jueves, 7 de abril de 2011

EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEL SUPREMO: ESCRITO A LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA.

Conforme a la acordado por la Junta Directiva de la Asociación, celebrada el martes 5 de abril, el Presidente de la Asociación, Julio Guiral, se dirigió ayer a la Consejera de Presidencia, Eva Almunia, para comunicarle que, ante la falta de respuesta a nuestra petición de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007, se va a instar ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón incidente de ejecución, para proceder al cumplimiento del fallo del Supremo.

Los Tribunales son los encargados de velar por la ejecución de lo juzgado, de modo que el control jurisdiccional de la Administración sea efectivo, asegurándose con ello la tutela judicial de los derechos de los ciudadanos. De poco serviría que se dictasen sentencias si éstas pudiesen ser inejecutadas por la Administración.

Creemos que la posición mantenida por el Departamento de Presidencia –a pesar de la actitud dialogante adoptada por el Director General de la Función Pública- es indicadora de su forma de entender el principio de legalidad y las exigencias del Estado de Derecho. No respetar las leyes ni ejecutar las sentencias es, lisa y llanamente, no respetar el principio de división de poderes –desoyendo el mandato de las leyes e inaplicando el veredicto de los tribunales-, conculcando con ello tanto el principio de legalidad como los derechos –en este caso, fundamentales- de los ciudadanos.

Ante tal actitud, hemos de dirigirnos nuevamente a los Tribunales de Justicia para solicitar, ahora, que la Oferta de Empleo Público de 2007 anulada por el Tribunal Supremo venga a sustituirse por una nueva Oferta que, referida a las plazas de dicho ejercicio, ofrezca a los ciudadanos las vacantes ocupadas entonces por funcionarios interinos, para que puedan ser cubiertas conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito dirigido a la Consejera de Presidencia:

“Excma. Sra. Consejera de Presidencia
Departamento de Presidencia
Gobierno de Aragón

Zaragoza, 6 de abril de 2011.

Estimada señora:

El pasado 8 de febrero, le dirigí un escrito en el que le trasladaba la sentencia del Tribunal Supremo, por la que se anulaba el Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público para 2007, al entender que dicho Decreto al no incluir la totalidad de los puestos vacantes ocupados por funcionarios interinos –tal y como exigen el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón-, vulneraba el derecho de acceso a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española.

En dicho escrito, se señalaban los puestos que, de acuerdo con la prueba practicada en el transcurso del proceso judicial, se hallaban ocupados por funcionarios interinos y trabajadores eventuales o temporales, sin haberse incluido en la Oferta aprobada.

Asimismo, se indicaba que la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, una vez establecida la obligatoriedad de incluir en la Oferta de Empleo Público los puestos vacantes ocupados por interinos, exigiría que el Gobierno de Aragón, en el plazo marcado por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, aprobase un nuevo Decreto sobre Oferta de Empleo Público de 2007, conforme a los datos de interinidades existentes en aquella fecha, ofertando al conjunto de los ciudadanos las 2.411 plazas que fueron indebidamente omitidas en su momento, para restablecer con ello la plena vigencia del derecho fundamental de acceso a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Toda vez que ha de entenderse vencido ya el plazo de ejecución voluntaria de la sentencia por parte de la Administración condenada –al haberse rebasado ya los dos meses señalados en la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo para ello-, sin que esta Asociación haya obtenido respuesta alguna a su escrito del pasado 8 de febrero ni le conste actuación alguna dirigida a tal ejecución, le comunicamos nuestra decisión de instar ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón el correspondiente incidente de ejecución, con el fin de que dicho Tribunal vele por hacer ejecutar lo juzgado.

Lamentamos que el Departamento que usted dirige se muestre no sólo incapaz de respetar las leyes en el procedimiento de aprobación de la Oferta de Empleo Público, garantizando con ello el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, sino también de ejecutar las resoluciones judiciales tendentes a restaurar la legalidad vulnerada, enervando de ese modo la eficacia deseable del control jurisdiccional de la actuación administrativa que establece artículo 106 de la Constitución Española.

Atentamente,

Julio Guiral Pelegrín.Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy bien, nuestros administradores y gobernantes, generalizando, son unos inoperantes recalcitrantes. Eso sí, sus amiguetes y enchufados están bien colocados.
Y lo peor es que otros vendrán que buenos los harán.

Alfonso dijo...

La comunicación a la responsable (¿irresponsable?) política de la Función Pública es algo que había que hacer, en efecto. Seguramente no servirá de nada, pero es lo adecuado.

Por otro lado,esta "responsable" puede llegar a ser la Presidente de Aragón; veremos qué se puede esperar de ella en la actuación que tenga ante la carta de la Asociación.

Saludos.

Anónimo dijo...

¿Cuándo se van a sacar a concurso todas las plazas ocupadas por interinos como manda la ley?

Anónimo dijo...

Tengo muchas dudas. La sentencia es fantástica y la participación de la Asociación insuperable. Pero ahora, me preocupa las consecuencias sobre el resto de Ofertas. Soy opositora y no sé cual será la consecuencia o si no podré participar en otras Ofertas de otros años, por ejemplo, la del 2011 como consecuencia de su posible anulación. Seríais tan amables de aclararlo?
Muchas gracias por adelantado.

Anónimo dijo...

Y cuando van a sacar a concurso todas las COMISIONES DE SERVICIO??

Anónimo dijo...

Cuando se van a hacer públicas las RPTs.??????

Anónimo dijo...

¿Cuando nos vamos a rebelar contra la arbitrariedad y el DEDO?

asocfuncionpublica dijo...

Los efectos de la sentencia los determinará el Tribunal, de modo que nosotros sólo podemos adelantar los términos de ejecución que vamos a solicitar.

Nuestra petición será que se convoquen de forma pública los puestos ocupados en su día por personal interino -funcionario y laboral-, de modo que todos puedan ejercer en condiciones de igualdad su derecho de acceso.

En principio, no tiene por qué suponer la anulación de ningún proceso acabado, ni está en nuestra pretensión la anulación de ningún proceso en desarrollo. Luchamos a favor del acceso y no en contra.

Está recurrida la Oferta de 2010 y ello no impide que se esté desarrollando. Si finalmente fuese anulada por el TSJA, jamás instaríamos la nulidad de ningún proceso.

Anónimo dijo...

Que se convoquen todas las COMISIONES DE SERVICIO

Anónimo dijo...

La Asociación debería pedir los datos de cuantos funcionarios están sin trabajo, ¿eso no es corrupción?

Anónimo dijo...

Muchas gracias por la respuesta a mis dudas y Felicidades por la función que estáis realizando.