miércoles, 13 de mayo de 2015

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE ANULÓ LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2007.



Mediante auto de 4 de mayo de 2015, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ha acordado “declarar ejecutada la sentencia de 29 de octubre de 2010, dictada por el Tribunal Supremo, sin imposición de costas”. Con ello concluye un largo proceso judicial iniciado por esta Asociación con la impugnación, por la vía especial de protección de los derechos fundamentales, del Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público para 2007, al no incluirse en la misma la totalidad de las plazas vacantes cubiertas por funcionarios interinos.

En un futuro próximo, cuando concluyan las restantes acciones judiciales promovidas en defensa del derecho de acceso a la función pública, será necesario recapitular la larga batalla jurídica librada por esta Asociación para reclamar el respeto del derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido a todos los ciudadanos en el artículo 23.2 de la Constitución Española. Entre los logros obtenidos en la misma, hay que destacar necesariamente el importante pronunciamiento del Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de octubre de 2010, que ahora se da por ejecutada, aunque hays sido imposible constatar la realidad de los puestos afectados por la misma, dado el oscurantismo con el que ha actuado la Administración de la Comunidad Autónoma en todo momento.

Ante la pasividad de la Administración respecto a la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, fue necesario instar la ejecución forzosa ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, requiriendo éste, en julio de 2013, al Gobierno de Aragón para que en el plazo de seis meses aprobase un Decreto de oferta de empleo público complementaria, que incluyese todas las plazas vacantes a fecha 31 de diciembre de 2006 cubiertas por funcionarios interinos, salvo aquellas que se previese su efectiva amortización y las que estuvieran reservadas a funcionarios de carrera. Dicha Oferta complementaria se aprobó por Decreto 22/2014, de 18 de febrero, pero su contenido, vistas las alegaciones realizadas por parte de esta Asociación, se estimó insuficiente y el Tribunal requirió al Gobierno de Aragón la aprobación de una nueva oferta complementaria a fin de dar total cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo.

El segundo requerimiento judicial motivó la aprobación del Decreto 8/2015, de 27 de enero, de oferta adicional a las ofertas complementarias de empleo público de 2007 y 2011. Pese a que nuestra Asociación alegó la carencia de garantías de que dicha Oferta adicional llevara a efecto debidamente los términos de la sentencia, dada la falta de información aportada por la Administración para constatarlo, el auto dictado por el Tribunal viene a considerarla ejecutada. Llama la atención el hecho de que el auto –y las actuaciones judiciales relatadas en el mismo- ignore por completo el Decreto-ley que aprobó el Gobierno de Aragón con la pretensión de alterar el alcance de los fallos judiciales que anularon las Ofertas de 2007 y 2011, y cuyo contenido se ha visto posteriormente alterado –sin mayores consecuencias- por la oferta adicional que ha sido preciso aprobar, a requerimiento del Tribunal, al considerarse insuficiente el número de plazas incluido en las ofertas complementarias, aprobadas conforme a las cifras fijadas por el Decreto-ley aprobado por el Gobierno de Aragón.

En definitiva, las acciones judiciales promovidas por esta Asociación, que dieron lugar a la anulación de las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 –sin afectar en nada a los procesos selectivos realizados al amparo de las mismas-, han motivado la convocatoria –aún no completada- de cerca de 3.000 plazas en el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma, algo que consideramos un logro suficiente para recompensar el esfuerzo desplegado.

Debemos señalar, no obstante, que el auto judicial se refiere exclusivamente a la sentencia que afecta a la Oferta de Empleo Público de 2007, quedando pendiente el pronunciamiento relativo a la ejecución de la sentencia del propio Tribunal Superior de Justicia de Aragón que anuló la Oferta de Empleo Público de 2011, y en la que esta Asociación y el Ministerio Fiscal siguen reclamando la necesaria convocatoria del conjunto de plazas del Cuerpo de Maestros que a 31 de diciembre de 2010 se hallaban ocupadas por funcionarios interinos. Confiamos en que el Tribunal obligue a la aprobación de una nueva oferta complementaria con dichas plazas de Maestros, sancionando con ello la grosera manipulación en la que han incurrido a lo largo de este proceso tanto el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte como el propio Gobierno de Aragón.

6 comentarios:

Anónimo dijo...



Que no suceda lo mismo con la del 2011, que no se puede consumar la burla de Educación.

Anónimo dijo...



El Gobierno anuncia una reforma para bajar la temporalidad en empresas públicas.

Anónimo dijo...


El Gobierno trabaja en una «modificación legal» para facilitar la conversión de contratos temporales en fijos en las empresas públicas, ha informado hoy el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, quien ha avanzado que dicha reforma incluirá también la ampliación de la tasa de reposición.

En virtud de la citada modificación, para transformar los contratos temporales en fijos en las empresas públicas «se exigirán solo dos ejercicios consecutivos en beneficios en vez de los tres actuales», ha explicado Montoro durante su intervención en el Pleno del Congreso en relación al conflicto laboral en Correos.

efe

Anónimo dijo...

En cuanto a Educación las convocatorias de 2007 y 2011 eran para cuerpo de maestros y la dan por ejecutada con unas plazas aleatorias de secundaria y FP.....sin palabras

Anónimo dijo...

En Boa han publicado la convocatoria para 2015 con 163 plazas de maestros.

Anónimo dijo...



No se ha pronunciado el Tribunal todavía sobre la oferta que afecta a Maestros, que es la de 2011. En el Decreto impugnado de 2007 solo afectaba a Administración General. Aún es pronto para valorar la actuación del TSJA respecto a las plazas de Maestros.