jueves, 17 de julio de 2008

ASOCIACIÓN INTERPONE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE PERSONAL DE CORPORACIÓN ARAGONESA DE RADIO Y TELEVISIÓN

Zaragoza, 17 de julio de 2008.

En el día de ayer, la representación procesal de esta Asociación formuló el oportuno escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 10 de enero de 2008, de la Dirección General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por la que se convocaba selección de personal laboral fijo de dicha entidad, adscrita al propio Departamento de Presidencia, y contra la Resolución del recurso de alzada formulado contra la misma, en la que el Consejero de Presidencia acordaba inadmitir el recurso, negando la condición de interesado a esta Asociación y argumentando la falta de viabilidad jurídica de un recurso administrativo contra un convocatoria de personal laboral de una entidad pública.

La Asociación fundamenta su impugnación en el hecho de carecer tal convocatoria de selección de la necesaria autorización por la Oferta de Empleo Público que corresponde aprobar al Gobierno de Aragón, tal y como se exige en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público. Sería una lástima que una de las principales novedades del Estatuto Básico, como es la de sujetar a la disciplina de la selección de personal al conjunto de las entidades públicas, sea totalmente inaplicada por los responsables de personal de la Administración aragonesa.

Existen otros casos similares al de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión que también han sido impugnados en vía administrativa por esta Asociación. Sin embargo, se ha querido reservar las acciones judiciales para el caso que se estima más paradigmático, como es el de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, al hallarse adscrita al Departamento de Presidencia y ser el titular de este Departamento el responsable máximo de la política de personal de la Administración autonómica.

Confiamos en que la resolución judicial que finalmente se dicte obligue al Departamento de Presidencia a hacer aquello que debió hacer desde un primer momento, como es asegurar el respeto de la ley en la selección de personal por parte de las entidades públicas, poniendo fin a la clamorosa inaplicación del Estatuto Básico del Empleado Público en dicho ámbito.

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