martes, 12 de enero de 2010

PETICIÓN DE MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES DE ARCHIVO DE LA COMISIÓN DE PETICIONES DEL SENADO.

Como ya avanzábamos hace unos días, el Presidente de la Asociación, Julio Guiral, se ha dirigido a la Comisión de Peticiones del Senado para solicitarle que se expresen las razones que motivan el archivo acordado por dicho órgano parlamentario de los escritos de esta Asociación en que se exponía la falta de protección otorgada por el Defensor del Pueblo al derecho fundamental de petición ejercido ante diferentes autoridades públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Entendemos que el comportamiento de las instituciones públicas ha de ser escrupuloso en todo lo que afecta a los derechos fundamentales de los ciudadanos, y ello requiere que las Comisiones de Peticiones, tanto del Senado como del Congreso de los Diputados, motiven adecuadamente sus decisiones de archivo de los escritos de petición que les dirijan los ciudadanos, pues dicha motivación viene exigida por el artículo 11.3 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

La motivación es un requisito que las normas de procedimiento administrativo establecen para las resoluciones administrativas. Las sentencias deben igualmente incorporar los fundamentos de derecho que motivan el fallo judicial. Asimismo, los órganos parlamentarios han de motivar sus actos o decisiones sin valor de ley, en particular cuando afectan a derechos fundamentales de los ciudadanos. No hacerlo impediría el más elemental control sobre la posible arbitrariedad del comportamiento institucional, debiendo recordarse que la propia Constitución, en su artículo 9.3, garantiza la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, de todos los poderes públicos, incluyendo al Parlamento.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Peticiones del Senado:

“Presidente de la Comisión de Peticiones
Senado
Plaza de la Marina Española, 8.
28071-MADRID.

Zaragoza, 12 de enero de 2009.

Estimado señor:

En fechas recientes recibimos su amable comunicación sobre la decisión adoptada por la Comisión de Peticiones que Ud. preside, en relación al escrito de esta Asociación sobre la actuación del Defensor del Pueblo respecto a diferentes quejas por vulneración del derecho fundamental de petición, reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, por parte de diferentes autoridades públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Aunque esperábamos de esa Cámara una actuación más decidida en favor del ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de su necesaria protección por parte del Defensor del Pueblo, nada tenemos que objetar a la decisión de archivo adoptada, terminación posible que prevé el Reglamento de la Cámara para las peticiones realizadas por los ciudadanos.

No obstante, consideramos que la decisión de archivo de una petición dirigida a esa Cámara debiera señalar las razones o motivos que justifiquen la falta de actuación o tramitación, de acuerdo con lo que señala el artículo 11.3 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

El deber de motivación del rechazo a las peticiones de los ciudadanos constituye una obligación legal de todas las instituciones públicas ante las que se ejerce el citado derecho fundamental, debiéndose entender que el archivo o no tramitación constituye un rechazo de la petición formulada.

Las decisiones de los poderes públicos que afectan a derechos fundamentales, como es el caso del derecho de petición, se hallan sujetas a un deber reforzado de motivación, como ha señalado el Tribunal Constitucional, habiéndose omitido dicha motivación en la decisión de archivo que se nos trasladaba recientemente por la Comisión de Peticiones del Senado.

En consecuencia, la agradeceríamos que, conforme a lo requerido por el artículo 11.3 de la referida Ley Orgánica 4/2001, esa Comisión señalase a esta Asociación las razones o motivos que le han llevado a adoptar la decisión de archivo comunicada.

Agradeciéndole, en todo caso, su amable atención, reciba nuestro más atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

¿serán capaces de hacerlo?

Anónimo dijo...

¿el qué?

Anónimo dijo...

contestar, ¿qué va a ser?