viernes, 31 de octubre de 2014
PERSISTE LA BAJA CALIDAD DEL BOLETÍN ESTADÍSTICO DEL PESONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
La
Dirección
General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, en colaboración con el Instituto Aragonés de Estadística,
ha elaborado una nueva entrega del “Boletín
estadístico de personal al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón”, con datos relativos a junio de 2014.
Esta
cuarta edición del Boletín, pese a la voluntad de mejora en cuanto a sus
contenidos que manifestó el Consejero de Hacienda y Administración Pública en
su comparecencia ante las Cortes de Aragón a iniciativa del Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida, vuelve a reincidir –quizá con la voluntad manifiesta de
consolidarlos- en todos los defectos que hemos venido señalando desde esta
Asociación.
En
primer lugar, no es de recibo que los datos no se obtengan del Registro de
Personal, sino del programa SIRHGA, lo que nos lleva a pensar si esta
Administración ha dejado fuera de funcionamiento un instrumento de ordenación
de la función pública tan básico como es el Registro de Personal, con cargo al
cual poder emitir certificaciones fehacientes sobre información relativa al personal al
servicio de la
Administración autonómica.
En
segundo lugar, el Departamento de Hacienda y Administración Pública parece
empeñado en mantener una estadística de función pública que no se ajusta a los
criterios con los que se confecciona el Boletín Estadístico del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, elaborado por el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, a partir de los datos del Registro
Central de Personal. Los datos del personal de las Administraciones de las
Comunidades que se incluyen en el Boletín estatal son suministrados por las propias Comunidades
Autónomas, a través de la
Secretaría de la
Comisión de Coordinación del Empleo Público. Es
incomprensible que la información que la propia Comunidad Autónoma de Aragón
facilita al Estado no se pueda incorporar en el Boletín autonómico, como
igualmente injustificable resulta que una estadística pública, como es la relativa a los
efectivos de las administraciones, no se elabore con iguales criterios en el
nivel estatal o autonómico. Lo que no resultaría admisible para el censo de
población o las cifras del desempleo tampoco debe serlo para la estadística de personal del sector público. El
Departamento de Hacienda y Administración Pública debiera evitar aplicar
criterios diferentes a los aplicados en el Boletín estatal, en el que se
contiene la información relativa a la Comunidad Autónoma,
si bien ésta no coincide con el boletín autonómico, por la aplicación de
criterios metodológicos diversos, que impiden contar con una información
congruente y clara. Es más, el Ministerio debiera evitar la aparición de
boletines estadísticos carentes de rigor, como el elaborado por el Gobierno de
Aragón.
En
tercer lugar, debemos reiterar lo ya expresado en relación con las anteriores
ediciones del Boletín: no cabe aceptar que la categorización del personal público
se haga con criterios ajenos a los del Estatuto Básico del Empleado
Público, de manera que no se sepa el personal correspondiente a cada
grupo de titulación, ni, mucho menos, su distribución por cuerpos, escalas o clases de especialidad,
que permita conocer los perfiles profesionales que hay detrás de las cifras
globales que se indican; no cabe que no se diferencie de forma adecuada,
dentro de los funcionarios, los funcionarios de carrera y los funcionarios
interinos, limitándose el dato de temporalidad del personal a datos generales,
aunque bien significativos, al alcanzarse una temporalidad del 37’3 % de la
plantilla –es decir, 13.405 empleados públicos-; tampoco parece aceptable la
utilización de categorías de destino que nada tienen que ver con el régimen de
provisión de puestos, si bien el dato correspondiente a personal fijo en destino definitivo representa
poco más de la mitad de la plantilla –alcanzando los 27.721 empleados-; tampoco
parece razonable que no haya dato alguno sobre la estructura de los puestos de
trabajo, más allá del número de personas adscritas a los diferentes centros de
destino –como son las direcciones generales y los servicios provinciales de
cada departamento y organismos públicos-, lo que permite apreciar la existencia de direcciones
generales cuya plantilla no supera los ocho efectivos, como ocurre con la Dirección General
de Desarrollo Estatutario, del Departamento de Presidencia y Justicia, o la Dirección General
de Familia, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia; no hay
información alguna sobre carrera profesional, con grados personales
consolidados y correspondencia con la estructura de niveles de los puestos, o
sobre situaciones administrativas, o sobre oferta e incorporación de personal de nuevo ingreso, o sobre bajas o jubilaciones, etc. Por no
hablar del despropósito que supone cuantificar como personal de la Dirección General
de Administración de Justicia (con 1.365 efectivos) a todo el personal al
servicio de la
Administración de Justicia, dependiente de juzgados y
tribunales, desdibujando con ello la nítida separación que ha de haber entre
Administración departamental y personal de Juzgados y Tribunales. Tampoco se
visualiza la distinción entre Departamento de Educación y personal docente no
universitario destinado en la red de centros docentes, o entre el Servicio
Aragonés de Salud y el personal adscrito a la red de centros sanitarios. Incomprensible resulta también la ausencia de la Universidad de
Zaragoza, presente sin embargo en el Boletín estatal.
Por
todo ello, esta Asociación va a reiterar al Consejero de Hacienda y
Administración Pública un conjunto de propuestas de mejora de la actual
estructura y contenidos del Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma,
propuestas que se harán llegar igualmente a los diferentes Grupos
Parlamentarios de las Cortes de Aragón. Asimismo nos dirigiremos a los responsables
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el fin de que se
asegure que la estadística pública sobre personal de las administraciones públicas
se elabore, por todas las administraciones, con iguales criterios y metodologías,
sin perjuicio de que los contenidos de los boletines puedan incorporar
informaciones adicionales que estimen adecuadas las respectivas
administraciones. No parece que quepa aceptar, cuando existe una Comisión de
Coordinación del Empleo Público, que los datos de los boletines autonómicos y
del estatal no resulten congruentes, lo que lleva a dudar de su fiabilidad y
rigor.
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