lunes, 19 de marzo de 2018
IRREGULAR ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DE LOS NUEVOS ADMINISTRATIVOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
El Consejero de
Hacienda y Administración Pública, Fernando Gimeno, mediante Orden publicada
hoy en el Boletín Oficial de Aragón, ha acordado el nombramiento, como
funcionarios de carrera, de los nuevos Administrativos de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Aragón, tras concluir el proceso selectivo convocado
en marzo de 2015, adjudicando a los mismos primer destino con carácter
provisional.
Debe señalarse el
carácter irregular de tal decisión, pues como señala el artículo 28.3 de la Ley
de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cabrá
adjudicar destino provisional a los funcionarios de nuevo ingreso cuando las
vacantes estén pendientes de resolución de concursos para la provisión de
puestos de trabajo. Y en el presente caso, no existe concurso de provisión
convocado que se halle pendiente de resolución, y además determinados puestos
adjudicados como destino provisional no son vacantes, sino puestos de trabajo
reservados a funcionarios de carrera, no susceptibles de inclusión en oferta de
empleo, ni consecuentemente susceptibles de adjudicación a los funcionarios de
nuevo ingreso.
No es nueva la
irregular actuación de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de
los Servicios en la adjudicación de primeros destinos a los funcionarios de
nuevo ingreso, abusando indebidamente del destino provisional, cuando no hay concursos
pendientes que lo justifiquen, y vulnerando seguidamente el acceso posterior al
destino definitivo, al permitir que los nuevos funcionarios accedan al mismo a
través de concurso de méritos, en lugar de hacerlo, como señala la Ley, en
procesos de elección de destino ofertados a los nuevos funcionarios, según las
preferencias manifestadas por riguroso orden de puntuación final.
No solo nos hallamos
ante una actuación arbitraria que se aparta de la legalidad, lo que constituye
en sí misma una grave vulneración del ordenamientos jurídicos, sino que como
consecuencia de ello se produce una manifiesta vulneración de los derechos de
los afectados: en primer lugar, se lesiona el derecho que asiste a los funcionarios
de nuevo ingreso a acceder a un destino definitivo, atendiendo exclusivamente
al orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo; y, en segundo lugar,
pero no por ello menos trascendente, se lesiona el derecho a la permanencia en
su puesto del personal interino que ocupa puestos reservados, que se ven
indebidamente desplazados al ofrecerse tales puestos de manera arbitraria e
irregular a los funcionarios de carrera de nuevo ingreso, a pesar de que tales
puestos no pueden ser objeto de inclusión en la oferta de empleo público, no
computan como necesidades de nuevo personal, y por lo tanto, difícilmente
pueden ofertarse como primer destino a los nuevos funcionarios.
Todo lo acontecido nos
sitúa ante una actuación claramente ilegal del Departamento de Hacienda y
Administración Pública, con graves repercusiones en los derechos del conjunto
de las personas afectadas, pero también, por lo que afecta al ámbito de
actuación de esta Asociación, con un claro desconocimiento del principio de
legalidad al que debe quedar sometida la Administración Pública en todas sus
actuaciones, desvirtuando de manera inaceptable las reglas objetivas que han de
presidir las condiciones de adjudicación de primer destino a los funcionarios
de nuevo ingreso.
Las leyes no pueden
quedar a merced de la voluntad arbitraria de los responsables públicos, pues
ello es abiertamente contrario a las exigencias del Estado de Derecho y supone
una lesión inadmisible de los derechos de las personas que se ven afectados y
desconocidos, como sucede en el presente caso con todos aquellos funcionarios
interinos que ocupan plazas reservadas a funcionarios de carrera y que no
pueden ser objeto de inclusión de los procesos selectivos, pues la norma las
excluye expresamente como necesidades de selección de nuevo personal.
Frente al
desconocimiento de la legalidad por parte de la Administración, desde esta
Asociación se va a formular denuncia por vulneración de la legalidad ante la
Inspección General de Servicios del propio Departamento de Hacienda y
Administración Pública, así como ante el Justicia de Aragón, y ante los Grupos
Parlamentarios, solicitando a éstos que se requiera la inmediata comparecencia
ante las Cortes de Aragón del Consejero de Hacienda, Fernando Gimeno, para que
aclare la irregular actuación de su Departamento.
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8 comentarios:
Inaceptable modo de proceder!!
¿Y la Fiscalía no puede actuar?
No solo eso.
Con objeto de "rescatar" a los interinos que ocupaban dichos puestos, algunos de estos funcionarios de nuevo ingreso se han visto "agraciados" con un premio: JEFATURA DE NEGOCIADO.
Otros no han tenido tanta suerte pero igualmente se les ha "desplazado" a una vacante que no estaba ocupada por ningún interino para poder "rescatar" a los interinos cesados el día 19.
¿Para qué les ha servido el orden de prelación de puestos solicitados en base a la nota obtenida en la oposición?
Pues para nada. La preferencia está en qué interino estuviese ocupando la plaza que el funcionario de nuevo ingreso ha obtenido en adscripción provisional
Tampoco me parece justo que a un funcionario de nuevo ingreso se le ofrezca una jefatura de negociado nada más empezar, ¿acaso todos los funcionarios de carrera administrativos están ocupando negociados o permanecen en niveles base?
Me temo que la correcta es la segunda opción
¿Podría ser que ahora a estos funcionarios de nuevo ingreso les ofrezcan en comisión de servicios Jefaturas de Negociado mientras hay otros funcionarios con muchos trienios que están en niveles mínimos? Luego aplican el artículo de la Ley de Presupuestos de valoración de comisiones de servicio y ya tenemos el asunto "arreglado"
Hace poco CCOO mandó un correo a todos los trabajadores en el que se dice textualmente:
"Destino Provisional Administrativos.
Tras la insistencia de CCOO, Función Pública ha expuesto en el Portal del Empleado el listado de puestos adjudicados al personal administrativo en prácticas. De esta forma, tanto las personas en prácticas como el personal interino saben a qué destino van o si su plaza es una de las que van a ser ocupadas.
Se ha publicado en el Portal del Empleado Público la Orden con la adjudicación definitiva del Destino Provisional de Administrativos, que ha sido enviada al BOA para su publicación.
(27/02/2018) Con esta fecha se remite al Boletín Oficial de Aragón la Orden HAP/ /2018, de 20 de febrero por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala General Administrativa, Administrativos.
Ver ORDEN: aquí
CONTACTA CON NOSOTROS
SECCIÓN SINDICAL DE CCOO EN LA DGA."
Creo que ya no se puede ser más inepto.
Lo dan por bueno, entonces?
Se lo podéis preguntar hoy al secretario general de CCOO-Aragón en el Centro de Historias...
que lo que tendría que hacer es cesar a todos de la sección sindical por el bien de los trabajadores y del propio sindicato
CCOO-Aragón debería explicar las actuaciones de la sección sindical del sindicato en la DGA. Esto y otras cosas que ya irán saliendo.
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