miércoles, 1 de septiembre de 2010

PENDIENTE DE PUBLICACIÓN UNA RECOMENDACIÓN DEL JUSTICIA DE ARAGÓN: VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD.

Han transcurrido ya seis meses, desde que el Justicia de Aragón trasladara a esta
Asociación una copia de la resolución, de fecha 8 de febrero de 2010, en la que recomendaba al Gobierno de Aragón modificar el régimen de “promoción interna temporal” (incorporado al sistema de provisión de puestos de trabajo de la función pública aragonesa a través de una atípica “comisión de servicios en distinta escala o clase de especialidad”, regulada en el Decreto 118/2009, de 7 de julio), al entender tal figura contraria a varios preceptos de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Pese al tiempo transcurrido, tal recomendación no ha sido todavía publicada en el Boletín Oficial de Aragón, pese a que esta Asociación instó su publicación al Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón.

La Ley reguladora del Justicia de Aragón establece, en su artículo 34, que
cuando el Justicia estimen que algún precepto reglamentario emanado de la
Diputación General de Aragón infringe el Estatuto de Autonomía o el Ordenamiento
Jurídico aragonés -del que, lógicamente forma parte la Ley de Ordenación de la Función Pública-, se dirigirá, motivadamente a la misma, recomendando su
modificación o derogación. Concluye dicho precepto, señalando que “la
recomendación se publicará en el Boletín Oficial de Aragón”. Es lógico que así
sea, al referirse a una disposición general, igualmente publicada en dicho
Boletín, asegurando con ello el conocimiento general por parte de todos los interesados.

Si bien el proceso de aplicación de la citada “promoción interna temporal” se ha visto suspendido por la Dirección General de la Función Pública, a la vista del criterio manifestado por el Justicia de Aragón y las discrepancias surgidas sobre el
régimen retributivo previsto para tales supuestos, dada la posición desfavorable manifestada por la Intervención General del Gobierno de Aragón al conjunto de los Departamentos, no parece razonable que el texto de la recomendación del Justicia de Aragón siga sin publicarse en el Boletín Oficial de Aragón y que, a su vez, el Gobierno de Aragón no se haya manifestado en cuanto a la aceptación o rechazo de dicha recomendación.

Si bien es cierto que el contenido de la recomendación puede consultarse en la
página web de la institución del Justicia de Aragón, las instituciones públicas
no pueden dejar de cumplir sus obligaciones legales, incluidas las que se refieren a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de determinados actos y resoluciones, y por ello desde esta Asociación se va a instar al Justicia de Aragón para que adopte las medidas necesarias tendentes a la publicación de la citada recomendación, en aplicación de lo establecido en el artículo 34 de su Ley reguladora. Sería un contrasentido realizar una recomendación frente a un reglamento del Gobierno de Aragón, por entender que vulnera el ordenamiento jurídico aragonés, y permitir luego la inaplicación de éste, al no asegurar la publicación de dicha recomendación, tal
y como exige la propia Ley del Justicia.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Tomado de un blog llamado el bolsillo aragonés:

De vez en cuando me da por leer la página de la ASOCIACION PARA LA DEFENSA DE LA FUNCION PUBLICA, y es que da gusto ver que hay gente que busca dignificar lo público. Obviamente son los funcionarios, hartos del nepotismo de los políticos.

Anónimo dijo...

¿Pero a quién le corresponde ordena tal publicación?

Anónimo dijo...

¿Al Gobierno de Aragón?

Anónimo dijo...

¿O al propio Justicia?

Anónimo dijo...

¿No será un olvido del propio Justicia?

Anónimo dijo...

¿Por qué parece todo tan equívoco?

Anónimo dijo...

Todo puede ser mucho y nada al mismo tiempo.