierno de Aragón. El Tribunal Constitucional declaró vulnerado el derecho de petición y las Cortes de Aragón siguieron incumpliendo su deber de tramitación y respuesta, sin reacción por parte de ninguno de sus órganos de dirección –Presidente o Mesa- ni de los Grupos Parlamentarios, de los cuales ni antes ni después de la sentencia del Constitucional hubo reacción alguna.

Esta Asociación tiene pendiente de sentencia un recurso contra el entonces Presidente del Gobierno de Aragón, Marcelino Iglesias, por vulneración del derecho de petición, al no haber dado respuesta a las peticiones realizadas desde esta Asociación ni garantizar el respeto del derecho por parte de los restantes miembros del Gobierno de Aragón.

Entonces y ahora, esta Asociación considera que en toda estrategia de participación ciudadana ha de ocupar una posición central el derecho de petición, por su carácter de derecho fundamental y la especial vinculación de los poderes públicos para asegurar su ejercicio. Seguimos apreciando la ausencia de una estrategia de administración abierta, en la que el canal del derecho de petición se refuerce como vía de comunicación entre los ciudadanos y las instituciones públicas, algo que debiera constituir, en estos momentos en los que la distancia entre ambos se acrecienta, una prioridad. Para no dejar decaer una de las permanentes reivindicaciones de esta Asociación, en fechas recientes se dirigió un escrito a la Directora General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación, cuyo contenido se reproduce íntegramente a continuación:

“Ilma. Sra. Directora General
de Partición Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación
Departamento de Presidencia y Justicia
Edificio Pignatelli
Pº María Agustín, 36
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 19 de marzo de 2013.

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, le dirijo el presente escrito de petición, al amparo del artículo 29 de la Constitución Española, para solicitar que, por parte de ese órgano directivo al que corresponde la responsabilidad en materia de participación ciudadana, se garantice el cumplimiento de las obligaciones que corresponden al Gobierno de Aragón y a la Administración de la Comunidad Autónoma en relación con el ejercicio del derecho fundamental de petición por los ciudadanos.

Señala el artículo 15.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón que los aragoneses tienen derecho a participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos, en los términos que establecen la Constitución, este Estatuto y las leyes.

Al margen del derecho de sufragio, ente los mecanismos de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos ocupa una posición privilegiada el derecho de petición, al haber sido reconocido como un derecho fundamental en la Constitución Española, con la especial vinculación que ello comporta para el conjunto de los poderes públicos y el régimen de protección reforzada que se establece para los mismos, incluyendo el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La regulación del derecho de petición se contiene en la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, en cuyo artículo 11.5 se establece que “anualmente la autoridad u órgano competente confeccionará una memoria de actividades derivadas de las peticiones recibidas”, entendiendo que la responsabilidad de confección de dicha memoria dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, corresponde a esa Dirección General. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en su Disposición final primera, “el Gobierno y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones de desarrollo y aplicación de la presente Ley Orgánica que resulten necesarias”, careciendo hasta la fecha el Gobierno de Aragón de una disposición que regule, en sus aspectos procedimentales, la tramitación de las peticiones formuladas ante el mismo por los ciudadanos en ejercicio del citado derecho fundamental. En tal sentido, queremos recordarle la recomendación formulada desde el Justicia de Aragón relativa a la conveniencia de la aprobación de la citada normativa, emitida por dicha Institución con fecha 28 de enero de 2009, en la que se señalaba: “La Diputación General de Aragón debe valorar la oportunidad de elaborar un reglamento que desarrolle el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 29 de la Constitución Española”.

Con el ruego de que, a la vista del presente escrito de petición, considere la oportunidad de atender la citada sugerencia del Justicia de Aragón e impulse, en todo caso, la elaboración de la memoria anual prevista en el artículo 11.5 de la Ley Orgánica 4/2001, aprovecho la ocasión para expresarle un cordial saludo y sugerirle la oportunidad de un futuro encuentro con representantes de esta Asociación para poder conocer las iniciativas impulsadas desde su Dirección General en garantía del derecho de petición.

El Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa. Julio Guiral Pelegrín”

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Se hace bien en activar este tema, volviendo a un clásico de la asociación.

Anónimo dijo...

Este tema hay que desarrollarlo buscando asociaciones que apoyen las propuestas...¿se les ha convocado a debatir este asunto?