domingo, 10 de enero de 2010

MODOS DE REIVINDICAR UNA ADMINISTRACIÓN DE LOS CIUDADANOS.

La defensa del derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública ha sido un objetivo prioritario de esta Asociación -pues su vulneración, con la no aprobación de las ofertas anuales de empleo público y las consiguientes bolsas de interinidad, cada vez más voluminosas, constituye una de las principales causas de la degradación que padece nuestra Administración Pública-, y ello se hace por reivindicar precisamente que la Administración es una organización pública cuyo personal, los servidores públicos, han de ser aquellos ciudadanos que, en pruebas objetivas que aseguren el principio de igualdad en el acceso, acrediten mayor mérito y capacidad.

La Administración es una pieza esencial del Estado de Derecho y su ordenación y funcionamiento -incluido el factor humano que la compone- ha de someterse a los principios constitucionales que se han establecido para asegurar el correcto desempeño de su destacada función, el servicio al interés general.

No está en manos del poder político, como parece pretenderse, la posibilidad de suspender las condiciones de acceso a las funciones públicas. No se pueden celebrar elecciones puntualmente, para proveer los cargos políticos, y demorar o suspender las pruebas selectivas que han de cubrir los puestos administrativos. Elecciones y oposiciones son mecanismos paralelos de selección del personal que ha de acceder a las funciones públicas: unas se refieren a funciones políticas, de carácter temporal, por la duración de un mandato o legislatura, para asegurar el principio democrático del poder; y las otras se refieren a funciones administrativas, de carácter permanente, para asegurar la imparcialidad de la administración pública y con ello garantizar los principios del Estado de Derecho.

Debiera resultar repudiado por todos los ciudadanos el hecho de que los cargos políticos se renueven puntualmente, como debe hacerse, y, en cambio, los procesos de selección del personal de la Administración Pública, que deben realizarse de forma anual, como marcan las leyes de función pública, mediante las oportunas ofertas de empleo público, no se impulsen, como debe hacerse, por los responsables políticos.

El Estado democrático y el Estado de Derecho son dos elementos esenciales de nuestro sistema político, pero responden a reglas diferentes: el primero se concreta en el carácter electivo de los cargos públicos, y el segundo en el principio de legalidad, al cual han de quedar sometidos no sólo los ciudadanos sino también todos los poderes públicos. Ese sometimiento ha de conllevar, entre otras cosas, el respeto al derecho de los ciudadanos a acceder en la forma reglada a la función pública.

La función pública no es patrimonio del poder político, ni de quienes lo ostentan temporalmente, ni menos aún de los empleados públicos o de los sindicatos que los representan. Unos y otros no pueden pactar en contra del derecho constitucional de los ciudadanos de acceso a la función pública, ni cabe dejar de someterse a los términos de la ley que regula el ejercicio de ese derecho, como es el caso del Estatuto Básico del Empleado Público.

Esta Asociación ha ensayado diferentes estrategias para reclamar el respeto al derecho de los ciudadanos de acceso al empleo público. Que nadie confunda tal reivindicación con asomo alguno de corporativismo, pues es justamente todo lo contrario, al pretender con ello que las funciones públicas no se hurten a los ciudadanos, quienes están llamados a desempeñarlas, previa selección por los procedimientos legalmente establecidos.

Las acciones judiciales promovidas en 2007 -ante una Oferta de Empleo Público que entendíamos irregular- se encuentran en estos momentos en espera de sentencia del Tribunal Supremo. En dicho momento, tuvimos a los sindicatos de la función pública, como UGT y CCOO, en contra de nuestras tesis, haciendo causa común con la Administración. Ahora, evitando reincidir en la estrategia judicial, esta Asociación ha optado por una actuación ante los órganos políticos del Estado para hacer valer el derecho de acceso de los ciudadanos a las funciones públicas, y recordar la obligatoriedad de aprobación de las ofertas de empleo público que impone la legislación básica, sin las cuales se lesiona el contenido esencial del derecho constitucional. Ese derecho debe asegurarse en el seno de todas las Administraciones Públicas, pues los derechos fundamentales deben disfrutarse en todas las partes del territorio español, conforme a las condiciones básicas marcadas por el ordenamiento jurídico.

Esta campaña, con el valioso aval de una resolución del Justicia de Aragón, recordando la obligatoriedad de la aprobación anual de la Oferta de Empleo Público, no ha hecho más que empezar. Esperamos que las instituciones estatales den una adecuada respuesta a la misma, asegurando con ello la efectividad de un derecho fundamental básico para la conformación de nuestro Estado de Derecho.

8 comentarios:

Anónimo dijo...

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa reclama a las Cortes Generales garantías para cumplir la legislación básica en materia de acceso al empleo público, según explica esta entidad en un comunicado.

ADN.es

Anónimo dijo...

La función pública es patrimonio del poder político y de quienes lo ostentan temporalmente, y mas aún de los empleados públicos o de los sindicatos que los representan. Unos y otros pueden pactar lo crean oportuno, pueden privatizar servicios en principio competencia de funcionarios, pueden hincharse con interinos eternos, pueden poner a currar a becarios sumisos por cuatro duros, pueden conceder comisiones de servicio perpetuas a amiguetes agradecidos, pueden regatear el principio de legalidad para aburrir, cansar y asquear a funcionarios de oposicion y que acceden por concurso de méritos hasta crear huecos a codazos para sus afines. Claro que sí, y así lo hacen.

Anónimo dijo...

Bien, de eso justamente se trata, de si lo que sucede puede prolongarse en el tiempo impunemente. De momento, ya hay una contestación pública y organizada que antes no existía. Hay que seguir avanzando. No hay nada fatal, contra lo que no quepa reaccionar.

Anónimo dijo...

¿Ejercicio de ingenuidad?

Anónimo dijo...

Si la corrupción se define como el aprovechamiento impropio para sí o para los allegados del cargo que se ocupa en una organización, las libres designaciones o las comisiones de servicios otorgadas discrecionalmente en razón de la militancia política, y sus correspondientes consolidaciones de nivel, ¿no serían uno de esos aprovechamientos impropios, conseguidos en razón de la militancia y no por el mérito y la capacidad? ¿Puede consolidarse una carrera administrativa por la militancia en el partido político que tiene la suerte de ganar unas elecciones? Los hechos demuestran que sí se puede. Es legal. Pero, ¿es ético?, ¿es justo?

Anónimo dijo...

Te olvidas de las colocaciones en las empresas públicas por ser el marido de fulanita o el hijo de menganito.

Anónimo dijo...

¿no se confunde deseo con realidad?

Anónimo dijo...

¿Qué deseos? ¿Qué realidad?