martes, 23 de junio de 2015

DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA IX LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN: ENTREGA 7.



De acuerdo con lo previsto, proseguimos la publicación de los contenidos del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, con el fin de que todas las personas interesadas en realizar aportaciones o críticas al mismo, puedan formular las mismas mediante correo a la dirección asocfuncionpublica@yahoo.es. o a través de comentarios en el propio blog.

En esta nueva entrega del documento se incluyen las tres primeras medidas correspondientes al bloque de Propuestas de Buena Administración, apartado “Gestión Pública”.


Implantación de un Código de Buena Conducta Administrativa.

La defensa y promoción en el seno de la Administración de una ética de la responsabilidad y de un compromiso de integridad para el recto ejercicio de la función pública y la obtención de los fines de la actividad pública aconseja, a nuestro juicio, la  adopción de estándares de comportamiento exigibles para el conjunto de los empleados públicos, a quienes resulta exigible, por su condición, un comportamiento ético superior al general de los ciudadanos, ya que tienen como deber  procurar y defender el interés general.

La creciente participación del público en los servicios de interés general o servicios públicos, favorecida por los avances tecnológicos, la consolidación y progreso del Estado de Derecho y la creciente complejidad técnica y diversidad cultural de la sociedad actual, hacen necesaria una redefinición o concreción de los principios que regulan la función pública y su plasmación expresa.

Así, la elaboración de un Código de buena conducta administrativa de las administraciones en su trato con el público es una iniciativa útil para los funcionarios, en la medida que les informa sobre el modo en que deben actuar en sus relaciones con los ciudadanos, y para éstos, en tanto les facilita información sobre el tipo de conducta que tienen derecho a esperar en su trato con las diversas Administraciones públicas.

La adopción de este tipo de modelo, a partir del Código de Buena Conducta Administrativa, aprobado por el Parlamento Europeo en Resolución de 6 de septiembre de 2001 para el conjunto de los funcionarios de las instituciones de la Unión Europea, y de la regulación establecida en el Estatuto Básico del Empleado Público, unida a los Códigos de Buen Gobierno dirigidos a los responsables políticos y altos cargos de la Administración, puede apoyar una nueva imagen de la Administración al servicio del ciudadano, convirtiéndose en un medio indispensable para la formación de los funcionarios públicos y la consecuente mejora de la calidad y la eficiencia de los servicios que presta.

Estos Códigos –en cuya elaboración es necesaria la participación activa de los afectados- constituyen el desarrollo efectivo del Código de Conducta establecido por el Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo incidir especialmente en aquellos colectivos de funcionarios que, por su responsabilidad administrativa, puedan hallarse especialmente sometidos a condicionamientos o presiones que pongan en riesgo su imparcialidad y defensa del interés general.


Calidad y mejora continua de la gestión pública.

Los objetivos de calidad y la estrategia de mejora continua en el funcionamiento de los servicios públicos han de pasar por un decidido programa de racionalización de procedimientos administrativos, una revisión de los métodos de trabajo existentes en las diferentes unidades y servicios y un análisis de la adecuación de las estructuras administrativas existentes en los diferentes sectores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En este sentido, debe ponerse de manifiesto la falta de aplicación de las previsiones contenidas en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, tanto en materia de programación de la gestión administrativa y racionalización de los procedimientos como en lo relativo al control de eficacia y eficiencia en el cumplimiento de objetivos y en la utilización de recursos disponibles.

Aspectos tan decisivos para la modernización de la gestión pública precisan un impulso adecuado por parte de los responsables políticos de la Administración autonómica, dotando adecuadamente de medios personales y materiales a los órganos administrativos que han de ocuparse de su ejecución, como son la Inspección General de Servicios y las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos, al objeto de que éstas realicen dicha labor de manera eficiente.

La política de calidad en la Administración autonómica es un campo de acción tradicionalmente ignorado y en el que apenas se ha avanzado, a diferencia de lo ocurrido en otras Administraciones. La aprobación de la desigual Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, es un paso parcial e insuficiente, carente del impulso adecuado. El marco normativo de la política de calidad y las herramientas idóneas para su desarrollo ha de ser objeto de una profunda reconsideración, sin olvidar las exigencias que en materia de racionalización administrativa se contienen en la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La calidad de la gestión ha de ser un objetivo prioritario de la actividad de las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de la Administración autonómica.

Racionalización y simplificación de procedimientos administrativos.

Una labor constante de la Inspección General de Servicios, en colaboración con las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de la Administración autonómica, ha de ser la racionalización y simplificación de los procedimientos administrativos, al objeto de eliminar todos aquellos trámites innecesarios o redundantes e introducir criterios de tramitación y gestión que reduzcan plazos de resolución y cargas administrativas a los ciudadanos, todo ello en las condiciones y plazos establecidos en el correspondiente plan de reducción de cargas administrativas.

La racionalización y simplificación ha de concretarse en la elaboración de manuales de procedimiento –en los que queden claramente definidas las tareas y responsabilidades de todas las unidades administrativas que intervienen en un procedimiento- y las actuaciones de informatización de procedimientos que conlleva la necesaria implantación de la Administración electrónica.

Los servidores públicos han de asumir un compromiso pleno con los objetivos de eficacia y racionalización de los procedimientos administrativos, al objeto de asegurar un permanente avance en objetivos de buena administración. El modo de tramitación de los diferentes procedimientos administrativos, la simplificación de trámites, la agilidad de los procedimientos, la claridad en la distribución de competencias, la accesibilidad al estado de tramitación por parte de los interesados, la coordinación entre las diferentes unidades administrativas que intervienen en un mismo procedimiento han de ser una preocupación constante de los órganos responsables de organización administrativa.

Un paso fundamental debe ser la revisión de los procedimientos de autorización de actividades y servicios, siguiendo la Directiva de servicios y normativa de transposición, que reduce el ámbito de aplicación de la autorización administrativa previa. Se debe aplicar la alternativa de comunicación previa o declaración responsable lo que exige reforzar la labor de inspección como control a posteriori.

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