lunes, 18 de enero de 2016

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: COMPROMISO CON EL ESTADO DE DERECHO Y LA CALIDAD DEMOCRÁTICA.



El pasado jueves 14 de enero, a partir de las 19:00 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro del Ayuntamiento de Zaragoza, tuvo lugar la reunión de la Junta Directiva de esta Asociación, de acuerdo con el orden del día que figuraba en la convocatoria remitida y hecha pública en este blog.

Tras la aprobación del orden del día propuesto y del acta de la reunión anterior de la Junta, se informó por parte del Presidente de la actividad desarrollada por la Asociación desde la anterior sesión de la Junta Directiva, centrándose en la remisión a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración para la actual legislatura autonómica, y en las medidas de difusión de la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre la Oferta de Empleo Público para 2015 aprobada por el Gobierno de Aragón, trasladada tanto a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón como al Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón y al Justicia de Aragón, reclamando de todos ellos el adecuado cumplimiento del fallo judicial una vez que la sentencia gane firmeza, razón por la cual se insta a los responsables del función pública la no interposición de posible recurso ante el Tribunal Supremo.

Conectado con el punto anterior, se pasa a valorar las sentencias y procesos pendientes en materia de oferta de empleo público, con especial hincapié en el incidente de nulidad de actuaciones planteado frente a la sentencia del Tribunal Supremo desestimatoria del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Oferta de Empleo Público de 2014 para la Administración General del Estado. Dicho incidente, en el que se invoca la supremacía de la norma constitucional y la vinculación obligada a los derechos fundamentales y la primacía del ordenamiento europeo, en el que se contemplan normas contrarias a la temporalidad en el empleo, se considera un intento para obtener una rectificación del Tribunal Supremo, al mismo tiempo que un requisito formal para despejar el camino al recurso de amparo que cabe plantear ante el Tribunal Constitucional, para enjuiciar la constitucionalidad del establecimiento y aplicación de las tasas de reposición de efectivos, que contemplan anualmente las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, como límite al derecho de acceso a la función pública. Asimismo, se valora el importante pronunciamiento que supone el fallo dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación con la Oferta de Empleo Público de 2015 aprobada por el Gobierno de Aragón, en el que, por vez primera, se asumen de manera íntegra los planteamientos jurídicos de esta Asociación, declarando inaplicables los límites presupuestarios al deber de inclusión en oferta de todas las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos. Por último, y sin perjuicio de aguardar la resolución de los procesos pendientes, cuyos pronunciamientos cabe esperar favorables a las tesis de esta Asociación, una vez vista la posición adoptada por el Tribunal en su última sentencia, se acordó instar del Tribunal la ejecución forzosa de su resolución ante el incumplimiento por parte del Gobierno de Aragón del requerimiento para aprobar una oferta adicional para personal docente no universitario, dentro del proceso de ejecución forzosa de la sentencia que anuló la Oferta de 2011.

Directamente conectadas a las acciones judiciales en materia de defensa del derecho de acceso, se debatió la oportunidad de dirigir un escrito al Consejero de Hacienda y Administración Pública, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, para solicitar los datos numéricos del personal interino existente en la Administración de la Comunidad Autónoma, debidamente identificado por Cuerpos, Escalas y Clases de especialidad, dentro de cada uno de los ámbitos o sectores de la Administración autonómica. Asimismo, se insistió en la oportunidad de acudir a la institución del Defensor del Pueblo, con el objeto de que requiera de los Servicios Jurídicos del Estado  el ejercicio de acciones a favor del derecho de acceso a la función pública, evitando la impugnación de procesos selectivos aduciendo la posible caducidad de la oferta de empleo público, pues no cabe admitir que la inactividad de la Administración y el incumplimiento de los plazos legales para convocar los procesos selectivos pueda llevar aparejado el efecto de la privación a los ciudadanos interesados del ejercicio de un derecho fundamental, que vincula a todos los poderes públicos. Finalmente, dentro de este apartado, se convino en la necesidad de impulsar un Observatorio del Acceso al Empleo Público, que permita realizar un seguimiento del cumplimiento, por parte de las Administraciones Públicas, de las acciones necesarias para asegurar dicho derecho de los ciudadanos, así como el grado de garantías jurídicas introducidas en el desarrollo de los procesos selectivos.

Seguidamente, se analizó la oportunidad de proceder a la convocatoria de la asamblea anual de socios, dentro del primer trimestre del año, como señalan los Estatutos de la Asociación, para proceder a la renovación parcial de los miembros de la Junta Directiva y debatir las líneas de actuación general de la propia Asociación. Tras deliberación entre los asistentes, se acordó como fecha idónea para la celebración de la Junta el próximo 3 de marzo, sin perjuicio de concretar en futuras sesiones de la Junta la relación de temas a someter a debate de la misma, incluyendo la estrategia judicial de defensa del derecho de acceso a la función pública y la forma de financiar tales actuaciones.

Por último, se constató la gravedad del comportamiento de los miembros del Gobierno de Aragón en cuanto al cumplimiento de los deberes que impone el derecho fundamental de petición. Ninguna de las peticiones realizadas por esta Asociación, a lo largo de la presente legislatura, ha sido objeto de contestación ni de acuse de recibo, incurriendo los diferentes miembros del Gobierno autonómico –incluido su Presidente, Javier Lambán- en un manifiesto incumplimiento de sus obligaciones legales, razón por la cual se acordó poner en conocimiento tales incumplimientos al Defensor del Pueblo y al Justicia de Aragón, con la finalidad de que requieran a las autoridades aragonesas a respetar el derecho fundamental de petición ejercido. Igual reproche a la conducta del Gobierno de Aragón se trasladará a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón.

Dentro del apartado de ruegos y preguntas, se planteó la necesidad de dedicar una próxima sesión de la Junta Directiva a analizar el Anteproyecto de Ley de Integridad y Ética Pública elaborado por el Gobierno de Aragón, cuya toma de conocimiento tuvo lugar el pasado mes de noviembre de 2015.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por finalizada la reunión de la Junta Directiva, reafirmándose todos los asistentes en la voluntad de reclamar el respeto de los derechos fundamentales con los que se halla especialmente comprometida la Asociación, pues su respeto es condición básica para el fortalecimiento del Estado de Derecho y de la calidad democrática de nuestras instituciones públicas.

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