viernes, 5 de junio de 2015

QUEJA AL JUSTICIA DE ARAGÓN POR LA NO ELABORACIÓN DE LOS INFORMES ANUALES SOBRE EL ESTADO DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.



Entre las funciones que tiene atribuidas el Justicia de Aragón, en el artículo 59.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, figura la tutela del ordenamiento jurídico aragonés, velando por su defensa y aplicación. Dentro de esa función cabe englobar la supervisión de la Administración cuando ésta incurre en una reiterada inaplicación de las normas autonómicas, como ocurre en el caso del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, que, desde la fecha de su constitución hasta ahora, ha incumplido el deber legal de elaborar un informe anual sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dicho incumplimiento pone en entredicho la credibilidad de muchas de las medidas auspiciadas por este Gobierno, tanto en materia de calidad de los servicios públicos como de transparencia, al no elaborar la información que exige la Ley de Servicios Sociales de Aragón, y que debiera permitir el conocimiento general sobre el estado de la situación social en Aragón y la actividad desarrollada por parte del Sistema Público de Servicios Sociales para afrontar su diferente problemática. La peor falta de transparencia no está en no hacer accesible la información elaborada, sino en no elaborar la información exigida por las leyes, como viene a suceder en este caso.

No favorece al Consejo Aragonés de Servicios Sociales, como órgano de participación y consulta en materia de servicios sociales -en el que tienen representación numerosas entidades sociales-, el silencio y la inoperancia que parecen aquejarlo, durante todos estos años, cuando las circunstancias que padecemos hacen más necesario que nunca contar con un ámbito de diálogo entre instituciones y sociedad en el que  resulte posible analizar la realidad social de Aragón y concretar las acciones adoptadas para prevenir y combatir situaciones de precariedad y exclusión o de desatención de necesidades sociales.

Particular responsabilidad en este incumplimiento corresponde al Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Ricardo Oliván, al que en calidad de Presidente del Consejo le corresponde velar por el correcto cumplimiento de sus funciones. Acaso, como responsable de la gestión de los servicios sociales autonómicos, es el primer interesado en que esta gestión no sea objeto de una evaluación objetiva por parte del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, lo cual supondría una gravísima obstrucción al papel que corresponde jugar a dicho Consejo dentro del Sistema Público de Servicios Sociales.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito de queja formulado ante el Justicia de Aragón:




“JULIO GUIRAL PELEGRIN, mayor de edad y con D.N.I. nº 17.130.593, en nombre de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007, y con domicilio, a efectos de notificaciones, en C/ León XIII, 21, 4º Centro, 50008-ZARAGOZA, comparece ante esa Institución y, al amparo de lo previsto en el artículo 59 del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, formula el presente escrito de queja relativo al incumplimiento del deber de elaborar un informe anual sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón por parte del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, tal y como prevé la Ley de Servicios Sociales de Aragón, lo que constituye una reiterada inaplicación del ordenamiento jurídico aragonés, fundando la queja en las razones siguientes:



  1. El Consejo Aragonés de Servicios Sociales se configura por la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, como el máximo órgano de participación y consulta en materia de servicios sociales, dentro del Título VI de la citada Ley.

Sus funciones vienen reguladas en el artículo 57.2 de la Ley, figurando entre ellas, en la letra e) de dicho precepto,  la de “elaborar un informe anual sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón”.

No consta a esta Asociación el cumplimiento de dicho deber legal, pues los citados informes no obran ni en la página web del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, ni en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón, todo lo cual hace pensar que, desde la constitución del citado Consejo, efectuada a finales de la pasada legislatura, dicho órgano viene incumpliendo el deber de elaborar el citado informe anual sobre el estado de los servicios sociales.

  1. En el Reglamento del Consejo Aragonés de Servicios Sociales,  aprobado por Decreto 190/2010, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón, se atribuye la presidencia del órgano al titular del Departamento competente en materia de servicios sociales –en la actualidad, el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia-, figurando entre las funciones del Presidente la de velar por el cumplimiento de los fines propios del Consejo y por la adecuación de su actuación a lo previsto en la normativa que le resulte de aplicación, según dispone el artículo 6 del Reglamento de dicho Consejo, aprobado por Decreto 190/2010, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón.

La no elaboración del citado informe anual es una grave inaplicación de la Ley y un incumplimiento de las funciones atribuidas a dicho Consejo, pero también constituye una clara dejación de responsabilidad por parte del Presidente de dicho órgano –el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia-, a quien corresponde expresamente la obligación de velar para que dicho Consejo cumpla las funciones que tiene atribuidas.

  1. La omisión en la elaboración de dichos informes –que contrasta con los elaborados por el Consejo Escolar de Aragón sobre la situación del sistema educativo en Aragón- no solo constituye un incumplimiento de un deber legal, que devalúa el papel que corresponde jugar al citado Consejo dentro del Sistema Público de Servicios Sociales, sino que impide poner a disposición de instituciones y ciudadanos una información objetiva y detallada sobre la problemática social en nuestra Comunidad Autónoma, en un periodo en el que la misma tiene la máxima relevancia, debido a la grave crisis económica sufrida por nuestro país.

La no elaboración de dicho Informe priva a la sociedad aragonesa de una valiosa información sobre la evolución de los problemas sociales y las respuestas dadas a los mismos desde las administraciones que integran el Sistema Público de Servicios Sociales o desde las entidades del tercer sector.

No resulta en modo alguno congruente que, desde el Gobierno de Aragón, se promuevan normas de calidad de los servicios públicos o criterios de transparencia e información activa sobre la gestión pública si, al mismo tiempo, los órganos de la Administración autonómica, como es el caso del Consejo Aragonés de Servicios Sociales adscrito al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, no cumplen la misión que tienen legalmente asignada para asegurar a todos los ciudadanos una información objetiva sobre la situación de las diferentes áreas de la acción pública.

La transparencia debería permitir conocer tanto lo que se hace como lo que no se hace, pese a existir una obligación de hacer, permitiendo así conocer el incumplimiento de mandatos normativos expresos por parte de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.



En virtud de todo lo señalado, y al considerar que el titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en su calidad de Presidente del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, debe asegurar que dicho órgano cumpla las funciones que tiene legalmente atribudas, entre las cuales figura la de “elaborar un informe anual sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón”, obligación que parece venirse desatendiendo desde la creación del citado órgano de participación, formulamos el presente escrito de queja ante esa Institución para que, en el ejercicio de su función de tutela del ordenamiento jurídico aragonés y de supervisión de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y previas las actuaciones oportunas, recuerde al titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia y al propio Consejo Aragonés de Servicios Sociales la necesidad de proceder a la elaboración de los informes anuales sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón, tal y como se prevé en el artículo 57.2 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, y en el Reglamento del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, aprobado por Decreto 190/2010, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 4 de junio de 2015.”

5 comentarios:

Anónimo dijo...


El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha vuelto a cargar contra el Gobierno de Aragón por su dilación "excesiva" en la tramitación de resoluciones del Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) tras recibir la queja de un señor que solicitó en mayo del 2014 el salario social y todavía no lo tiene reconocido. Además, el Justicia expone que el interesado "no percibe ningún ingreso" con el que el que poder afrontar los gastos básicos de su unidad familiar, formada por él y su mujer y dos hijos menores.

La institución, tras recibir el escrito del afectado, se dirigió a finales de enero a la DGA para interesarse por la cuestión y, el 26 de mayo, tuvo una contestación de la Administración en la que se decía que la solicitud del IAI pasa por distintas fases y se va tramitando según orden de entrada, al tiempo que se precisa que "a la vista de la documentación que consta en el IASS, se comunica que dicho expediente se encuentra en una de las fases de tramitación por los servicios técnicos de la Dirección Provincial de Zaragoza sin que, en la actualidad, se haya producido ninguna incidencia".

Ante la ausencia de problemas en la tramitación, el Justicia de Aragón expone que "si bien es comprensible" la resolución por fecha de entrada, destaca la excesiva demora en el tiempo de la tramitación.

epa

Anónimo dijo...


TIEMPO SUFICIENTE "Los doce meses transcurridos desde que la interesada solicitó la prestación del IAI, es tiempo suficiente para su resolución, tratándose desafortunadamente de una realidad bastante frecuente", apuntó García Vicente.

Por último, el Justicia pide en su sugerencia al Departamento de Sanidad que conceda el IAI al señor afectado. Esta no es la primera vez que el Justicia de Aragón intercede para pedir celeridad en la tramitación del salario social. De hecho, las quejas que llegaron a la institución acerca de este asunto alcanzaron en el 2014 las 165, de las cuales el organismo formuló 60 sugerencias muy similares en su conclusión, donde se pedía el Departamento de Sanidad que valore la posibilidad de reconocer esta prestación "lo antes posible".

Precisamente los retrasos en la tramitación del ingreso volvieron a ser criticados el pasado miércoles desde Cáritas Zaragoza. La entidad, que el año pasado volvió a incrementar sus atenciones a personas en riesgo de exclusión, confirmó que la demora del IAI ha provocado que, desde hace dos años, esta organización ayude a numerosas personas que tienen reconocido el IAI pero que, al no recibirlo, no tienen ningún ingreso. Cáritas apuntó a esperas de 6 meses en la renovación y hasta 10 en nuevas altas.

epa

Anónimo dijo...


Cáritas Zaragoza realizó 6.997 ayudas en defensa de la integración y de la dignidad de la persona. De ellas, 6.256 se destinaron a garantizar la alimentación de las personas sin apenas ingresos económicos. También ayudaron en trámites administrativos. Inviertieron, en total, 2.465.958 millones de euros.

Anónimo dijo...


La Fundación Federico Ozanam ayudó el año pasado a más de 14.000 personas con un total de 18.757.286 euros, según explicó ayer el presidente del organismo, Enrique Santamaría, quien calificó el 2014 como un año "positivo" al aumentar un 3% el volumen económico y terminar "con un saldo positivo" cercano a los 50.000 euros.

El dinero se invirtió, sobre todo, en empleo y vivienda. "Dos de los aspectos fundamentales para la integración social", dijo Santamaría. Los fondos destinados a ayudas de residencia para personas mayores con escasos recursos se incrementaron hasta los 600.000 euros el ejercicio anterior, lo que supuso un 8% más de lo presupuestado, y beneficiaron a 130 personas. El presidente señaló que la incorporación a sus centros de la Residencia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro en Garrapinillos (Zaragoza) ha permitido que la Fundación Ozanam cuente con 50 nuevas plazas de residencia para personas dependientes, con lo que suman 735. Además, 54 personas ocuparon una plaza en los apartamentos tutelados del organismo en el 2014; 304 hicieron uso de los centros de día y 75 recibieron los servicios de ayuda a domicilio.

El subdirector de la fundación, José María Lamana, apuntó que la Agencia de Colocación Ozanam hizo efectivos el año pasado 815 contratos de trabajo, lo que supuso un 25% más que en el 2013. "De seguir la tendencia actual, este año podría alcanzarse la cifra de 1.000 contratos firmados", dijo, aunque señaló que los empleos conseguidos son de carácter "temporal, con elevada rotación y de baja cualificación".

De los programas de refuerzo escolar se beneficiaron 400 niños. "Que consigan tener una buena formación y una escolaridad superior a la de sus padres les dará muchas posibilidades de poder salir de ese circuito", señaló.

Anónimo dijo...



Escueta queja, pero certera al señalar el incumplimiento.