miércoles, 15 de octubre de 2008

FORMULADO RECURSO CONTRA EL NOMBRAMIENTO DE SECRETARIO GENERAL DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES.

Zaragoza, 15 de octubre de 2008. La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha formulado hoy, ante el propio Gobierno de Aragón, un recurso potestativo de reposición contra el Decreto de nombramiento de Secretario General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, aprobado por el Ejecutivo aragonés el pasado 9 de septiembre.

Las razones que han llevado a plantear dicho recurso son las mismas que motivaron la impugnación de la convocatoria de provisión del puesto de trabajo, aprobada por el Consejero de Presidencia en el pasado mes de junio. Dichas razones se referían y se refieren a la vulneración de los principios de igualdad y publicidad en el acceso a las funciones públicas, al llevarse a cabo simultáneamente al procedimiento de provisión un incremento de las retribuciones del puesto, que sólo se ha hecho público y efectivo una vez concluido el procedimiento y efectuado el nombramiento para cubrir dicho puesto, falseando con ello el procedimiento de provisión realizado.

Concretamente, el nombramiento es acordado por el Gobierno de Aragón el 9 de septiembre de 2008, a propuesta del Consejero de Presidencia, Javier Velasco, sin tomar en consideración que unos días antes, mediante Orden de 2 de septiembre de 2008, los Consejeros de Presidencia y de Economía, Hacienda y Empleo, habían procedido a incrementar las retribuciones complementarias del puesto, reconociendo un complemento específico singular, notablemente superior al atribuido con carácter general a los puestos de igual categoría. Dicha Orden, sin embargo, no se publica en el Boletín Oficial de Aragón hasta el 2 de octubre de 2008, con posterioridad a la publicación del Decreto de nombramiento de Secretario General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, producida el 15 de septiembre de 2008.

Con independencia de la evidente desvirtuación de las condiciones del puesto de trabajo convocado que se hicieron constar en la convocatoria, y de que las circunstancias que han rodeado al proceso permitan pensar que se han reservado para el adjudicatario del puesto condiciones distintas y más favorables a las que se hicieron constar en la propia convocatoria, lo que podría constituir un fraude de ley por parte de los responsables de función pública, no debe obviarse la difícil justificación de acordar incrementos retributivos coincidentes con procedimientos de provisión, pues ello constituye un claro indicio de retribuciones ad personam, al margen de cualquier regla general o criterio objetivo, modo de determinación de retribuciones que no puede admitirse como válido.

En consecuencia, además de la impugnación del nombramiento acordado, al entender que se ha falseado el procedimiento de provisión, al resultar irreales las condiciones de convocatoria del puesto, esta Asociación va a estudiar las posibles medidas para analizar las posibles irregularidades en que se haya podido incurrir por los Consejeros de Presidencia y de Economía, Hacienda y Empleo, al asignar un complemento específico singular a un concreto puesto de trabajo, cuyo contenido funcional no ha experimentado variación alguna.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Bien hecho, a ver si alguien se entera de que esto va en serio y que el abuso de poder va a tener contestación en todo caso.

Anónimo dijo...

¿Es que los puestos y los sueldos se manejan a capricho?