miércoles, 21 de enero de 2015

EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN HA DE CONVOCAR MIL PLAZAS DEL CUERPO DE MAESTROS: ESCRITO A LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN EXIGIENDO SU INCLUSIÓN.



El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte tendrá que dar cumplimiento a la reciente providencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en la que se tenía por no ejecutada la sentencia de 10 de febrero de 2012, por la que se obligaba a aprobar una oferta complementaria que incluyese la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por interinos a 31 de diciembre de 2010, omitidas indebidamente en la Oferta de Empleo Público de 2011. Dicha oferta complementaria habrá de aprobarse en el primer trimestre de 2015, y supondrá la obligada inclusión de las plazas del Cuerpo de Maestros ocupadas a 31 de diciembre de 2010 por funcionarios interinos.

El incumplimiento de sentencia en que ha incurrido el Gobierno de Aragón –razón del nuevo requerimiento formulado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón- obliga a subsanar los términos del  Decreto 24/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la oferta complementaria de la oferta de empleo público del 2011 correspondiente al personal docente no universitario. Dicho Decreto, amparado por un inconstitucional Decreto-ley que no tuvo inconveniente en aprobar el Gobierno de Aragón ni la mayoría parlamentaria en convalidar, constituyó un fraude manifiesto de sentencia, al alterar la naturaleza de las plazas afectadas.

La Oferta de Empleo Público anulada correspondía a plazas del Cuerpo de Maestros, de manera que la ejecución de sentencia debiera haber supuesto la incorporación a la oferta –a través de la citada oferta complementaria- de todas las plazas del Cuerpo de Maestros que a 31 de diciembre de 2010 se hallaban vacantes y ocupadas por funcionarios interinos. En lugar de eso, se aprobó una oferta complementaria arbitraria, con un número determinado de plazas de enseñanza secundaria, que ni por su número ni por sus características daban cumplimiento a la sentencia judicial.

El Tribunal da una segunda oportunidad a la Administración para cumplir con el deber constitucional de ejecutar debidamente las sentencias judiciales. Lo hace a través de un nuevo requerimiento, para que aprueben nueva oferta complementaria con todas las plazas que no se incluyeron en la aprobada el 18 de febrero de 2014. En el ámbito de la Administración educativa, es de esperar que tal requerimiento se traduzca en una oferta de empleo que incluya las más de mil plazas de maestros que se encuentran en la indicada situación: vacantes y ocupadas por funcionarios interinos, a 31 de diciembre de 2010.

Es de esperar que la Administración no incurra dos veces en el mismo fraude, pues ello podría revestir indicios de ilícito penal, que esta Asociación se vería obligada a trasladar al Ministerio Fiscal para depurar las responsabilidades a que hubiere lugar, tanto en el ámbito del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte como en el resto de la Administración de la Comunidad Autónoma, y en el propio seno del Gobierno de Aragón.

Se reproduce a continuación el escrito dirigido a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte:



“Excma. Sra. Consejera
Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte
Parque Empresarial Dinamiza
C/ Pablo Ruiz Picasso, 65
50018-ZARAGOZA

Zaragoza, 20 de enero de 2015.

Estimada señora:

De acuerdo con lo señalado en providencia de 1 de diciembre de 2014, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, no cabe dar por ejecutada la sentencia de dicho Tribunal de 10 de febrero de 2012, por la que se anuló la Oferta de Empleo Público de 2011 aprobada por el Gobierno de Aragón, en lo relativo al ámbito del personal docente no universitario, al entender que la oferta complementaria aprobada el 18 de febrero de 2014 no contenía el conjunto de plazas vacantes existentes en dicho ámbito a 31 de diciembre de 2010.

Ello quiere decir que el Decreto 24/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la oferta complementaria de la oferta de empleo público del 2011 correspondiente al personal docente no universitario, no dio debido cumplimiento a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, al no incluir la totalidad de plazas del Cuerpo de Maestros omitidas en la Oferta correspondiente a 2011, coherentemente con la naturaleza de las plazas incluidas en la oferta anulada.

El Tribunal, en la citada providencia de 1 de diciembre de 2014, requiere nuevamente a la Administración autonómica para que apruebe, en el plazo de tres meses, una nueva oferta complementaria en el ámbito del personal docente no universitario que incluya todas las plazas vacantes existentes a 31 de diciembre de 2010 y ocupadas por funcionarios interinos.

Es evidente, como señala el artículo 118 de la Constitución Española, la obligación que incumbe a todos –particulares y poderes públicos- de dar cumplimiento a las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como de prestar la colaboración requerida en la ejecución de lo resuelto. La reciente providencia pone de manifiesto, justamente, el incumplimiento de tal obligación por parte del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y del Gobierno de Aragón, al no ejecutar correctamente ni la sentencia del TSJA de 10 de febrero de 2012 ni los autos en los que se establecieron los términos de su ejecución forzosa.

En ausencia de cualquier otro dato que pueda facilitarse por parte de los responsables del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en cuanto a posibles plazas amortizadas u ofertas aprobadas con posterioridad, el dato de referencia para esta Asociación respecto a la necesaria oferta complementaria que debe aprobarse en este primer trimestre de 2015 –como ha exigido el Tribunal Superior de Justicia de Aragón- son las 1.362 plazas del cuerpo de maestros provistas por personal interino en el curso 2011/2012, sin perjuicio de los ajustes que puedan efectuarse en relación a la situación a 31 de diciembre de 2010, fecha a la que refiere el momento de cómputo de plazas vacantes el fallo del Tribunal. Dicha cifra queda reflejada en el informe especial elaborado por el Justicia de Aragón  sobre “El empleo público en la Administración autonómica aragonesa” (diciembre 2012), de acuerdo con la información facilitada por la propia Administración de la Comunidad Autónoma.

Entendemos que el obligado respeto a las reglas del Estado de Derecho y a quienes son titulares del derecho fundamental de acceso a la función pública en condiciones de igualdad ha de llevar a ese Departamento a elaborar, dentro del plazo señalado por el Tribunal, un Decreto de oferta complementaria con la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos a 31 de diciembre de 2010, sin reincidir en el incumplimiento señalado por parte del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Esta Asociación, en su condición de parte actora en la sentencia pendiente de ejecución y de entidad comprometida con la legalidad y la profesionalidad en el conjunto de la función pública, va a velar atentamente por el cumplimiento riguroso del fallo judicial que obliga a la Administración autonómica a ofertar las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, confiando en que su adecuado cumplimiento haga innecesario promover nuevas acciones legales para asegurar su respeto.

Agradeciendo de antemano su atención, reciba un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín.Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

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