martes, 15 de diciembre de 2015

LA DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ES UNA PRIORIDAD.



El rasgo esencial de un Estado de Derecho lo constituye el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Al servicio de tal objetivo se articulan los restantes elementos que lo caracterizan, como son la división de poderes y el principio de legalidad o sometimiento de todos los poderes públicos al ordenamiento jurídico, y en particular a la Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico.

Toda actividad, individual o colectiva, guarda conexión directa o indirecta con los diferentes derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución, y por ello cobra particular trascendencia el papel que instituciones y ciudadanos cumplimos en su defensa y fortalecimiento, lo que se traduce en mayores cotas de libertad, igualdad y justicia, y en mayor calidad democrática de nuestra vida pública. Las dinámicas institucionales y sociales, por desgracia, no siempre se ajustan al obligado respeto a los derechos fundamentales ni al cumplimiento del principio de legalidad, amenazando así con el menoscabo y vaciamiento de las expectativas de los ciudadanos en su desarrollo vital.

Conscientes de ello, y como asociación comprometida con los valores y principios de la función pública, desde un principio hemos reivindicado el respeto al derecho fundamental de acceso a la función pública en condiciones de igualdad, y conforme a principios de mérito y capacidad, al entender que los poderes públicos –casi sin excepción- han desatendido la garantía de dicho derecho, provocando con ello un notable debilitamiento y una grave desprofesionalización de las Administraciones Públicas, algo que no ha sido ajeno a la corrupción que ha padecido de manera aguda nuestro país, con el consiguiente descrédito de nuestro sistema político e institucional.

Todo esfuerzo y labor desarrollados en defensa de los derechos fundamentales tiene sus compensaciones –y las sentencias obtenidas en relación con las ofertas de empleo público de 2007 y 2011 del Gobierno de Aragón supusieron una enorme satisfacción, con evidentes resultados prácticos para corregir la situación existente en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón-, pero también sus contratiempos y decepciones, que hay que saber asumir de manera adecuada para que refuercen nuestro espíritu de compromiso, y nos estimule a proseguir con mejores argumentos, con mayor convencimiento.

La vulneración de un derecho fundamental –y estamos plenamente convencidos de que la práctica administrativa instalada en materia de oferta de empleo público, incluida la técnica de las tasas de reposición de efectivos de las leyes de presupuestos constituyen una vulneración del derecho de acceso a la función pública- es incompatible con la calidad institucional de un Estado de Derecho, en el que la Constitución vincula a todos los poderes públicos y garantiza de forma efectiva los derechos reconocidos en ella.

Porque creemos en el valor superior de la Constitución, porque creemos en la fortaleza y obligatoriedad de los derechos fundamentales, porque creemos en el compromiso ciudadano con el respeto de las normas, y porque creemos en una función pública donde se respeten los principios constitucionales que la ordenan, nos vemos obligados a reaccionar frente a aquellas decisiones –como la reciente sentencia del Tribunal Supremo- que a nuestro juicio no hacen sino privar de valor a los derechos fundamentales y permitir que los poderes públicos puedan, de manera arbitraria, privarlos de eficacia año tras año, con el consiguiente daño tanto a la función pública como al propio Estado de Derecho. Ni la decepción ni la resignación son alternativas posibles en la defensa de los derechos fundamentales.

3 comentarios:

Anónimo dijo...


Que no nos abandone la fortaleza de ánimo.

Anónimo dijo...

y mi pregunta es ¿hay algún partido politico que lleve esto en su programa? o ninguno está dispuesto a dinamitar su poder de mangoneo en la administracion.

Anónimo dijo...

En el BOA de hoy se anuncia la medida cautelar de suspensión de la oposición de Ayudantes Facultativos, Delineantes.