miércoles, 18 de noviembre de 2009

UN ASUNTO DE ÉTICA PÚBLICA: LA CUESTIÓN CRUCIAL DE LAS RETRIBUCIONES (I).

Esta Asociación se ha manifestado en diferentes ocasiones a favor de asegurar el sometimiento de las retribuciones de todo el personal de la Administración autonómica a la legalidad de función pública y a la legalidad presupuestaria. Al margen del desconcierto que tal actitud pueda generar en buena parte de los empleados públicos -¿es que estamos tirando piedras contra nuestro propio tejado?-, es necesario pararse a reflexionar sobre la cuestión: no cabe combatir ninguna ilegalidad ni denunciar ningún abuso, sin rechazar a la vez, y de forma prioritaria, los abusos e ilegalidades retributivas en que ha incurrido el Gobierno de Marcelino Iglesias, en las dos últimas legislaturas, y de los que somos directos beneficiarios.

Esta Asociación no se sentiría legitimada para denunciar, por ejemplo, el fraude existente con los puestos de asesor en los gabinetes del Gobierno de Aragón si, al mismo tiempo, no rechazase con igual rotundidad el que las condiciones retributivas de los funcionarios se modifiquen –al alza- de forma contraria a la ley, lesionando con ello el interés general. Un funcionario que aceptase unas retribuciones ilegítimas faltaría a su obligación más básica en su compromiso con el interés general, como sería supeditar éste al interés personal.

A esta Asociación, al contrario que a los Sindicatos, no le preocupa –no es objeto de su actividad- la cantidad de las retribuciones de los empleados públicos ni las reivindicaciones salariales, sino su calidad, es decir, su legalidad, su adecuación a los criterios legales establecidos para las retribuciones en la función pública, el control del gasto público y el funcionamiento del Estado autonómico. Una ilegalidad no es menos ilegalidad por el hecho de favorecer a los funcionarios y esta Asociación no va a dejar de ponerlo de manifiesto tantas veces como sea necesario. Es más, la condición de funcionario en este caso funcionaría como agravante, ante una negligencia colectiva en el aseguramiento del interés público.

Así, esta Asociación criticó, por ilegal, la aplicación de la cláusula de revisión salarial pactada en el año 2004 entre Administración y Sindicatos, cláusula que ni fue incorporada a la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón –vulnerando con ello la reserva de ley para tal incremento- ni se ajustó al límite establecido, para el incremento anual de las retribuciones de los empleados públicos, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los correspondientes ejercicios, vulnerando con ello las competencias del Estado en materia de ordenación del gasto público. Dicha ilegalidad vino acompañada de una clara voluntad de opacidad –al evitar su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, como se exige para todo pacto o acuerdo de la negociación colectiva-, si bien el Gabinete de Comunicación del Gobierno de Aragón, en un claro ejercicio de desconocimiento y torpeza institucional, emitió en su momento una nota calificando dicha cláusula como un “hito histórico” de la negociación colectiva en la Administración aragonesa. Cuando un Gobierno presenta una violación del Derecho como un logro o hito histórico, se puede tener una idea cabal del nivel de degradación institucional alcanzado.

Lo anterior sucedió hace cinco años, siendo presidente del Gobierno de Aragón Marcelino Iglesias y Consejero responsable del área de función pública y de presupuestos Eduardo Bandrés. Desconocemos el coste que ha supuesto para la Comunidad Autónoma la aplicación de dicha cláusula –en los diferentes ejercicios que se activó- y de qué partidas hubo que detraer el dinero necesario para su improcedente aplicación. Hasta la fecha nadie ha rendido cuentas por tal decisión, ilegal y lesiva para la Comunidad Autónoma. Tampoco nadie las ha exigido.

Nadie ha declarado nulo el acuerdo alcanzado en 2004, en el marco de la negociación colectiva, pero las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, desde el año pasado, excluyen la posibilidad de aplicar tal tipo de cláusulas. Este año fiscalizará el Tribunal de Cuentas la ejecución del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de 2005, primer ejercicio en el que se aplicó la citada cláusula. Estaremos, por lo tanto, pendientes del resultado de tal fiscalización, en cuanto se refiere al ilegal incremento del coste de personal de la Administración autonómica. ¿Cuántos millones de euros ha supuesto, desde 2004, una medida sin cobertura legal ni presupuestaria y abiertamente contraria a la legislación básica estatal?

Ni los responsables políticos ni sindicales han manifestado rectificación alguna para rechazar, de cara al futuro, prácticas que no sólo son contrarias a las reglas del Estado de Derecho, sino que suponen una desviación de fondos públicos a fines no autorizados por las Cortes de Aragón y una vulneración de las leyes del Estado. Más bien, como tendremos ocasión de ver, el establecimiento de dicha cláusula vino a hacer creer a unos y otros que la ley no suponía límite alguno a la capacidad política y sindical de negociación, conduciendo así a la Administración aragonesa hacia un creciente fraude presupuestario frente al que hoy se hace necesario reaccionar con la máxima energía.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Dónde quedan, si esto fuera así como se cuenta, los escrúpulos en la gestión del dinero público?

Anónimo dijo...

¿Son impecables los miembros de la asociación?

Anónimo dijo...

¿qué reponsabilidades teían en la Dirección General de la Función Pública alguno de los máximos dirigentes de esta asociación en 2004?

Anónimo dijo...

No la negociación colectiva, desde luego.