viernes, 31 de octubre de 2014

PERSISTE LA BAJA CALIDAD DEL BOLETÍN ESTADÍSTICO DEL PESONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.



La Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, en colaboración con el Instituto Aragonés de Estadística, ha elaborado una nueva entrega del “Boletín estadístico de personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón”, con datos relativos a junio de 2014.

Esta cuarta edición del Boletín, pese a la voluntad de mejora en cuanto a sus contenidos que manifestó el Consejero de Hacienda y Administración Pública en su comparecencia ante las Cortes de Aragón a iniciativa del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, vuelve a reincidir –quizá con la voluntad manifiesta de consolidarlos- en todos los defectos que hemos venido señalando desde esta Asociación.

En primer lugar, no es de recibo que los datos no se obtengan del Registro de Personal, sino del programa SIRHGA, lo que nos lleva a pensar si esta Administración ha dejado fuera de funcionamiento un instrumento de ordenación de la función pública tan básico como es el Registro de Personal, con cargo al cual poder emitir certificaciones fehacientes sobre información relativa al personal al servicio de la Administración autonómica.

En segundo lugar, el Departamento de Hacienda y Administración Pública parece empeñado en mantener una estadística de función pública que no se ajusta a los criterios con los que se confecciona el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, elaborado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a partir de los datos del Registro Central de Personal. Los datos del personal de las Administraciones de las Comunidades que se incluyen en el Boletín estatal son suministrados por las propias Comunidades Autónomas, a través de la Secretaría de la Comisión de Coordinación del Empleo Público. Es incomprensible que la información que la propia Comunidad Autónoma de Aragón facilita al Estado no se pueda incorporar en el Boletín autonómico, como igualmente injustificable resulta que una estadística pública, como es la relativa a los efectivos de las administraciones, no se elabore con iguales criterios en el nivel estatal o autonómico. Lo que no resultaría admisible para el censo de población o las cifras del desempleo tampoco debe serlo para la estadística de personal del sector público. El Departamento de Hacienda y Administración Pública debiera evitar aplicar criterios diferentes a los aplicados en el Boletín estatal, en el que se contiene la información relativa a la Comunidad Autónoma, si bien ésta no coincide con el boletín autonómico, por la aplicación de criterios metodológicos diversos, que impiden contar con una información congruente y clara. Es más, el Ministerio debiera evitar la aparición de boletines estadísticos carentes de rigor, como el elaborado por el Gobierno de Aragón.

En tercer lugar, debemos reiterar lo ya expresado en relación con las anteriores ediciones del Boletín: no cabe aceptar que la categorización del personal público se haga con criterios ajenos a los del Estatuto Básico del Empleado Público, de manera que no se sepa el personal correspondiente a cada grupo de titulación, ni, mucho menos, su distribución por cuerpos, escalas o clases de especialidad, que permita conocer los perfiles profesionales que hay detrás de las cifras globales que se indican; no cabe que no se diferencie de forma adecuada, dentro de los funcionarios, los funcionarios de carrera y los funcionarios interinos, limitándose el dato de temporalidad del personal a datos generales, aunque bien significativos, al alcanzarse una temporalidad del 37’3 % de la plantilla –es decir, 13.405 empleados públicos-; tampoco parece aceptable la utilización de categorías de destino que nada tienen que ver con el régimen de provisión de puestos, si bien el dato correspondiente a personal fijo en destino definitivo representa poco más de la mitad de la plantilla –alcanzando los 27.721 empleados-; tampoco parece razonable que no haya dato alguno sobre la estructura de los puestos de trabajo, más allá del número de personas adscritas a los diferentes centros de destino –como son las direcciones generales y los servicios provinciales de cada departamento y organismos públicos-, lo que permite apreciar la existencia de direcciones generales cuya plantilla no supera los ocho efectivos, como ocurre con la Dirección General de Desarrollo Estatutario, del Departamento de Presidencia y Justicia, o la Dirección General de Familia, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia; no hay información alguna sobre carrera profesional, con grados personales consolidados y correspondencia con la estructura de niveles de los puestos, o sobre situaciones administrativas, o sobre oferta e incorporación de personal de nuevo ingreso, o sobre bajas o jubilaciones, etc. Por no hablar del despropósito que supone cuantificar como personal de la Dirección General de Administración de Justicia (con 1.365 efectivos) a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, dependiente de juzgados y tribunales, desdibujando con ello la nítida separación que ha de haber entre Administración departamental y personal de Juzgados y Tribunales. Tampoco se visualiza la distinción entre Departamento de Educación y personal docente no universitario destinado en la red de centros docentes, o entre el Servicio Aragonés de Salud y el personal adscrito a la red de centros sanitarios.  Incomprensible resulta también la ausencia de la Universidad de Zaragoza, presente sin embargo en el Boletín estatal.

Por todo ello, esta Asociación va a reiterar al Consejero de Hacienda y Administración Pública un conjunto de propuestas de mejora de la actual estructura y contenidos del Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma, propuestas que se harán llegar igualmente a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón. Asimismo nos dirigiremos a los responsables del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el fin de que se asegure que la estadística pública sobre personal de las administraciones públicas se elabore, por todas las administraciones, con iguales criterios y metodologías, sin perjuicio de que los contenidos de los boletines puedan incorporar informaciones adicionales que estimen adecuadas las respectivas administraciones. No parece que quepa aceptar, cuando existe una Comisión de Coordinación del Empleo Público, que los datos de los boletines autonómicos y del estatal no resulten congruentes, lo que lleva a dudar de su fiabilidad y rigor.

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