jueves, 17 de julio de 2008

EL DEFENSOR DEL PUEBLO INVESTIGARÁ LA FALTA DE RESPUESTA A LAS PETICIONES DE LA ASOCIACIÓN.


Zaragoza, 17 de julio de 2008.

El Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo, Manuel Angel Aguilar Belda, ha comunicado a esta Asociación la admisión a trámite de dos quejas formuladas ante esa Institución con motivo de la vulneración del derecho fundamental de petición por parte de la totalidad de los Secretarios Generales Técnicos y otros altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

La práctica totalidad de las peticiones que ha dirigido esta Asociación a los Secretarios Generales Técnicos ha quedado sin acuse de recibo y sin respuesta, dos obligaciones que impone a todas las autoridades públicas la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición, en la que se desarrolla el derecho fundamental reconocido en el artículo 29 de la Constitución. La Asociación decidió acogerse en sus propuestas al derecho fundamental de petición, para reforzar con ello el sentido constitucional de su actividad, pero tal opción ha servido, de forma imprevista, para poner de manifiesto la irrespetuosa actitud de la mayor parte de los altos cargos de la Administración autonómica hacia dicho derecho fundamental y hacia esta Asociación.

Tal actitud, sin embargo, no va a hacernos desistir en el ejercicio del derecho fundamental de petición ni en la puntual denuncia de su vulneración. Son ya cinco las quejas formuladas por ello al Defensor del Pueblo y al Justicia de Aragón. De momento, dos de ellas ya han sido admitidas a trámite por el Defensor del Pueblo, de cuya comunicación transcribimos lo siguiente:

"Una vez estudiada su queja, procede admitirla al entender que reúne los requisitos establecidos en el artículo 54 de la Constitución, en relación con lo que dispone la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora del Defensor del Pueblo.

En consecuencia, con esta misma fecha (10 de julio de 2008) se inician las actuaciones oportunas con los organismos administrativos competentes, a los únicos efectos de la falta de resolución expresa por parte de la Administración de su petición, toda vez que éste es el motivo de su queja. Tan pronto como se reciba el informe solicitado, será informado de su contenido y de las actuaciones que en su caso vayan a practicarse".

Parece probable que los Secretarios Generales Técnicos de la Administración aragonesa queden citados, como vulneradores del derecho fundamental de petición, en el próximo informe anual del Defensor del Pueblo. Una sanción de carácter moral, de la que confiamos se extraigan otras consecuencias dirigidas a conseguir el buen gobierno.

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