lunes, 8 de junio de 2009

EL DERECHO A UNA BUENA ADMINISTRACIÓN: UN IMPULSO EUROPEO.

Zaragoza, 8 de junio de 2009.

La celebración de las elecciones europeas permite, al margen de otras posibles reflexiones sobre el proceso de integración europea, recordar la importante contribución que desde las instituciones europeas se ha realizado, en los últimos años, para configurar una Administración Pública, imparcial y eficiente, al servicio de los ciudadanos.

El Defensor del Pueblo Europeo, a lo largo de los informes anuales presentados al Parlamento Europeo, fue perfilando, al final de los años 90, la noción de “buena administración”, como conjunto de obligaciones que correspondían a la Administración e instituciones comunitarias en sus relaciones con los ciudadanos. Esta labor, así como la receptividad del Parlamento Europeo a sus propuestas, permitió que el “derecho a una buena administración” se incluyese en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, aprobada en Niza en el año 2000.

Desde entonces la afortunada formulación de dicho derecho, con el que se venía a redefinir la relación entre la Administración y los ciudadanos, construyendo la misma como un derecho de los ciudadanos, ha ido adquiriendo una creciente aceptación como principio rector de la actuación de las administraciones públicas en el conjunto de los Estados de la Unión Europea.

España no ha sido una excepción, y el mayor ejemplo de dicho impacto ha sido la inclusión de dicho derecho en la mayor parte de las recientes reformas de los Estatutos de Autonomía. Aragón, sin embargo, parece haberse quedado al margen de dicha corriente a favor de una buena administración, pues el Estatuto de Autonomía resultante de la reforma de 2007 ha ignorado dicho derecho. Tal circunstancia ha pasado, al parecer, inadvertida para los ciudadanos y las instituciones aragonesas.

El Defensor del Pueblo Europeo impulsó también, con el fin de contribuir a hacer realidad el derecho a una buena administración, un Código de Buena Conducta Administrativa, aprobado por Resolución del Parlamento Europeo el 6 de septiembre de 2001. Aunque dicho Código va dirigido a los funcionarios o agentes de los órganos e instituciones de la Unión Europea, ha supuesto un canon europeo de buena conducta administrativa, difícil de desconocer por parte de las Administraciones Públicas de los Estados miembros. En él se inspira, sin duda, el Código de Conducta que incorpora el Estatuto Básico del Empleado Público español, aprobado en el año 2007 por las Cortes Generales.

La Unión Europea, por lo tanto, ha actuado como una organización preocupada por asegurar que la gestión del conjunto de sus órganos e instituciones se ajuste a estándares de exigencia de buen funcionamiento, entendiendo éste como un derecho exigible por los ciudadanos y expresamente amparado por el Defensor del Pueblo Europeo. Ese impulso, con su plasmación máxima en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ha de trasladarse necesariamente al quehacer de todos los poderes públicos de los Estados miembros.

Los servidores públicos y los ciudadanos no podemos, sin embargo, quedar al margen de este esfuerzo normativo y jurisprudencial. Las normas, aunque necesarias, no son suficientes para transformar la deficiente realidad de nuestras Administraciones Públicas. Hace falta un claro compromiso de los responsables políticos con objetivos de mejora y reforma que hagan posible el disfrute de ese derecho a una buena administración. Compromiso que sólo podrá producirse si existe una demanda de buen funcionamiento por parte de los ciudadanos y una voluntad decidida del conjunto de los servidores públicos por estar a la altura de lo que marca la Unión Europea.

Europa también la podemos y debemos construir desde las oficinas administrativas, haciendo que el trabajo de los agentes públicos asegure a todos los ciudadanos el derecho a una buena administración, como nuevo elemento definitorio de la “ciudadanía europea”.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Me parece esencial que pongamos la administración en una dimensión europea ....