jueves, 21 de octubre de 2010

TRABAS EN LA PUESTA EN MARCHA DE LA CÁMARA DE CUENTAS.

Las resistencias a que la Cámara de Cuentas de Aragón funcione adecudamente no parecen haber acabado ni con la aprobación de su nueva Ley, efectuada el 30 de diciembre de 2009, después de casi nueve años de inejecución de su anterior Ley de 2001, ni con el nombramiento de sus miembros y los posteriores pasos para posibilitar su funcionamiento.

El reciente rechazo manifestado por los Grupos de las Cortes de Aragón al proyecto de presupuestos aprobado por la propia Cámara, para su inclusión en el presupuesto de las Cortes de Aragón, constituye un preocupante desencuentro institucional entre la Cámara y el Parlamento autonómico y un signo claro de la falta de voluntad política de que la Cámara cuente con los recursos adecuados –que han de ser estimados por sus responsables- para ejercer de forma eficiente su labor de control.

En la historia de las patologías institucionales de la Comunidad Autónoma, el caso de la Cámara de Cuentas ocupará, obligadamente, un capítulo destacado. Es difícil explicar cómo una Ley aprobada por las Cortes de Aragón, por la que se creaba un órgano para el control financiero externo de la actividad del sector público autonómico, pudo permanecer inaplicada durante más de dos legislaturas.

Dicha experiencia, que debiera ruborizar al Presidente de las Cortes de Aragón, Francisco Pina, y a los miembros de los órganos de gobierno del Parlamento, no es obstáculo, sin embargo, para escatimar ahora a los miembros de la Cámara de Cuentas los recursos solicitados para permitir el funcionamiento efectivo y eficiente de la nueva institución, y eso que ahora dicha Cámara ha pasado a ser un órgano expresamente regulado en el Estatuto de Autonomía de Aragón, tras la reforma de 2007.

Es verdad que en momentos de crisis económica, como los actuales, la implantación de nuevas instituciones públicas –como es el caso de la Cámara de Cuentas de Aragón- ha de hacerse con una especial prudencia en los costes de funcionamiento, pero resulta irónico, por no calificarlo directamente de burla, que esa preocupación de contención del gasto público –desatendida en tantos supuestos, empezando por el régimen de dietas de los altos cargos del Gobierno de Aragón- se dirija precisamente hacia el órgano que ha de velar por la legalidad y la eficiencia del conjunto del gasto público de la Comunidad Autónoma.

No faltan tampoco las voces que hablan del nuevo gasto inútil que supone la Cámara de Cuentas, o de los numerosos puestos públicos que se crean para un conjunto de profesionales privilegiados. E incluso los hay que prefieren que la mala gestión del dinero público siga por sus actuales cauces, ahorrándonos la puesta en marcha de nuevas y costosas instituciones.

Al contrario de lo que, de forma interesada, sostienen unos y otros, en esta Asociación creemos que el papel que está llamada a jugar la Cámara de Cuentas de Aragón, en el panorama actual de opacidad con que se ha desarrollado el sector empresarial autonómico, y de falta de disciplina presupuestaria con la que viene actuando el conjunto de los Departamentos del Gobierno de Aragón, es decisivo para asegurar los principios de legalidad y transparencia en la gestión pública, promoviendo ahorros y detectando defectos o responsabilidades a corregir o depurar.

Negar a las instituciones de control recursos suficientes para ejercer sus funciones, como parecen hacerlo en estos momentos los diferentes grupos parlamentarios de las Cortes de Aragón, crea la duda legítima de si realmente lo hacen por criterios de racionalidad del gasto o si, como creemos nosotros, la razón verdadera es la de reducir la funcionalidad de la Cámara de Cuentas, para evitar un control real sobre el amplio sector empresarial público promovido durante la última década, esa misma década durante la que permaneció inaplicada la Ley de 2001 que creó, sin resultado práctico alguno, dicha Cámara.

miércoles, 20 de octubre de 2010

EL SENCILLO USO PÚBLICO DE LA RAZÓN.

El propósito de esta Asociación, desde el primer momento en que inició su andadura, fue expresar de forma razonada y del modo más claro posible nuestra preocupación por el estado en que se hallaba la función pública aragonesa, como consecuencia de las acciones y omisiones acumuladas de responsables políticos, sindicatos de la función pública y empleados públicos, alertando sobre el riesgo de desnaturalización o corrupción que amenazaba a la Administración autonómica y el inevitable proceso de deslegitimación social de los empleados públicos en el caso de no reaccionar ante semejante estado de cosas.

La degradación sufrida, durante el periodo del gobierno de coalición PSOE-PAR, en materia de selección y provisión de puestos de trabajo, con el consiguiente daño a los valores de objetividad y profesionalidad en el ejercicio de las funciones públicas y el menoscabo final a la ética de servicio público -ética que ha de imperar necesariamente en las Administraciones, para que estas resulten reconocibles y valoradas por los ciudadanos-, hacía inaplazable una toma de posición por parte de los servidores públicos.

Es cierto que las numerosas propuestas formuladas y acciones emprendidas apenas han modificado la situación –la mayor parte de los vicios denunciados prosiguen sin cambio apreciable alguno, e incluso se agravan-, pero, al mismo tiempo, creemos que el panorama existente se ha modificado radicalmente, pues no era imaginable que una asociación de funcionarios públicos se atreviera, por ejemplo, a denunciar al Gobierno autonómico ante la Fiscalía General del Estado por el uso fraudulento de los puestos del personal eventual de los gabinetes o hiciera comparecer a las Cortes de Aragón como institución demandada ante el Tribunal Constitucional por vulnerar el derecho fundamental de petición. Determinadas formas de ejercicio indebido del poder –en las distintas instituciones de nuestra Comunidad- que hasta ahora parecían no estar cuestionadas han pasado a ser señaladas y a pedirse, sucesivamente, su corrección y su sanción.

Creemos que es necesario –hoy, ayer y siempre- que los servidores públicos asuman un compromiso activo en la defensa de la legalidad, sin el cual quedarían reducidos al triste papel de agentes ejecutores de cualquier decisión del poder político, convirtiéndose en ocasiones en cooperadores necesarios de arbitrariedades, abusos de poder, ilegalidades o prácticas corruptas contrarias al interés general.

Los servidores públicos están subordinados al poder político, pero, al mismo tiempo, son agentes insustituibles del Estado de Derecho –su estatuto jurídico, en especial su inamovilidad, viene determinado por el deber de imparcialidad y de sujeción a la legalidad que se les marca-, de modo que en el caso de colisión de valores, ante órdenes o instrucciones ilegales, habrán de anteponer su compromiso con la legalidad frente al principio de jerarquía, algo que es fácil de decir pero muy díficil de llevar a cabo, pues la organización administrativa no da amparo alguno a los funcionarios en tales tesituras, y ello a pesar de las grandes declaraciones de principios éticos contenidas en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Razonar sobre éstas y otras cosas, exponerlas públicamente, dirigirse por escrito a responsables políticos, de unas y otras instituciones, para tratar de asegurar el respeto a los principios constitucionales de la Administración y de la función pública, ha tenido un efecto indudable entre los responsables políticos, los sindicatos de la función pública –sus periódicos y destemplados ataques lo ponen de manifiesto- y también los medios de comunicación.

Creemos, en definitiva, que señalar el abuso de poder, por quienes se encuentran precisamente subordinados a dicho poder, es prestar un servicio a los ciudadanos y a la democracia y que sin dicha labor no cabría reivindicar la consideración social de los servidores públicos como pretende hacer esta Asociación, que sigue empeñada en la necesidad de un giro ético en la Administración Pública, giro imposible si no va acompañado de un uso público de la razón que impulse y propicie un cambio desde dentro, por los verdaderos protagonistas de la función pública: sus profesionales.

martes, 19 de octubre de 2010

FORMULADAS ALEGACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha formulado en estos días su escrito de alegaciones en el procedimiento de amparo promovido ante el Tribunal Constitucional frente a dos acuerdos de la Mesa de las Cortes de Aragón de abril de 2009, ya que, a juicio de esta Asociación, con ellos se vulneraba el derecho fundamental de petición ejercido ante el Parlamento aragonés, al instar la constitución de una Comisión de Investigación para esclarecer la situación de los gabinetes de los miembros del Gobierno de Aragón, ante los indicios de uso fraudulento de numerosos puestos de asesor, utilizados para retribuir a personas que no desempeñan función pública alguna ni acuden a las oficinas de la Administración.

Dichas alegaciones se han formulado a la vista del expediente remitido por las Cortes de Aragón al Tribunal Constitucional, en cuya documentación se constata que el órgano de gobierno del Parlamento autonómico, a pesar de las opciones recogidas en los informes de los servicios jurídicos de la Cámara, en que se contemplaba la remisión del escrito de petición planteado a la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos para su conocimiento, decidió impedir el ejercicio del derecho. La Mesa de las Cortes, en concreto, optó por negar la legitimación de la Asociación para formular una petición como la planteada, vulnerando con ello el contenido esencial del derecho fundamental.

Entendemos que concurre una clara vulneración porque no existe requisito de legitimación para el ejercicio de tal derecho -susceptible de ser ejercido por cualquier persona física o jurídica, nacional o extranjera, como se señala expresamente en la Ley Orgánica 4/2001- y la inadmisión de la petición, en todo caso, no es una facultad que pueda ejercer la Mesa de las Cortes de Aragón, sino que el Reglamento de la Cámara lo atribuye a la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos. Por lo tanto, la decisión de la Mesa deniega la tramitación de la petición, al no remitirla a la Comisión competente para su conocimiento, y además, en un exceso de poder incomprensible, niega la legitimación de la Asociación para formular tal petición y, con indisimulado malestar, llega a calificar el escrito de "injerencia en la actividad parlamentaria", dejando con ello reducidos a la nada los cauces de comunicación entre los ciudadanos y sus representantes.

En el trámite de alegaciones concedido por el Tribunal, por lo tanto, la Asociación no ha hecho sino ratificar y ampliar la argumentación de su escrito de recurso, insistiendo en la tesis de que nada obsta para que, en ejercicio del derecho de petición, un ciudadano o una asociación pueda solicitar a los órganos de un Parlamento la constitución de una comisión de investigación para estudiar o esclarecer una situación de notorio interés público que afecta al buen funcionamiento de las instituciones de la Comunidad Autónoma.

Confiamos en que el Ministerio Fiscal, al que corresponde también formular sus alegaciones en defensa del derecho fundamental afectado en el recurso, venga a respaldar la posición sostenida por esta Asociación.

lunes, 18 de octubre de 2010

NECESIDAD DE REGLAS CLARAS PARA EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.

El actual conflicto de asignación de primeros destinos a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para plazas de Médicos de Atención Primaria y Pediatría en el Servicio Aragonés de Salud es una clara manifestación de los males que aquejan al sistema de acceso a la función pública, en el que la transparencia, la sujeción a normas claras, las garantías de objetividad y el estricto respeto a los principios de mérito y capacidad ceden en numerosas ocasiones a la arbitrariedad de los responsables políticos.

Así, podemos ver que las ofertas de empleo público no se aprueban con la regularidad y condiciones que marca la ley ni se incluyen en ellas las plazas que obligatoriamente han de incorporarse por expreso mandato legal, ni se establecen garantías de objetividad para la designación de los tribunales u órganos de selección, ni se asegura el principio de mérito y capacidad de forma efectiva -primando en muchos casos, de forma determinante, el desempeño previo como funcionario interino, convirtiendo esta condición en un mérito necesario para el posterior acceso a la de funcionario de carrera, como ocurre en el caso del personal docente- ni se ordena de forma convincente y justa la asignación de primeros destinos para quienes han superado las pruebas selectivas. Las normas no sólo deben ordenar los procedimientos de personal, sino que han de hacerlo asegurando los valores de igualdad, mérito y capacidad, y de equidad y justicia en la gestión de recursos humanos. Tanto las normas como los criterios de aplicación vigentes deberían ser revisados a la luz de tales principios.

En numerosas ocasiones los propios Departamentos, con el consentimiento de los responsables de la Dirección General de la Función Pública, evitan ofertar como primeros destinos determinados puestos ocupados por personal interino o indebidamente bloqueados por comisiones de servicios, poniendo con ello en cuestión la misma lógica del sistema. ¿Por qué se ocupan determinados puestos por personal interino? ¿No es por falta de funcionarios de carrera? ¿Por qué impone el Estatuto Básico del Empleado Público su obligatoria inclusión en la oferta anual de empleo público? ¿No es para corregir el déficit de profesionales reclutados conforme a los principios constitucionales? ¿Por qué, sin embargo, se bloquea el sistema normal de provisión de puestos y de ingreso con irregulares combinaciones de comisiones de servicios e interinidades en los puestos reservados, prolongando tales situaciones de manera abusiva? ¿Por qué la asignación de primeros destinos en todo proceso selectivo es, en la mayor parte de los casos, resultado de presiones y de intereses y no de la aplicación rigurosa de reglas claras, iguales para todos?

Desconocemos la realidad precisa del actual conflicto con las plazas de Médicos de Atención Primaria y Pediatría, pero el tono que ha adquirido la protesta de los afectados es muy significativo. Además, no es posible olvidar el mar de fondo resultante del proceso de consolidación de empleo llevado a cabo en este ámbito hace años, proceso que fue anulado judicialmente y cuya sentencia fue inejecutada, sin que a ello obstara el que uno de los afectados por dicha sentencia anulatoria ocupara entonces y siga ocupando hoy el puesto de Director General de la Función Pública. Todo ello muestra bien claramente la crisis de credibilidad de los procesos de selección, resultado de la falta de transparencia, de la ausencia de buenas prácticas en la gestión de las condiciones de ingreso del nuevo personal y, en definitiva, de la inaplicación de las reglas que ordenan de forma coherente la provisión de los puestos en los diferentes ámbitos de la Administración Pública.

¿Qué hacen nuestros responsables de función pública para afrontar o atajar los problemas expuestos? Lo desconocemos y ese es ya un dato suficiente de la realidad de nuestra función pública. Donde no se asegura la eficacia de las normas, hay colectivos que no dudan en acudir a medidas de presión. Estas, sin embargo, no debieran ser para procurar un trato de excepción, sino para avanzar en el establecimiento de reglas claras, justas e iguales para todos.

sábado, 16 de octubre de 2010

OCHOCIENTAS NOTAS DE BLOG.

Este blog, a través del cual da a conocer su actividad la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, acumula ya más de ochocientas notas, en cada una de las cuales se ha tratado de reflejar algún análisis sobre las cuestiones que afectan a la función pública y al funcionamiento de las instituciones públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se han rendido cuentas de sus iniciativas y de su actividad interna, pues en este blog se publican las convocatorias de la Junta Directiva de la Asociación, con su orden del día, y se recogen los acuerdos adoptados en dichas sesiones, tratando de imponernos con ello un alto nivel de transparencia interna hacia nuestros socios y externa hacia el conjunto de los ciudadanos. Ni la estrategia ni la táctica de esta Asociación requieren el secreto de sus medidas o debates. Defender los valores de la función pública ha de hacerse de forma abierta y directa, algo que cuesta asimilar en alguna de nuestra instituciones.

El número de notas -sin confundir necesariamente cantidad con calidad- es un claro reflejo del esfuerzo desplegado por la Asociación y un signo de la iniciativa y la actividad que todavía se mantienen -para sorpresa de muchos- después de más de tres años y medio de existencia, en los que no han faltado indiferencia y hostilidad por parte de los principales actores de la función pública aragonesa, como son sus responsables políticos y sus sindicatos, el último de éstos bien reciente en el que se nos calificaba, en un ejercicio de cinismo, como "quintacolumnistas". ¿Cuándo los quintacolumnistas han actuado a la vista de todos, desde un blog o medio de difusión? Sea pues este blog el más rotundo desmentido a tal calificativo.

Las ochocientas notas que quedan atrás, pues nuestro camino no concluye aquí, sino que sigue hacia adelante, con mayor grado de exigencia cada día, constituyen un aval de la trayectoria de esta Asociación. En ellas se recogen sus ideas y postulados y sus actuaciones, y está al alcance de cualquiera juzgar el grado de coherencia entre lo que se dice y lo que se hace. Todo lo hecho y todo lo recorrido nos lleva, sin tentación alguna de autocomplacencia, a no ceder, no desistir, no callar cuando creemos que es preciso reaccionar frente a arbitrariedades, abusos de poder, vulneraciones de la ley o medidas equivocadas que comprometen los valores fundamentales de la función pública o las exigencias democráticas de buen gobierno. Ni estamos hipotecados por la financiación pública -no recibimos fondos públicos por ningún concepto, lo que se excluye expresamente en nuestros Estatutos- ni nuestras decisiones u opiniones están supeditadas a cálculos que impongan intereses electorales o de otro tipo. No es nuestra intención defender intereses profesionales o corporativos, y si a algún interés respondiese nuestra actividad sería exclusivamente al de los ciudadanos. Por ello, nunca hemos tenido inconveniente en poner de manifiesto la irregularidad de medidas públicas que -pese a considerarse como beneficiosas para los empleados públicos- entendíamos contrarias al principio de legalidad y al respeto debido a los ciudadanos, a cuyo servicio se hallan todos y cada uno de los servidores públicos.

Con esta nota, por lo tanto, nos limitamos a constatar el trayecto recorrido y mostrarnos con ello a nosotros mismos que no estamos parados, perdidos ni desfallecidos. Nos queda por delante mucho camino que andar, mucho trabajo que realizar, pero no es insignificante todo lo se ha hecho hasta ahora, el tramo del camino ya recorrido hasta este momento. Lo hecho nos aporta fortaleza de ánimo para afrontar todo lo que queda por hacer.

jueves, 14 de octubre de 2010

CONTROL CIUDADANO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS.

La filosofía que guía la actividad de esta Asociación es bien sencilla y consiste en el ejercicio de una defensa activa de los principios -constitucionales y legales- que han de regir la actividad de las instituciones públicas, dada la trascendencia que, para la salud democrática de un país, reviste el efectivo sometimiento de los poderes públicos a la ley y al derecho como límites a su capacidad de decisión o de acción.

En un clima de creciente desprecio por el respeto a la legalidad -puede apreciarse en el incumplimiento, por segundo año consecutivo, del plazo marcado por el Estatuto de Autonomía para que el Gobierno de Aragón remita a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuestos, un ejemplo como tantos que cabría citar, por no aludir al persistente uso fraudulento de los puestos de asesor de los gabinetes de los miembros del Gobierno de Aragón-, resultaría ingenuo esperar que las normas de selección de personal y provisión de puestos de trabajo en la Administración autonómica fueran respetadas.

Por eso, reivindicar su vigencia y su cumplimiento no puede desvincularse del general respeto a la legalidad, motivo por el que esta Asociación se ocupa necesariamente de promover un buen gobierno en la Comunidad Autónoma -al margen de todo planteamiento partidista-, tratando de impulsar la adopción de técnicas ya establecidas en la Administración General del Estado, esfuerzo que hasta la fecha ha resultado baldío por la abierta resistencia mostrada por el Gobierno PSOE-PAR, reacio a todo lo que sea verdadera transparencia y rendición de cuentas en la gestión pública.

Creemos que, a estas alturas, y dado el alto precio que las instituciones han pagado en credibilidad interna y externa, a nadie podrá extrañar que no es posible propugnar una función pública eficiente y profesional, como se pretende por parte de esta Asociación, sin comprometerse a fondo en la denuncia de la corrupción pública, tanto política como administrativa. Ninguna función pública merecedora de respeto puede convivir con un clima de corrupción en las instituciones públicas: muy al contrario, el papel que ha de jugar la función pública es el de mecanismo de prevención de la corrupción -evitando que ésta prospere y arraigue en las instituciones- y, en caso de detectar supuestos de corrupción, colaborar activamente en su denuncia y corrección, dejando con ello nítidamente claro su compromiso con la legalidad y los principios del Estado de Derecho, tarea que debería liderar el Ministerio Fiscal, a través de la Fiscalía Anticorrupción.

El ejercicio del poder en las democracias está sujeto al principio de división de poderes, para evitar su concentración y los consiguientes abusos, y a un complejo sistemas de controles, como son el Parlamento, los Tribunales de Justicia, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas o el Tribunal Constitucional, por citar los más relevantes. Pero no basta con que las instituciones se controlen entre sí, pese a la decisiva importancia que ello reviste, pues es igualmente necesario que los ciudadanos ejerzan un estrecho control sobre las instituciones, comprobando, en última instancia, si las que tienen atribuidas funciones de control las ejercen adecuadamente. Por dicho motivo, esta Asociación ha instado, en numerosas ocasiones, a las Cortes de Aragón el impulso de medidas de control hacia la gestión del Gobierno de Aragón o ha solicitado al Ministerio Fiscal que informe a la opinión pública de las labores de investigación realizadas en relación con las irregularidades de ASAEL, denunciadas en su día por la prensa aragonesa.

Las instituciones públicas son decisivas e insustituibles para el buen funcionamiento democrático, pero el control de los ciudadanos sobre su actividad, ejercido de forma permanente, razonada y públicamente, es una condición igualmente necesaria para asegurar el correcto ejercicio de sus funciones, sean de gobierno o de control. Esta Asociación seguirá, por ello, ejerciendo el control cívico que ha asumido como compromiso, mediante propuestas formuladas a través del derecho de petición, quejas o denuncias, acciones judiciales, según lo requieran o aconsejen las circunstancias en cada caso. Sólo quienes carezcan de una cultura democrática adecuada y exigente pueden considerar que tal labor es una injerencia en la actividad institucional, sea ejecutiva o parlamentaria, pues nunca un ciudadano que ejerza sus derechos puede violentar o incomodar a quienes desempeñan responsabilidades públicas en una democracia, salvo que hayan olvidado el origen y los límites de su condición.

miércoles, 13 de octubre de 2010

LOS NUEVOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN, INSCRITOS EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

El pasado 23 de febrero de 2010, además de celebrarse la asamblea anual de la Asociación, se convocó previamente una asamblea extraordinaria, para modificar algunos aspectos de los Estatutos, con el fin principal de ampliar el objeto de la Asociación y su ámbito subjetivo, al extender su acción al conjunto de Administraciones Públicas en la Comunidad Autónoma -estatal, local, Universidad, Administración de Justicia- y posibilitar la incorporación de empleados públicos de cualquiera de las Administraciones presentes en el territorio de la Comunidad Autónoma.

Dicho cambio vino motivado por el convencimiento de que los problemas de las Administraciones son prácticamente coincidentes, en lo que se refiere a la falta de respeto de los principios constitucionales, y que la Asociación no podía rechazar la entrada a aquellos servidores públicos, cualquiera que fuese su Administración de pertenencia, dispuestos a trabajar y comprometerse en la defensa de los valores propios de la función pública, como son la legalidad, la profesionalidad y la ética pública.

Los nuevos Estatutos de la Asociación, tras incorporar las modificaciones aprobadas en la citada asamblea extraordinaria de 23 de febrero de 2010, fueron remitidos al Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma, para su inscripción, a los efectos de publicidad que marca la Ley Orgánica 2/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Recientemente, se nos ha notificado la resolución del Servicio de Régimen Jurídico y Registros de la Dirección General de Interior, de fecha 27 de septiembre de 2010, por la que se acuerda inscribir la modificación de Estatutos en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con ello se cumple el trámite formal de publicidad de los Estatutos modificados, si bien la efectiva apertura de la Asociación a las demás Administraciones Públicas y la ampliación real de su base asociativa habrán de concretarse en medidas de difusión en las demás Administraciones Públicas y en el establecimiento de contactos con otras entidades que, con fines similares a los de esta Asociación, vienen ya trabajando en el ámbito de dichas Administraciones.

lunes, 11 de octubre de 2010

EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE ARAGÓN HA DE PRESERVAR LAS FACULTADES DEL PARLAMENTO AUTONÓMICO EN MATERIA DE PRESUPUESTOS.

En el caso de la tardía aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2011, no es sólo el Gobierno de Aragón el que incumple el ordenamiento jurídico aragonés, al no ajustarse al plazo que fija el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 111.4, para su remisión a las Cortes de Aragón. Se supone que esa obligación de remisión anterior al 1 de octubre no es sólo un deber del Gobierno de Aragón, sino también una prerrogativa del Parlamento autonómico, establecida en garantía del ejercicio de su función presupuestaria, al objeto del examen, debate y aprobación de la Ley anual de Presupuestos.

Es decir, la demora del Gobierno en la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma supone una reducción del tiempo de que disponen las Cortes de Aragón para su examen, debate y aprobación, lo cual ha de traducirse, necesariamente, en una menor capacidad para ejercer la labor que corresponde al Parlamento como institución y a los Grupos Parlamentarios como principales actores de la labor parlamentaria, especialmente por parte de los grupos de la oposición.

Parece que el deber de lealtad institucional al que han de ajustarse en el ejercicio de sus funciones las distintas instituciones públicas exige actuar de modo que no se obstruya o dificulte indebidamente la labor o función que corresponde a las restantes instituciones. Por dicha razón, el Gobierno de Aragón debiera ser escrupuloso en el cumplimiento de los plazos establecidos para la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos a las Cortes de Aragón, pues el incumplimiento de tal plazo viene a impedir o reducir la capacidad de las Cortes de Aragón para ejercer de forma adecuada su labor de análisis, contraste y debate sobre las cuentas de la Comunidad Autónoma.

Coherentemente con ello, el plazo para la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos a las Cortes de Aragón no se establece sólo en el Estatuto de Autonomía de Aragón, sino también en el propio Reglamento de las Cortes de Aragón, concretamente en su artículo 143, al regularse el procedimiento especial de tramitación y aprobación de la Ley de Presupuestos. El Reglamento parlamentario tiene valor de norma legal, y por ello vincula a todos los poderes públicos, tanto Gobierno como Parlamento.

Hemos podido apreciar cómo el Gobierno de Aragón ha desconocido el mandato del Estatuto y la obligación fijada por el Reglamento de las Cortes de Aragón en esta materia, pero tanto o más grave que dicho incumplimiento sería la pasividad de los órganos de gobierno de las Cortes de Aragón –Presidente y Mesa- para defender las prerrogativas de la Cámara y recordar al Gobierno la necesidad de respeto a las previsiones que tanto el Estatuto de Autonomía como el Reglamento de las Cortes de Aragón establecen en cuanto a la tramitación de la Ley de Presupuestos y, en particular, en lo que respecta a la fecha de remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos.

Por ello, esta Asociación se dirigirá en los próximos días tanto al Presidente como a la Mesa de las Cortes de Aragón, al amparo del derecho fundamental de petición, para solicitarles que, si no lo han hecho ya, requieran al Gobierno de Aragón el escrupuloso respeto de los plazos marcados por el Estatutuo de Autonomía y el Reglamento de las Cortes de Aragón para la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos, asegurando con ello el respeto a las normas de funcionamiento institucional de la Comunidad Autónoma.

sábado, 9 de octubre de 2010

ELOGIO DE LA RESISTENCIA.

La concesión del Premio Nobel de la Paz a un hombre preso, encarcelado, un hombre condenado a 11 años de privación de libertad por reivindicar la libertad para su país, para sus conciudadanos, por ejercer su dignidad y condición de hombre libre, es un motivo de esperanza para todas las personas y organizaciones comprometidas en el mundo con los valores de la democracia y los derechos humanos, con el respeto a la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada en 1948 por Naciones Unidas como reacción frente a la barbarie que se creyó desterrada con la victoria aliada en la II Guerra Mundial.

Desde luego, es un motivo de alegría para esta Asociación. Ilustra a la perfección aquella idea del pensador Henry D. Thoreau de que, en un país con leyes injustas, el único lugar donde puede estar un hombre justo es la cárcel. Allí está Liu Xiaobo y su condición de hombre preso por reivindicar la libertad en China es el mérito que viene a reconocerle el Premio Nobel de la Paz otorgado. Con ello recuerdan al régimen chino que sólo existe paz cuando se respetan los derechos humanos. No hay paz donde hay opresión o represión. Celebramos, por ello, el coraje mostrado por el Comité Nobel con tal concesión, al igual que la petición realizada por el Presidente Obama a las autoridades chinas para que el galardonado sea puesto en libertad.

Creemos que la vigencia de los derechos humanos en cualquier parte del planeta nos concierne, por entero, al conjunto de la humanidad. Nuestra propia dignidad se ve comprometida en la dignidad de cada uno de los restantes seres humanos y sufre con cada violación a los derechos humanos que se cometa, no importa el lugar en que suceda, no importa la ideología que se invoque para justificarla. Como ya señaló Castellio, con motivo de la muerte impuesta a Miguel Servet por Calvino - por la expresión de sus ideas-, "matar a un hombre no es defender una idea, es matar a un hombre".

La labor que lleva a cabo esta Asociación se funda, precisamente, en la convicción de la necesidad de luchar decididamente, también en las democracias, por la vigencia efectiva de los principios constitucionales y los valores democráticos, permanentemente amenazados por el abuso de poder o la corrupción pública, por el vaciamiento de los derechos de los ciudadanos. Hemos comprobado, en carne propia, que dicha labor en el seno de una democracia conlleva una indisimulada hostilidad por parte de quienes ejercen el poder. Podemos, por ello, comprender y valorar más justamente la situación afrontada por quienes ahora y antes, en cualquier lugar del mundo, se han enfrentado a sistemas autoritarios, contrarios a las libertades, arriesgando cosas muchos más valiosas que las que puede arriesgar un funcionario que, sin estridencias, recuerda que el principio de legalidad constituye un límite a las posibles decisiones de los responsables políticos de la Administración.

Cada circunstancia impone un deber distinto en la defensa de los principios y valores de la democracia y del Estado de Derecho, pero esta Asociación quiere no olvidar que su compromiso es una deuda contraída con todos los que nos han precedido, cuyo esfuerzo y sacrificio nos permiten disfrutar de la actual libertad, y un acto solidario con todos los que, en situaciones infinitamente más difíciles que las nuestras, ejercen la denuncia contra el abuso y la arbitrariedad del poder, contra la negación de los derechos humanos, arriesgando en ello su libertad y su propia vida.

viernes, 8 de octubre de 2010

BAJO FUEGO AMIGO: SERVIDORES PÚBLICOS ATACADOS POR UN SINDICATO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

La Sección Sindical de Comisiones Obreras en la DGA, en un nuevo y sorprendente gesto de hostilidad hacia esta Asociación, ha remitido una nota al conjunto de los trabajadores de la Administración autonómica, bajo el título “Quintacolumnistas”, en la que atribuye a los altos funcionarios de la Administración autonómica y a esta Asociación –a la que no se atreve a nombrar- la responsabilidad por la inaplicación de la promoción interna temporal regulada por el Gobierno de Aragón, como resultado de los acuerdos alcanzados en el marco de la negociación colectiva.

Al margen de las descalificaciones dirigidas hacia determinados funcionarios, ignorando y devaluando la responsabilidad de determinados puestos de trabajo, como son las jefaturas de personal de los Departamentos y Organismos autónomos –atribuyendo a intereses espúreos la defensa de una ordenación de la función pública ajustada al ordenamiento jurídico-, la nota difundida omite la única información relevante sobre la cuestión: las razones por las que esta Asociación se ha opuesto a esta modalidad mal llamada de promoción interna –ni se citan ni se rebaten tales razones- y el hecho de que, hasta el momento, tales tesis han sido respaldadas tanto por el Justicia de Aragón como por la Intervención General del Gobierno de Aragón. ¿No serán las razones dadas por dicha Institución y por el órgano de control interno, las que han paralizado la aplicación de una desafortunada e irregular forma de provisión de puestos? Frente a argumentos jurídicos, es poco responsable recurrir a un conjunto de descalificaciones personales, con las que tratar de ocultar el fracaso de la propia estrategia sindical.

No deseamos ignorar la nota difundida, aunque tampoco vamos a hacer en ella más hincapié del necesario. Esta Asociación no se caracteriza por sus silencios, y tampoco vamos a dejar de expresar ahora la opinión que nos merece la nota difundida por Comisiones Obreras. No podemos dejar de señalar y lamentar la pérdida de identidad que supone para un sindicato de la función pública convertir en diana de sus ataques a un sector de los trabajadores a los que están llamados a defender y representar –alguno de los atacados podría ser que les hubiese dado su voto y su confianza en las últimas elecciones sindicales-, propiciando con ello tensiones y conflictos entre lo que ellos califican como “alto funcionariado” y “personal funcionario”. Debemos recordarle a ese sindicato que la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa está abierta a todos los empleados públicos, funcionarios y laborales, sin distinción alguna de grupos o categorías. Por lo tanto, no somos ni por asomo un instrumento de ningún grupo o casta.

Además, y esto sí que reviste una verdadera gravedad, calificar de “quintacolumnistas” –es decir, enemigos infiltrados en nuestras filas- a aquellos funcionarios –sean o no de esta Asociación- que han tratado de defender la racionalidad y legalidad de la función pública, poniendo de manifiesto las inconsistencias y efectos perversos de la llamada “promoción interna temporal”, es un preocupante indicador de la pérdida de referencias por parte de Comisiones Obreras. Que los defensores de la legalidad de la función pública sean tildados de “quintacolumnistas” recuerda, tristemente, a los juicios por traición que todos los gobiernos golpistas han promovido contra los defensores de la legalidad democrática subvertida.

La realidad actual de la función pública y sus inciertas perspectivas requieren más que nunca sindicatos comprometidos con los valores de la función pública y la calidad de los servicios públicos, considerando como valor central y principal seña de identidad de los servidores públicos el firme y expreso compromiso con el principio de legalidad.

LA ASOCIACIÓN PIDE AL MINISTERIO FISCAL INFORMACIÓN SOBRE LA INVESTIGACIÓN REALIZADA POR EL “CASO ASAEL”.

El Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, Julio Guiral, se ha dirigido a la Fiscalía Provincial de Zaragoza, acogiéndose a la posibilidad ofrecida por la propia Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, para recabar una información más detallada sobre las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio Fiscal en relación con las irregularidades de la gestión del Presidente de la Asociación Aragonesa de Entidades Locales (ASAEL), publicadas en su día por la prensa aragonesa y trasladadas por esta Asociación a la Fiscalía General del Estado, para su posible tramitación como denuncia.

Entendemos que unas actuaciones e informaciones que generaron un escándalo público en nuestra Comunidad Autónona y pusieron a la luz la desviación de fondos públicos y la utilización de una entidad para contrataciones de personas y cargos públicos de uno de los partidos del actual gobierno de coalición –con el resultado final de la disolución de la entidad-, no pueden ser archivadas sin más, sin explicación alguna a la opinión pública de cuál ha sido la actuación del Ministerio Fiscal y de las conclusiones obtenidas de la investigación llevada a cabo.

Por eso, se pidió desde esta Asociación a la Fiscalía General del Estado que se informase de tales extremos a la opinión pública por parte de la Fiscalía Superior de Aragón. En lugar de aceptar nuestra petición, se nos remite a la Fiscalía Provincial de Zaragoza para que se nos informe más detalladamente de los motivos del archivo de las actuaciones.

Esta Asociación se ha acogido a tal oferta, y por ello se ha dirigido a la Fiscalía Provincial de Zaragoza para buscar la fórmula concreta para acceder a dicha información, pero sigue creyendo que en casos como el de ASAEL, de tanto repercusión e implicaciones públicas, la información que exista no debe facilitarse a la entidad denunciante sino al conjunto de la opinión pública, para poner claramente de manifiesto que el Ministerio Fiscal cumple eficientemente la misión que le encomienda la Constitución, como es la defensa de la legalidad y del interés público.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito dirigido a la Fiscalía Provincial de Zaragoza:




“Fiscalía Provincial de Zaragoza
C/ Coso, 1
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 7 de octubre de 2010.

Me dirijo a esa Fiscalía en mi condición de presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, organización de la sociedad civil, integrada por servidores públicos de las Administraciones Públicas aragonesas, que tiene entre sus principios y fines estatutarios la promoción del buen gobierno y la defensa de la ética pública y del principio de legalidad.

De acuerdo con dichos principios, y al objeto de que el Ministerio Fiscal pudiera ejercer la acción que le corresponde en defensa de la legalidad y del interés público, conforme al artículo 124 de la Constitución Española, formulamos en su día una denuncia ante la Fiscalía General del Estado en relación con las irregulares actuaciones del Presidente de la Asociación Aragonesa de Entidades Locales (ASAEL), Jesús Solá, de las que tuvimos conocimiento por las noticias publicadas en la prensa aragonesa.

Recientemente, y en respuesta a una solicitud de información formulada por nuestra parte sobre la tramitación dada a dicha denuncia, la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado nos informa que la misma dio lugar a las Diligencias de Investigación número 118/09 de esa Fiscalía Provincial, concluyendo con un decreto de archivo, de fecha 24 de febrero de 2010, por no considerarse los hechos constitutivos de delito alguno.

Dado que la propia Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado nos remite, para la ampliación de tal información, a esa Fiscalía Provincial, mediante el presente escrito venimos a solicitarles información más detallada sobre las actuaciones seguidas por la Fiscalía, los hechos constatados y la calificación dada a los mismos para descartar su relevancia penal.

Para ello quedo a su disposición, por si consideran oportuno el mantenimiento de una entrevista o vista del expediente de las citadas diligencias de investigación o entienden oportuno remitirnos una copia del expediente correspondiente o de los documentos relevantes a los efectos de dicha ampliación a que alude la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado.

Confiando en su pronta respuesta, reciban un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

jueves, 7 de octubre de 2010

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEBEN VIGILAR QUE EL GOBIERNO RESPETA EL ESTATUTO: EL CASO DE LA LEY DE PRESUPUESTOS.

A pesar de la indiferencia general ante el incumplimiento por parte del Gobierno de Aragón del plazo que marca el Estatuto de Autonomía para la aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos, con su posterior remisión a las Cortes de Aragón, esta Asociación no quiere minimizar ni silenciar un hecho tan relevante en el funcionamiento institucional de nuestra Comunidad Autónoma.

No debe olvidarse que las instituciones autonómicas existen porque las establece el Estatuto de Autonomía y, por lo tanto, el respeto al contenido de la norma institucional básica de nuestra Comunidad Autónoma es un deber esencial de dichas instituciones, consustancial a su propia legitimidad como poder público.

Sin embargo, nadie parece reparar en la gravedad que reviste el incumplimiento, por segundo año consecutivo –lo que apunta a una mala práctica de gobierno-, del plazo fijado al Gobieno de Aragón para remitir a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

Es grave porque encierra un mensaje de desvinculación al ordenamiento jurídico, olvidando el necesario sometimiento al mismo por parte de los ciudadanos y de los poderes públicos. Y además, constituye un claro abuso por parte del Ejecutivo respecto a las facultades y prerrogativas del Parlamento autonómico, al que se le reduce indebidamente el plazo de estudio y debate de la norma más destacada de cada ejercicio para el desarrollo de las políticas públicas que posibilita el Estatuto de Autonomía.

Por dicho motivo, esta Asociación ha querido trasladar a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón su preocupación por este incumplimiento, preocupación que comunicará, igualmente, en próximos días, al Presidente de las Cortes de Aragón y a su Comisión de Economía y Presupuestos.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón:

“Grupos Parlamentarios
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería

Zaragoza, 7 de octubre de 2010.

Estimados señores:

Como asociación que cuenta entre sus principios y fines el impulso de medidas de buen gobierno y la defensa del principio de legalidad, para garantizar la calidad democrática y la plena vigencia del Estado de Derecho, nos vemos en la necesidad de trasladarles nuestra inquietud ante la falta de remisión a esa Cámara, por parte del Gobierno de Aragón, del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2011, incumpliendo con ello, por segundo año consecutivo, el plazo establecido en el Estatuto de Autonomía.

Tal y como se establece en el artículo 111.4 del Estatuto de Autonomía de Aragón, el Gobierno de Aragón ha de remitir a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuestos antes del último trimestre del ejercicio en curso. A pesar de ello, a fecha de hoy, ya rebasado el plazo previsto en el Estatuto de Autonomía, el proyecto de presupuestos para el ejercicio 2010 ni ha sido aprobado por el Gobierno de Aragón ni ha sido remitido a las Cortes de Aragón, anunciándose por su portavoz, en una reciente comparecencia, que dicha aprobación se efectuará en la segunda quincena del mes de octubre, sin realizar mención alguna a la obligación temporal que impone el Estatuto.

Tal circunstancia, a juicio de esta Asociación, no sólo supone un incumplimiento cualificado y reiterado de la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma, condición que corresponde al Estatuto de Autonomía de Aragón, sino que, en una coyuntura económica como la actual, constituye una falta de diligencia en la definición de los criterios de gasto público para afrontar la difícil situación que atravesamos y un signo de escasa disciplina presupuestaria, ya que el puntual cumplimiento de los plazos establecidos para la elaboración y aprobación de los Presupuestos ha de ser el primer signo del rigor presupuestario.

Creemos que las instituciones públicas, como es el caso del Gobierno de Aragón, han de dar ejemplo de estricta sujeción al ordenamiento jurídico –en particular, a las obligaciones que les impone el Estatuto de Autonomía de Aragón- y extremar su diligencia en el cumplimiento de sus deberes legales.

El sometimiento de los poderes públicos a la Ley en el ejercicio de sus funciones es uno de los elementos que identifican a un Estado de Derecho. Si ello no se asegura adecuadamente, los poderes públicos pierden legitimidad para exigir, luego, su cumplimiento a los ciudadanos. No es posible que desde las propias instituciones públicas se relativice el valor y la obligatoriedad de las normas legales.

La no sujeción del Gobierno de Aragón a lo previsto en el artículo 111.4 del Estatuto de Autonomía de Aragón, en cuanto al plazo de remisión a las Cortes de Aragón del proyecto de ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma, constituye, a nuestro juicio, una clara vulneración del Estatuto, debiéndose destacar que es el segundo año que tal incumplimiento se produce.

En consecuencia, nos dirigimos a ese Grupo Parlamentario con el fin de que, de entenderlo oportuno, puedan impulsar las oportunas iniciativas parlamentarias para requerir del Gobierno de Aragón un escrupuloso respeto de las obligaciones que impone el Estatuto de Autonomía en cuanto al procedimiento de elaboración y tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

ESCRITO DE AGRADECIMIENTO AL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.

El Presidente de la Asociación, Julio Guiral, se ha dirigido al Director General del Gabinete del Presidente del Congreso de los Diputados, para agradecerle el interés mostrado por el Presidente de dicha Cámara, José Bono, por el respeto al derecho de petición ejercido por esta Asociación, al haber reclamado a la Comisión de Peticiones un informe sobre las razones por las que se había archivado -sin darle curso alguno ni expresar los motivos de tal decisión en el acuerdo adoptado y notificado- nuestra petición sobre control de constitucionalidad de la Ley aragonesa de Presupuestos para 2010, al contener previsiones retributivas -referidas a la promoción interna temporal- que desde esta Asociación entendíamos contrarias a la legislación básica estatal.

Pese a que las razones expresadas por el Presidente de la Comisión de Peticiones -que se nos trasladaron desde la Presidencia de la Cámara- nos parecieron carentes de rigor y fundamento -como ya expusimos en su momento en este blog-, ello no resta valor a la actuación del Presidente del Congreso, al atender nuestra protesta por el funcionamiento de la citada Comisión, y velar por el pleno respeto a nuestro derecho de petición, como es recibir una respuesta motivada sobre la cuestión planteada.

Vale la pena recordar que, precisamente, por falta de respeto al derecho de petición ejercido ante las Cortes de Aragón, se tramita en estos momentos por el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra resoluciones de inadmisión adoptadas por la Mesa del Parlamento autonómico. Recurrir cuando se ignora y desprecia el ejercicio de un derecho fundamental debe ir acompañado de reconocer y agradecer las intervenciones institucionales, como la de José Bono, para justamente todo lo contrario, como es garantizar el ejercicio de dicho derecho fundamental ante las Cortes Generales.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido al Director General del Gabinete del Presidente del Congreso de los Diputados:

“Director General del Gabinete del Presidente
Congreso de los Diputados

Zaragoza, 6 de septiembre de 2010.

Estimado señor:

Pese al tiempo transcurrido, desde su comunicación de fecha 21 de julio, no quiero dejar de agradecerle el tratamiento que desde la Presidencia de esa Institución se ha dado a nuestra solicitud de que la Comisión de Peticiones de esa Cámara motive debidamente las decisiones de archivo de las peticiones formuladas por los ciudadanos, tal y como exige la regulación legal del derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española.

Entendemos que, pese a nuestra disconformidad, no ha lugar a debatir o cuestionar las razones que se expresan en el informe trasladado a esa Presidencia por el Presidente de la Comisión de Peticiones en relación con la solicitud planteada por esta Asociación.

Simplemente queremos agradecerle la intervención que desde la Presidencia de la Cámara se ha efectuado para garantizar el pleno respeto al derecho de petición ejercido por esta Asociación ante el Congreso de los Diputados, que se concreta en el derecho a obtener una respuesta motivada en relación con la petición formulada.

El derecho fundamental de petición es una modalidad de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos y, por ello, consideramos que las Cortes Generales, como institución representativa de los ciudadanos, han de dispensarle un tratamiento adecuado, sin que resulte necesario apelar a la Presidencia de la Cámara para reclamar la motivación que la Ley impone a toda autoridad pública destinataria de una petición.

Por ello, y al tiempo que agradecemos a la Presidencia de la Cámara su decidida intervención a favor del respeto al derecho de petición, lo que no hace sino reforzar nuestra confianza en esa Institución, desearíamos que por parte de esa Presidencia se indicara a la Comisión de Peticiones la necesidad de que sus decisiones cuentan con la adecuada motivación, conforme a lo que exige el ordenamiento jurídico.

Aprovecho para trasladarle nuestro más cordial y respetuoso saludo, que deseamos haga llegar al Presidente de esa Cámara.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

miércoles, 6 de octubre de 2010

NO PUEDE DAR IGUAL QUE EL GOBIERNO CUMPLA O NO.

Hay obligaciones legales que están sujetas por norma a unos plazos precisos, que deben observarse por responsabilidad institucional y respeto a la ley. Su incumplimiento o desconocimiento no debiera resultar, por lo tanto, indiferente a los responsables políticos ni, mucho menos, a los ciudadanos y al conjunto de la sociedad civil, dentro de la cual hay que situar a los medios de comunicación. Entre esas obligaciones –y no de las menores- figura la del Gobierno de Aragón de remitir a las Cortes de Aragón, antes del último trimestre del año, el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Constitución Española, en su Título VII, relativo a Economía y Hacienda, regula los Presupuestos Generales del Estado y establece reglas que afectan a su tramitación, imponiendo al Gobierno la obligación de “presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior” (artículo 134.3 CE). A su vez, con igual criterio al fijado por la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su Título relativo a Economía y Hacienda, regula los Presupuestos de la Comunidad Autónoma y establece que “el Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso” (artículo 111. 4).

A nadie se nos oculta que el incumplimiento de dicho plazo constitucional por el Gobierno de España –cosa que no ha sucedido- hubiera provocado una verdadera tormenta política, con descalificaciones al Gobierno y peticiones de responsabilidad a la Ministra de Economía y Vicepresidenta segunda del Gobierno o a su Presidente. Dicho incumplimiento no se ha producido, y ello a pesar de la falta de mayoría parlamentaria del partido del gobierno, de modo que la elaboración del proyecto de presupuestos ha debido efectuarse en paralelo a la negociación política necesaria para asegurar su aprobación. La oposición parlamentaria y la prensa, de no respetarse el plazo constitucional, no hubieran dejado de criticar el incumplimiento y destacar la falta de capacidad del Gobierno para ordenar las cuentas del Estado.

En Aragón, para nuestra sorpresa, ha sucedido todo lo contario. El Gobierno de Aragón ha incumplido la obligación estatutaria de remitir a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuestos, y ello a pesar de disponer de una cómoda mayoría parlamentaria. Dicho incumplimiento, por supuesto, no ha tenido consecuencia alguna ni ha sido objeto de crítica ni de mención por parte de la oposición parlamentaria o los medios de comunicación. Mucho menos ha motivado una excusa por parte del Gobierno de Aragón. El Consejero Larraz no ha tenido que justificar el retraso.

Las excusas que presenta cualquier usuario de una biblioteca pública cuando devuelve un libro fuera del plazo de préstamo –por puro sentido del civismo y del debido respeto a las normas de funcionamiento de los servicios públicos- no las presenta un Gobierno que incumple una obligación que le impone la máxima norma legal de nuestra Comunidad Autónoma, como es el Estatuto de Autonomía. Y lo que es peor, nadie le pide explicaciones. Ni oposición, ni medios de comunicación, ni agentes sociales. Debe, por lo visto, admitirse que el Gobierno pueda dejar de cumplir el Estatuto de Autonomía en materia presupuestaria, como ya hizo el año pasado, sin consecuencia política alguna.

Con comportamientos del Gobierno como éste y reacciones institucionales y sociales como las vistas –inexistentes- resulta difícil, si no imposible, forjar una cultura de legalidad, de respeto a las normas, de responsabilidad política, de rendición de cuentas, de madurez democrática. Podemos incluso intuir que quien no concede valor a los plazos legales de aprobación del presupuesto tampoco lo concederá a las normas de ejecución del gasto, y así nada obstará a adoptar, por ejemplo, medidas retributivas manifiestamente ilegales, como el anticipo de carrera profesional que percibimos el personal de la Administración autonómica. Todo resulta congruente, y es posible que haya quienes prefieran un clima de irregularidad y de desprecio a la norma, para así poder pactar ventajas o condiciones ilegales. No es el caso de esta Asociación ni creemos que sea el del conjunto de la ciudadanía.

Lamentablemente estamos acostumbrados a observar el diferente rasero aplicado en la política nacional y en la política autonómica a la labor de gobierno. La proximidad del poder no ha dado lugar a mayor responsabilidad y exigencia, sino justamente a todo lo contrario, a mayor abuso e incumplimiento de las normas, empezando, como podemos ver, por el propio Estatuto de Autonomía. Si cosas tan visibles se incumplen sin problema alguno, que nadie confie en que se respetarán normas de inferior rango, y no nos referimos solamente a la Ley de Ordenación de la Función Pública, cuya vulneración es el pan nuestro de cada día.

martes, 5 de octubre de 2010

EL GOBIERNO DE ARAGÓN INCUMPLE NUEVAMENTE EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA AL NO APROBAR EN PLAZO EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS.

El Gobierno de Aragón, por segundo año consecutivo, ha incumplido la obligación que le impone el Estatuto de Autonomía de Aragón de remitir el proyecto de presupuestos de la Comunidad Autónoma antes del último trimestre del ejercicio en curso. De acuerdo con dicha obligación, establecida en el artículo 111.4 del Estatuto de Autonomía de Aragón, el Gobierno de Aragón debería haber elaborado, aprobado y remitido a las Cortes de Aragón, antes del pasado 1 de octubre, el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2011. A fecha de hoy, sin embargo, dicho Proyecto de Ley ni ha sido elaborado, ni aprobado ni remitido a las Cortes de Aragón.

Dicho incumplimiento pone de manifiesto una vez más la escasa importancia que, desde el Gobierno de Aragón, se otorga al respeto de las normas jurídicas, a pesar de ser éste un principio esencial en todo Estado de Derecho. También revela el deficiente funcionamiento institucional del Gobierno de Aragón y de la Administración aragonesa, pues en una coyuntura de crisis como la existente la definición de los criterios de gasto público debiera constituir una prioridad política y el principal signo de disciplina presupuestaria es, precisamente, el cumplimiento de los plazos establecidos para la elaboración y aprobación de los Presupuestos.

Con independencia de las circunstancias que hayan podido motivar tal incumplimiento, que no han sido en ningún momento expresadas por los responsables del Gobierno de Aragón, y pese al respeto que merece a esta Asociación toda iniciativa política de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, no podemos dejar de observar con preocupación que se cuestione, una vez más, la adecuación de los Presupuestos Generales del Estado al Estatuto de Autonomía de Aragón y nada se diga, en cambio, ante el objetivo y manifiesto incumplimiento del Estatuto que implica la falta de aprobación en plazo del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por tal motivo, y por entender que el funcionamiento de todas las instituciones de la Comunidad Autónoma ha de ajustarse con rigor a lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Aragón, esta Asociación se va a dirigir al Justicia de Aragón, en cuanto encargado de la defensa del Estatuto, para que se requiera al Gobierno de Aragón el respeto a los plazos estatutariamente marcados para la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma a las Cortes de Aragón.

viernes, 1 de octubre de 2010

LAS CORTES DE ARAGÓN RECLAMAN AL GOBIERNO EL PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ARAGÓN.

El Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de fecha 29 de septiembre de 2010 publica el conjunto de resoluciones aprobadas con motivo del debate de política general o del estado de la Comunidad Autónoma de Aragón celebrado los días 13, 14 y 16 de septiembre de 2010. De todas ellas, sólo una se refiere a la administración o función pública: se trata de una propuesta del Grupo Parlamentario Popular, formulada en los términos siguientes: “Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a presentar, en el plazo improrrogable de dos meses, el Proyecto de Ley de la Función Pública de Aragón”.

Con independencia de que, efectivamente, el Gobierno de Aragón apruebe el referido Proyecto de Ley de Función Pública, nombre que preferimos al de Ley de Empleo Público de Aragón que ha utilizado la Dirección General de la Función Pública en sus borradores, creemos que el Consejero de Presidencia, Javier Velasco, debiera aclarar la voluntad real de su Departamento y del Gobierno de Aragón en relación con dicho Proyecto de Ley –ya que internamente, todos parecen dar por descartada su aprobación, por la falta de consenso sindical y por la ausencia de financiación suficiente- y explicar, además, el coste económico que dicha Ley comportaría para la Comunidad Autónoma, dado el régimen retributivo y de carrera horizontal que prevé.

Esta Asociación, con motivo de la pasada rebaja salarial en la función pública, ya destacó la paradoja de tal medida con las previsiones del Anteproyecto de Ley dado a conocer, cuya aplicación habría de suponer un incremento retributivo generalizado. Frente a lo proyectado, lo acordado pasa, incluso, por la inaplicación de contenidos expresos del Estatuto Básico del Empleado Público, como el referido a la cuantía de las pagas extraordinarias. Una manifiesta incongruencia que lastra la credibilidad del modelo retributivo del Anteproyecto de Ley.

Consideramos, y así lo explicaremos en un futuro documento, que el Anteproyecto de Ley elaborado por la Dirección General de la Función Pública no es idóneo para avanzar en la calidad y profesionalidad de la función pública, pero si el Gobierno de Aragón está convencido de su oportunidad debiera ser capaz de llevar el texto a las Cortes de Aragón y defender el modelo diseñado, propiciando el necesario debate parlamentario y afrontando, en su caso, las posibles enmiendas a la totalidad por parte de la oposición parlamentaria, en el caso de que el modelo presentado revelase inconsistencias manifiestas e inviabilidad financiera, como a nuestro juicio revela.

Dado lo avanzado de la legislatura, podría ser que la remisión al Parlamento del Proyecto de Ley fuese puramente simbólica, con el único fin de cumplir la propuesta de resolución aprobada, ralentizando posteriormente su tramitación, de modo que el proyecto normativo decayese con la disolución de las Cortes de Aragón en la próxima primavera.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

EL CAMINO DE LA TRANSPARENCIA: LA ASOCIACIÓN SE INCORPORA A LA COALICIÓN PRO ACCESO.

En el día de ayer, coincidiendo con la celebración del Día Internacional del Derecho a Saber, se celebró en la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid, una interesante jornada sobre transparencia y derecho de acceso a la información pública, organizada por la Coalición Pro Acceso y Access Info Europe, a la que asistieron representantes de esta Asociación.

Diferentes especialistas del mundo del derecho, de la información y de la sociedad civil, a lo largo de dos mesas redondas consecutivas, abordaron distintos aspectos del derecho de acceso a la información, destacando que España es, junto a Luxemburgo, el único país de la Unión Europea que carece de una legislación que garantice el acceso de los ciudadanos a la información pública, reconocido como derecho fundamental en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, vinculado tanto a la libertad de expresión como, sobre todo, a la necesidad de una opinión pública informada para participar en los procesos democráticos de toma de decisiones.

La responsabilidad de gestionar el interés público ha de llevar aparejada la de rendir cuentas de dicha gestión a los ciudadanos, poniendo a su disposición toda la información referida a decisiones adoptadas, criterios tomados en cuenta, resultados obtenidos, utilización de recursos públicos, etc. Todo ello ha quedado recogido en el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos, realizado en Tromso (Noruega) en junio de 2009.

Coalición Pro Acceso es una plataforma cívica que agrupa a numerosas organizaciones de la sociedad civil –entre ellas, Access Info Europe, Transparencia Internacional, Greenpeace o Intermón Oxfam- que progugna la aprobación en España de una Ley que garantice el derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, en la que se recojan los términos en que dicho derecho ha quedado perfilado en el Convenio elaborado en el ámbito del Consejo de Europa. 82 países en el mundo disponen ya de normativa destinada a asegurar el ejercicio de dicho derecho.

La participación ciudadana en los procesos políticos, consustancial a la idea de democracia, no puede realizarse desde la asimetría informativa. No es posible que los ciudadanos u opinión pública no puedan conocer con el máximo detalle la gestión pública, la actividad llevada a cabo por los diferentes poderes públicos. La transparencia no es sólo condición necesaria para una participación de calidad, sino también para un buen gobierno, con una plena rendición de cuentas, que permita la evaluación y control por parte de los ciudadanos, con técnicas transparentes que prevengan y permitan corregir los posibles abusos de poder.

Las Administraciones Públicas careren en la actualidad de “cultura de la transparencia”, y como señalaba ayer el profesor Piñar Mañas, exdirector de la Agencia Española de Protección de Datos, con frecuencia se invoca indebidamente la protección de datos personales para justificar la falta de transparencia. En Aragón tenemos el reciente ejemplo del personal de las empresas públicas. El Gobierno de Aragón ha negado reiteradamente a las Cortes de Aragón los nombres de los trabajadores de las empresas públicas, alegando la defensa de la privacidad y de los datos personales. Algo radicalmente insostenible.

Es imposible comprender que los nombres de las personas que se incorporan a la función pública, como funcionarios de carrera o personal laboral fijo, figuren necesariamente en el nombramiento publicado en el Boletín Oficial, y que, por el contrario, los nombres de las personas que se incorporan al sector público empresarial no sólo no se publiquen en el momento de su contratación, al concluir los procesos selectivos correspondientes –si es que los hay-, sino que tampoco puedan -es decir, quieran- ser facilitados a los Grupos Parlamentarios, cuando éstos ejercen su función de control del gobierno. El Gobierno de Aragón está ejerciendo una opacidad por partida doble en cuanto al personal de las empresas públicas, al no publicar el nombramiento o contratación del personal y al negar datos a los Grupos Parlamentarios. Lógicamente, donde no hay transparencia las posibilidades y probabilidades de abuso se incrementan.

Los fines de esta Asociación guardan relación directa con los objetivos de la Coalición Pro Acceso, pues la transparencia y el acceso a la información pública están claramente vinculados con el buen gobierno, la ética pública, la rendición de cuentas y la participación ciudadana. Por ello, esta Asociación hace ya tiempo acordó incorporarse a la citada Coalición Pro Acceso, decisión que se reiteró ayer ante los responsables de la Coalición y que cobrará efectividad en próximos días.

El trabajo de esta Asociación se centra en la situación de las Administraciones Públicas de nuestra Comunidad Autónoma, pero somos plenamentes consciente de que para avanzar en nuestros objetivos hemos de aunar fuerzas con otras entidades del resto de España que trabajan en la misma dirección. Hace una semana establecíamos contacto personal con los responsables de Conceyu por Otra Función Pública n’Asturies, en Gijón, y ayer con los representantes de Coalición Pro Acceso, en Madrid. En esa línea de búsqueda de alianzas vamos a insistir en el futuro.

DERECHO A LA HUELGA

SE RECONOCE EL DERECHO A LA HUELGA DE LOS TRABAJADORES PARA LA DEFENSA DE SUS INTERESES.LA LEY QUE REGULE EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO ESTABLECERÁ LAS GARANTÍAS PRECISAS PARA ASEGURAR EL MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS ESENCIALES DE LA COMUNIDAD.
(ARTÍCULO 28.2 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA)

lunes, 27 de septiembre de 2010

PERDER LA CONCIENCIA DE LO ILÍCITO.

Recordaba Séneca, en una de sus obras, que cuando uno comete tres veces la misma falta, comienza a creer lícita la infracción. No hay duda de que la ética, sea personal o institucional, tiene mucho que ver con los hábitos de cada cual, y de ahí la importancia de no reiterar determinadas conductas improcedentes que pueden derivar en hábitos negativos, contrarios a lo que exigen las normas. Lo peor de todo es que se obre mal y que ello no traiga consecuencia desfavorable alguna, no exista sanción ni reproche.

Hemos insistido mucho en este blog en el arraigado sentimiento de impunidad de que está dotada la clase política aragonesa, pero acaso no sea tanto la impunidad como la falta de conciencia de ilicitud lo que se ha venido imponiendo a lo largo de años de mal ejercicio del poder. Nombrar a personas sin capacidad para ejercer un cargo público o adjudicar ayudas públicas o contratos por razones clientelares, al margen de las exigencias del interés público, a fuerza de reiteración, han pasado a considerarse prácticas lícitas y propias de quien ejerce el poder. Se cree que actuar de modo semejante es un atributo natural del responsable político, una facultad que nadie puede discutirle o negarle. Mucho menos los funcionarios, a los que nadie ha dado vela en este entierro.

De ahí que muchos consideren factible –en primer lugar, los miembros del Gobierno de Aragón- la utilización fraudulenta de los puestos de asesor de los gabinetes, estricto botín para miembros de los partidos que ocupan los puestos del gobierno. Cada cual en la institución que dirija, a modo de un pacto tácito entre las diferentes fuerzas políticas.

Pero al Gobierno de Aragón no le hace falta cometer la misma falta tres veces, pues a la primera ya tiene sensación de que la infracción de la ley es lícita o, al menos, permisible, disculpable, y no merecedora de sanción. Eso parece ocurrir con el incumplimiento del plazo de presentación del proyecto de ley de presupuestos que marca el Estatuto de Autonomía. Dice el artículo 111.4 del Estatuto que “el Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso”. Es decir, el proyecto debe aprobarse y remitirse a las Cortes de Aragón con anterioridad al 1 de octubre.

Faltan tres días para que se cumpla el plazo marcado por el Estatuto de Autonomía, y el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Alberto Larraz, anunciaba hace escasos días que el presupuesto estaba “hilvanado”, sin manifestar compromiso alguno en ajustarse a los plazos marcados por el Estatuto de Autonomía de Aragón para su tramitación. Como ya se hizo el año pasado, sin que pasara nada, qué razón impide que se haga también este año. ¿Quién puede conceder importancia a algo tan irrelevante? ¿Los funcionarios? ¿Y qué importa lo que digan los funcionarios? ¿Les hace caso alguien?

Unas instituciones que no se esfuerzan en respetar de forma estricta las exigencias establecidas en el Estatuto de Autonomía son instituciones que han renunciado a objetivos de buen gobierno y, lo que es peor, han olvidado los principios básicos de todo Estado de Derecho, como es el sometimiento de los poderes públicos al ordenamiento jurídico. La falta de sanción formal por algunos de los incumplimientos no significa que la infracción carezca de consecuencias. Hay enfermedades silenciosas que resultan gravísimas para la salud, tanto de las personas como de las instituciones. Y lo peor que puede hacer un Gobierno es lanzar el mensaje a los servidores públicos y a los ciudadanos en general de que las leyes no son de obligado cumplimiento y que el primero que las vulnera es el Gobierno. ¿A dónde puede conducirnos este menosprecio de la legalidad?

domingo, 26 de septiembre de 2010

RECONSTRUIR LA FUNCIÓN PÚBLICA.

Después de más de tres años trabajando en la defensa de los principios constitucionales de la función pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, hemos podido comprobar dos graves hechos: en primer lugar, la falta de todo proyecto dirigido a mejorar la Administración autonómica y a fortalecer la profesionalidad de la función pública aragonesa -pocas veces en la historia habrá existido una falta de proyecto y de liderazgo en la materia tan grandes como la constatada a lo largo de tres legislaturas de Gobierno PSOE-PAR, con tres Consejeros sucesivos, Bandrés, Larraz y Velasco, a los que jamás se les ha oído exponer proyecto alguno de mejora de la administración y función pública-; y, en segundo lugar, la manifiesta tendencia a no respetar la legalidad en materia de función pública, tanto en lo que se refiere a la selección, como a la provisión de puestos o al régimen retributivo. El caso de los asesores que "cobran sin trabajar" sigue siendo el indicador ético más relevante de este Gobierno. Da igual que se denuncie una y otra vez: el sentimiento de impunidad predomina sobre cualquier otro. Sin un Gobierno comprometido con la legalidad -como es el caso de Aragón-, no hay función pública que pueda mantener vivas sus señas de identidad.

Resultado de estos doce años de erosión ininterrumpida a los valores de la función pública -en particular, al principio de legalidad-, es la Administración ineficiente y desmotivada que hoy tenemos en nuestra Comunidad Autónoma. Una Administración sin objetivos claros, sin técnicas transparentes de gestión, sin directivos profesionales, sin equipos de trabajo, sin horizonte ni perspectivas, sin autoestima, que ve amenazado incluso el valor principal e insustituible que ha de caracterizar a toda función pública: el espíritu de servicio público, a punto de ser desplazado por algo que sólo cabe calificar, de acuerdo con la profesora Adela Cortina, como "miseria burocrática".

Lo más cómodo para un Gobierno es no marcarse objetivos, pues así evaluar su grado de cumplimiento resulta imposible. Eso es lo que parece haber sucedido en materia de Administración y Función Pública. No se han formulado nunca objetivos, y las medidas aplicadas a lo largo de estos años o bien han sido improvisadas -al hilo de la presión de los sindicatos, como es el caso de la promoción interna temporal- o bien han respondido a un programa oculto de desmantelamiento o debilitamiento de la Administración departamental -como ha sido la suplantación, en diferentes áreas de gestión, de funcionarios por personal de empresas públicas, o la constante externalización de trabajos, infrautilizando los recursos propios, empobreciendo el capital humano de la propia Administración-, redundando todo ello en un claro daño al orden propio de la función pública.

En un contexto como el vivido a lo largo de los años del Gobierno PSOE-PAR, es difícil para los funcionarios públicos que se guían por los principios de su profesión -y no por consignas sectarias de bandería- mantener intactos su ánimo y sus expectativas, seguir fieles a los principios y valores propios de su condición -la de servidor público- y no acabar deslizándose, de forma lenta pero inexorable, hacia la caricatura de funcionario que previamente se ha dibujado desde el poder, para deslegitimarlo socialmente. Es difícil trabajar en una organización en la que los responsables que la dirigen -Gobierno de Aragón y altos cargos- no disimulan el desprecio que sienten por la función pública y por los valores que representa. Los múltiples desajustes que se observan son en buena parte el resultado de ese grave desencuentro que hoy se vive en nuestra Administración entre quienes la dirigen y quienes trabajamos en ella.

En este contexto, no basta la labor de denuncia llevada a cabo por asociaciones como ésta -denunciamos el mal que percibimos, pero el remedido a dicho mal ha de surgir necesariamente de las instituciones de la Comunidad Autónoma, de su Parlamento y de su Gobierno-, y hoy se impone la necesidad de una decidida labor de reconstrucción de la función pública aragonesa, actualmente en manos de unos absolutos irresponsables. A las fuerzas políticas, si es que aspiran a gobernar y no solamente a ocupar y ejercer el poder, les corresponde elaborar un programa para la reconstrucción de la función pública, para la recuperación de sus valores y la restauración de la legalidad, al margen de la cual la función púbica es incapaz de reconocerse y de operar. ¿Existe voluntad política para afrontar seriamente el problema?

viernes, 24 de septiembre de 2010

LAS CORTES DE ARAGÓN HAN DE VELAR TAMBIÉN POR LA LEGALIDAD DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

Además de dirigirnos al Consejero de Presidencia, para solicitarle que acepte la sugerencia formulada por el Justicia de Aragón y cumpla la obligación legal de publicar anualmente las relaciones de puestos de trabajo actualizadas de Departamentos y Organismos autónomos de la Administración autonómica, esta Asociación se dirige igualmente a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, para expresarles la necesidad de adoptar iniciativas tendentes a garantizar la plena vigencia del principio de legalidad en materia de función pública.

El principio de legalidad constituye la nota definitoria de un Estado de Derecho, como garantía frente a la arbitrariedad y abuso del poder. Si su vigencia ha de cuidarse en todos los ámbitos de la vida social, especialmente ha de respetarse en el ámbito de la Administración Pública, pues la actuación de ésta sólo puede legitimarse como organización al servicio del interés general y con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

Los servidores públicos para acceder a sus funciones han de jurar o prometer acatamiento a la Constitución, donde se proclama el principio de legalidad, razón por la cual las quiebras a dicho principio que conlleva la inaplicación de mandatos legales –entre ellos, el referido a la publicación de las relaciones de puestos de trabajo-, constituyen un directo menoscabo a la función pública. Difícilmente podrán desempeñar su función y cumplir su compromiso constitucional en una organización que no se ajuste en su ordenación y funcionamiento al ordenamiento jurídico.

De ello debieran ser conscientes no sólo el Gobierno de Aragón, sino también las Cortes de Aragón.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón:

“Grupos Parlamentarios
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería

Zaragoza, 24 de septiembre de 2010.

Estimados señores:

Recientemente, el Justicia de Aragón ha dictado resolución, con motivo de una queja planteada ante dicha Institución, en la que recuerda al Gobierno de Aragón la necesidad de ajustarse a las obligaciones legales que establece la normativa de función pública, y le sugiere que adopte las medidas necesarias para asegurar la publicación anual de las relaciones de puestos de trabajo actualizadas de la Administración autonómica, tal y como se prevé en el artículo 17.3 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma.

Creemos que es importante que los instrumentos de ordenación de la función pública, y entre ellos las relaciones de puestos de trabajo, sean de conocimiento general y de fácil acceso para los empleados públicos y para el conjunto de los ciudadanos, ya que inciden en el ejercicio de derechos constitucionales y legales de todos ellos, como puede ser el de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

Cuando dicha obligación de publicidad se ha establecido expresamente en normas legales, como es el caso de las relaciones de puestos de trabajo, la falta de publicación que se produce y constata el Justicia de Aragón no es sólo una carencia de publicidad o transparencia, sino sobre todo una vulneración del principio de legalidad, una infracción del ordenamiento jurídico, un ejemplo de la falta de sometimiento de las poderes públicos al principio de legalidad, lo que pone en entredicho la nota definitoria de un Estado de Derecho.

Consideramos imprescindible que las Cortes de Aragón, al igual que ha hecho el Justicia de Aragón, velen por el respeto del principio de legalidad en materia de función pública, ya que dicho principio es consustancial a la actividad de la Administración Pública y al quehacer de los servidores públicos, y su vulneración por parte del Gobierno de Aragón constituye un factor de deslegitimación evidente para toda la organización administrativa.

Coherentemente con ello, les enviamos una copia de la citada resolución del Justicia de Aragón, con el ruego de que impulsen aquellas iniciativas parlamentarias que consideren oportunas para que la sugerencia formulada sea atendida por el Gobierno de Aragón y se asegure la aplicación de la ley.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”.

jueves, 23 de septiembre de 2010

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, PRINCIPAL RESPONSABLE DE ASEGURAR LA LEGALIDAD EN MATERIA DE FUNCIÓN PÚBLICA.

El Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se dirige hoy al Consejero de Presidencia para solicitarle, al amparo una vez más del derecho fundamental de petición, que acepte y aplique la reciente sugerencia del Justicia de Aragón sobre la publicación anual de las relaciones de puestos de trabajo actualizadas de la Administración autonómica, publicación que exige el artículo 17.3 de la Ley de Ordenación de la Función Pública y que los responsables de función pública debieran respetar sin necesidad de recordatorios o sugerencias de terceros.

Hay que distinguir entre objetivos deseables de transparencia y cumplimiento de obligaciones de publicidad establecidas por las leyes. Podemos lamentar la resistencia del Gobierno de Aragón y de su Consejero de Presidencia, Javier Velasco, a elaborar un boletín estadístico sobre empleo público de la Comunidad Autónoma, en el que se recojan sus principales magnitudes y se aprecie su evolución cuantitativa y cualitativa, pues la desinformación sobre lo que afecta a los asuntos públicos no refuerza la confianza, sino todo lo contrario, de los ciudadanos en los gestores y responsables políticos.

Pero cuando la falta de transparencia se plasma en el incumplimiento de obligaciones legales inequívocas, como es el caso de la publicación anual de las relaciones de puestos de trabajo, ya no estamos ante una decisión a lamentar, sino ante una infracción del ordenamiento jurídico a denunciar y corregir. Si los responsables públicos se creen con capacidad de inaplicar las leyes y ello no conlleva sanción o inhabilitación alguna para el ejercicio de funciones públicas, ¿cuál puede ser el futuro que aguarda a nuestras instituciones? ¿Qué antipedagogía constituye tal actitud para todos los servidores públicos, subordinados a responsables para los cuales los mandatos legales carecen de fuerza vinculante? ¿A qué queda reducida la fuerza de la ley? ¿Alguien puede relativizar las consecuencias de esta forma de gobernar y de gestionar?

Mientras el Gobierno de Aragón, sus Consejeros y sus altos cargos, sigan mostrando su actual indiferencia al principio de legalidad, toda iniciativa del Departamento de Presidencia carece de sentido o virtualidad. Las sofisticadas disertaciones sobre el sistema de gestión por competencias no pasan de constituir una broma ridícula del actual Director General de la Función Pública, Antonio Brun, a la vista de su declarada incompetencia para asegurar el respeto de las normas de función pública. Saber leer las leyes y demostrar capacidad para aplicarlas y asegurar su cumplimiento es la primera y principal competencia que cabe exigir a un alto cargo. Lo demás no pasa de ser puro escapismo e inútil maniobra de distracción.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido al Consejero de Presidencia:




“Excmo. Sr. Consejero de Presidencia
Departamento de Presidencia
Gobierno de Aragón

Zaragoza, 23 de septiembre de 2010.

Estimado señor:

El Justicia de Aragón, en una reciente resolución de fecha 10 de septiembre de 2010, dictada a raíz de una queja presentada ante dicha Institución, ha recordado al Gobierno de Aragón la necesidad de velar por el respeto a las exigencias establecidas en la normativa de función pública, y le ha sugerido que adopte las medidas precisas para garantizar que se cumple la obligación legal de publicar anualmente las relaciones de puestos de trabajo actualizadas, tal y como exige el artículo 17.3 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la citada resolución, sostiene el Justicia de Aragón que las relaciones de puestos de trabajo son una garantía de la eficacia administrativa y un antídoto frente a la arbitrariedad, ya que las relaciones de puestos de trabajo vinculan a la Administración en lo que se refiere a oferta de empleo y movilidad de los empleados públicos, articulando de forma objetiva la carrera profesional de éstos. Para alcanzar tal finalidad de prevención de la arbitrariedad, lógicamente, es necesario además que la Administración aplique adecuadamente el régimen de provisión de puestos de trabajo vigente, evitando los problemas actuales de incremento de temporalidad y provisionalidad en el desempeño de puestos, a causa del abuso en que se incurre en la utilización de las figuras del funcionario interino y de la comisión de servicios.

De cualquier modo, y al margen de la mayor o menor corrección técnica con que se definan las relaciones de puestos de trabajo –cuestión que no cabe desconocer tampoco-, es indudable que la Administración ha de ajustarse a las exigencias legales en materia de publicación o publicidad de disposiciones y acuerdos de naturaleza administrativa, entre las que figura la publicación anual de las relaciones de puestos de trabajo actualizadas.

Ninguna razón puede justificar que la Administración desatienda obligaciones legales que buscan dotar de transparencia a la organización administrativa, y sin embargo la falta de publicación de las relaciones de puestos actualizadas no constituye un caso aislado, pues igualmente los responsables de función pública vienen omitiendo el deber de publicación de las comisiones de servicios en puestos de libre designación y los diferentes Departamentos sustituyen la publicación de los nombramientos y ceses del personal eventual que prevé la Ley por meros anuncios de publicidad.

Es grave que la transparencia no constituya una práctica y una exigencia prioritarias en la actividad del Gobierno y la Administración Pública de un sistema democrático como el nuestro, pero dicha gravedad es mayor cuando la falta de transparencia responde a la inaplicación de obligaciones legales expresamente establecidas, debilitando con ello la vigencia misma del Estado de Derecho, es decir, del sometimiento de los poderes públicos al principio de legalidad.

Creemos por consiguiente que, como responsable del Departamento de Presidencia, le corresponde adoptar las medidas precisas para asegurar el respeto al deber legal de publicación a que alude la citada sugerencia del Justicia de Aragón, dando para ello las instrucciones oportunas a la Dirección General de la Función Pública. Lo solicitamos al amparo del derecho fundamental de petición, reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española.

Agradeciendo de antemano la atención dispensada a este escrito, reciba un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONCEDE PLAZO DE ALEGACIONES EN EL RECURSO DE AMPARO PROMOVIDO POR ESTA ASOCIACIÓN.

La Sala Primera –Sección Segunda- del Tribunal Constitucional ha dado por recibidos los expedientes correspondientes a los acuerdos de la Mesa de las Cortes frente a los cuales formuló recurso de amparo esta Asociación, por vulneración del derecho fundamental de petición. Asimismo, se tiene por personadas en dicho procedimiento a las Cortes de Aragón, representadas por su letrada doña Carmen Agüeras Angulo, y se concede un plazo común de veinte días tanto al Ministerio Fiscal como a las partes personadas –es decir, esta Asociación y las Cortes de Aragón- para que formulen las alegaciones que estimen convenientes.

Tras la reciente admisión a trámite del recurso de amparo promovido por esta Asociación contra acuerdos de la Mesa de las Cortes de Aragón de 14 de abril de 2009 (inadmisión de una petición sobre creación de una comisión parlamentaria de estudio) y de 30 de abril de 2009 (inadmisión de una petición sobre creación de una comisión parlamentaria de investigación), el Tribunal Constitucional ha impulsado los trámites procesales del procedimiento de amparo, reclamando en primer lugar a las Cortes de Aragón los expedientes relativos a los acuerdos impugnados, y concediendo posteriormente plazo para la formulación de posibles alegaciones por parte del Ministerio Fiscal y de las distintas partes personadas.

Debemos recordar que la intervención del Ministerio Fiscal en todos los procedimientos de protección de derechos fundamentales – el recurso de amparo constituye el mecanismo de protección más relevante- lo es como defensor del respeto al derecho fundamental. La defensa de la corrección de los acuerdos impugnados, por lo tanto, corresponde en exclusiva a la Letrada designada por las Cortes de Aragón, ya que el Ministerio Fiscal cumple una función objetiva de defensa del derecho fundamental afectado, razón por la cual puede constituir un valioso aliado de las tesis de esta Asociación.

EL JUSTICIA DE ARAGÓN RECUERDA LA NECESIDAD DE PUBLICAR ANUALMENTE LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO.

En una reciente resolución, de fecha 10 de septiembre de 2010, el Justicia de Aragón ha recordado al Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón la obligación legal de publicar anualmente las relaciones de puestos de trabajo actualizadas de la Administración autonómica, y la necesidad de adoptar las medidas necesarias para cumplir dicha obligación.

Las relaciones de puestos de trabajo constituyen un instrumento de ordenación de la función pública, al determinar los puestos de trabajo propios de cada órgano o unidad administrativa con que cuentan los diferentes Departamentos y organismos de la Administración autonómica. Son las relaciones de puestos de trabajo las que no sólo fijan el número de puestos de trabajo, sino las características concretas de cada uno de ellos, como son su denominación, requisitos de desempeño, forma de provisión y retribuciones complementarias. Por lo tanto, el conocimiento de la estructura y composición de la Administración Pública depende directamente de la publicidad que se otorgue a las relaciones de puestos de trabajo propias de cada Departamento u Organismo.

La obligatoriedad de su publicación se establece expresamente en el artículo 17.3 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, donde se señala: “Las relaciones de puestos de trabajo, que deberán actualizarse con carácter anual, así como sus modificaciones, se publicarán en el Boletín Oficial de Aragón”. Dicha obligatoriedad de publicación anual se reitera en el Decreto 140/1996, de 26 de julio, sobre relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Pese a la claridad con que se establece dicha obligación de publicación anual de las relaciones actualizadas de puestos de trabajo, el Departamento de Presidencia ha venido incumpliendo año tras año el citado mandato legal, supuesto que constituye una clara y reiterada infracción del ordenamiento jurídico aragonés, cuya tutela encomienda el Estatuto de Autonomía al Justicia de Aragón.

Dicha falta de publicación y publicidad constituye, como señala el Justicia de Aragón en su resolución, una práctica contraria a la seguridad jurídica, que afecta negativamente a los empleados públicos, en lo que concierne a su régimen de movilidad y de carrera administrativa, y a los ciudadanos, en lo que se refiere a su derecho de acceso a las plazas vacantes de la Administración.

A juicio de esta Asociación, la falta de publicación anual de las relaciones actualizadas de puestos de trabajo de los distintos Departamentos y Organismos autónomos constituye un ejemplo más de la opacidad e inaplicación de la ley que preside la gestión de la función pública aragonesa. No cabe alegar, en este caso, dificultades de orden técnico, dado que las aplicaciones informáticas de gestión tienen perfectamente actualizadas las distintas relaciones de puestos de trabajo, y el actual carácter electrónico del Boletín Oficial de Aragón no constituye gravamen alguno para la edición anual de dichas relaciones. No hay consumo alguno de papel.

No obstante la citada publicación anual, expresamente establecida por la normativa aragonesa de función pública, esta Asociación considera que tal medida debiera completarse con un sistema adecuado de consulta on line del contenido de las relaciones de puestos de trabajo, al objeto de asegurar su permanente actualización entre publicación y publicación, dado el alto volumen de modificaciones de puestos que se producen a lo largo del año.

Esta Asociación se va a dirigir al Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón y a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón para solicitar que se impulse la aplicación del criterio señalado en la resolución del Justicia de Aragón, asegurando con ello la publicación anual de las relaciones actualizadas de las relaciones de puestos de trabajo, como expresamente exige la normativa de función pública de la Comunidad Autónoma.

ENTRE TODOS HAY QUE LEVANTAR.

Tras la obligada despedida a Labordeta, y con la satisfacción por el amplio y sincero homenaje dado a su persona y su trayectoria por aquellos a quienes él dedicó incansablemente su energía, esta Asociación ha de retomar su labor, que muchos pueden considerar prosaica, pero entendemos la defensa de la función pública como nuestra personal contribución a un proyecto colectivo de convivencia democrática y de solidaridad a través de servicios públicos de calidad.

Ninguna actividad es un fin en sí mismo, y todas sirven a valores o bienes superiores que las justifican. En nuestro caso, sólo el servicio objetivo al interés general justifica la labor de los profesionales de la función pública. Los ciudadanos han de tener la seguridad de que los servidores públicos –es decir, esos ciudadanos que han accedido al ejercicio de las funciones públicas, conforme a criterios de igualdad, mérito y capacidad- están comprometidos con los valores y fines propios de su labor, como son la legalidad, la profesionalidad, la eficacia y la ética pública.

La Administración, tal y como exige un sistema democrático, está subordinada al poder político, que representa a los ciudadanos. Pero la dirección política de la Administración –que corresponde al Gobierno de Aragón en el caso de la Administración autonómica- no puede ejercerse de cualquier manera, sino con sujeción a las normas, que vinculan por igual a gobiernos, servidores públicos y ciudadanos. Una función pública que admitiese la vulneración de la legalidad por el Gobierno que la dirige estaría negando su valor más esencial, su compromiso con la legalidad, garantía del igual derecho de los ciudadanos, y debería afrontar su inevitable desprestigio social.

Pero junto a la legalidad, hemos de situar la eficacia y eficiencia de la actividad administrativa. Los servidores públicos han de conjugar necesariamente ambos valores, ser eficaces y serlo dentro del respeto a la legalidad, sin sacrificar un valor al otro, pues ambos deben realizarse conjuntamente. La combinación óptima de ambos es lo que conforma el derecho a una buena administración, formulado como derecho fundamental de los ciudadanos de la Unión Europea desde el año 2000, e introducido en diferentes Estatutos de Autonomía –no en el de Aragón, curiosamente- tras las recientes reformas.

Convencidos hoy como ayer de la necesidad de un compromiso activo con los principios constitucionales de la función pública, las emociones vividas por la desaparición de Labordeta nos han de llevar a redoblar nuestro esfuerzo y nuestra motivación, sin descontextualizar nuestro trabajo. No defendemos intereses personales. Tampoco nos corresponde la defensa de los intereses de los empleados públicos, pues esa función la ejercen los sindicatos. Nuestra dedicación se dirige a algo que algunos pueden considerar más etéreo, más abstracto –la legalidad-, pero que sin su respeto y vigencia no pueden funcionar adecuadamente ni nuestras administraciones ni nuestras instituciones de autogobierno ni, por último, nuestra sociedad.

Por ello, y por creer que entre todos hay que levantar, también una función pública aragonesa al servicio real de la democracia y de los ciudadanos, renovamos hoy nuestro compromiso con esos valores y con esta tierra y sus gentes. Un compromiso que los servidores públicos debemos ejercer individualmente, en el desempeño de nuestros respectivos puestos de trabajo, pero también colectivamente, procurando que la organización pública en la que nos integramos –la Administración autonómica- no se degrade o desvirtúe, no olvide a quién debe servir, no se haga servil del poder político y traicione a los ciudadanos, no menoscabe el Estado de Derecho, es decir, no se corrompa. A ello dedica su preocupación y su energía esta Asociación, entendiendo que su esfuerzo se suma al de todos los que, desde sus respectivos campos de actividad, trabajan por la libertad y el desarrollo personal de quienes viven en Aragón.

domingo, 19 de septiembre de 2010

DOLOROSO ADIÓS A LABORDETA.

Al igual que el resto de los aragoneses -y no sólo aragoneses-, los miembros de esta Asociación recibimos la noticia del fallecimiento de José Antonio Labordeta con sentimiento de profunda tristeza -por la orfandad cívica que supone su pérdida para quienes creemos que "la lucha no ha terminado", porque es preciso todavía seguir plantando árboles en esta tierra yerma, porque sigue habiendo mucho que cantar ahora que han vuelto los silencios de hierro, y porque ha podido llegar el tiempo bonancible, pero al levantar la vista aún no podemos ver esa tierra donde ponga libertad, esa libertad que cantábamos y anhelábamos cuando aún no teníamos libertades, democracia ni Constitución, y que hoy como entonces seguimos cantando y anhelando-, y nos cuesta imaginar Aragón sin su presencia, nos duele resignarnos a su ausencia. ¿Nunca más escuchar su voz en la plaza de alguno de nuestros pueblos? ¿Resignarnos al último canto entonado desde el balcón del Ayuntamiento de Zaragoza, en el pregón de las fiestas del Pilar del año pasado?

Pero junto al dolor por su desaparición, hay un incontenible sentimiento de agradecimiento por todo lo que le debemos, por todo lo que nos ha aportado como personas, como ciudadanos y como aragoneses. Si es cierto que lleva quien deja y vive el que ha vivido -como dijo Machado en su elegía a Francisco Giner de los Ríos-, no es posible encontrar otro bagaje mayor que el que nos ha brindado José Antonio Labordeta en tantos años de trabajo y de creación, de compromiso y generosidad. ¿Cuánto de lo que somos y sentimos sólo puede explicarse por su influencia en nuestras vidas? ¿Cómo olvidar las emociones que hemos sentido al oir y corear sus canciones, al escuchar o leer sus poesías y relatos, sus artículos en prensa, sus intervenciones públicas, o al disfrutar recorriendo de su mano los caminos de Aragón y del resto de España y escuchar su charla inigualable con las gentes con que topaba en cada lugar?

El ejemplo de honestidad que nos ha brindado José Antonio Labordeta en el conjunto de su vida es, sin duda, uno de sus más preciosos legados. Cuando los políticos o gobernantes se muestran incapaces de servir como modelo de excelencia a los ciudadanos de una democracia, constituye una enorme fortuna la existencia de personas como José Antonio Labordeta, con sobradas virtudes humanas y cívicas para servir de referencia ética y pública a los ciudadanos de un país. ¡Gracias, José Antonio!

ENCUENTRO EN GIJÓN: PRIMER PASO PARA UNA ACCIÓN COORDINADA EN LA FUNCIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA.

Este fin de semana, el Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, Julio Guiral, ha sostenido un encuentro en Gijón con responsables del Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies, asociación que agrupa a funcionarios públicos de la Administración del Principado de Asturias y cuyos principios y planteamientos resultan coincidentes con los de nuestra Asociación.

El encuentro ha constituido el primer contacto personal entre ambas asociaciones, continuación de los intercambios de información hasta ahora sostenidos desde que supimos de la existencia de nuestras respectivas asociaciones.

El contacto ha servido para poner en común las experiencias y trayectorias de ambas entidades y compartir percepciones y valoraciones sobre la situación que vive la función pública en nuestras Comunidades Autónomas. Los problemas de quiebra de la legalidad administrativa y de politización de la función pública son comunes a ambas Administraciones y constituyen la principal motivación de creación de ambas asociaciones. No resulta posible permanecer impasibles o indiferentes ante la constante degradación del estado de la función pública, pues de los funcionarios públicos cabe demandar un compromiso activo en defensa de los principios que constituyen la razón de ser de su existencia y de su estatuto jurídico.

La común problemática que viven la mayor parte de las Administraciones Públicas españolas, así como la necesidad de reclamar de las instituciones del Estado que velen de forma efectiva por el respeto de la legislación básica y de los valores del modelo constitucional de función pública, aconsejan que todos los que sentimos como tarea apremiante la defensa de los valores de la función pública vayamos convergiendo en una estrategia común y en una creciente coordinación de esfuerzos e iniciativas.

Por ello, los funcionarios aragoneses y asturianos que hemos decidido reaccionar frente a la preocupante situación de nuestras respectivas Administraciones vamos a tratar de realizar en el futuro un doble esfuerzo: diseñar y realizar iniciativas compartidas -tras un análisis conjunto de los problemas que vive la función pública en ambas Comunidades- y propiciar la aparición en el resto de las Administraciones Públicas españolas -la estatal, las autonómicas y las locales- de asociaciones o agrupaciones de servidores públicos que asuman como prioritaria la defensa de los principios y valores que configuran nuestro modelo constitucional de función pública.

Nos planteamos, por lo tanto, nuevas tareas que han de requerir de todos nosotros un esfuerzo suplementario, sostenido en el tiempo, para tratar de sumar voluntades a la labor que hemos comenzado a realizar en algunas Comunidades Autónomas como Asturias y Aragón.