viernes, 27 de noviembre de 2009

PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL: EL JUSTICIA DE ARAGÓN SUSPENDE LA TRAMITACIÓN DE LA QUEJA PRESENTADA.

El Justicia de Aragón ha comunicado a esta Asociación la suspensión de la tramitación de la queja formulada en relación con el Decreto 118/2009, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se reguló la “promoción interna temporal” de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma, a través de la figura de la “comisión de servicios en distinta escala o clase de especialidad”.

Esta Asociación pidió la intervención del Justicia de Aragón, al entender que dicho Decreto vulneraba el contenido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, norma que integra el ordenamiento jurídico aragonés, cuya tutela es una misión que el Estatuto de Autonomía de Aragón encomienda al Justicia de Aragón.

No obstante, al haberse impugnado dicho Decreto en vía jurisdiccional, el Justicia de Aragón ha acordado, conforme a lo previsto en la Ley que regula dicha Institución, suspender la tramitación de la queja, comunicándolo así a esta Asociación.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro de la comunicación del Justicia de Aragón a esta Asociación:

“Expte. DI-113/2008-4.

D. Julio Guiral Pelegrín
Asociación para la Defensa de la Función
Pública Aragonesa.

18 de Noviembre de 2009.

Estimado señor:

De nuevo me pongo en contacto con Ud. en relación con la queja que presentó ante esta Institución y que quedó registrada con el número de referencia arriba expresado, ya que hemos tenido conocimiento de que por los mismos hechos que motivaron la queja, se sigue procedimiento judicial ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

La Ley que regula el funcionamiento de esta Institución, establece en su artículo 15.2 que “El Justicia no entrará en el examen de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si iniciada su tramitación se interpusiese o formulase por persona interesada demanda, denuncia, querella o recurso ante los Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional”.

Visto lo expuesto, me veo en la obligación de suspender mi intervención y proceder al archivo de la queja presentada por Ud. ante esta Institución. No obstante, le agradeceré que en su momento nos haga saber el resultado del procedimiento judicial a efectos de poder completar el expediente y por si procediera la reapertura del mismo en relación con alguna cuestión que no hubiere sido afectada por dicha resolución.

Aprovecho la ocasión para agradecerle, una vez más, la confianza depositada en esta Institución.

Atentamente.

EL JUSTICIA DE ARAGÓN, FERNANDO GARCÍA VICENTE”.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ningún esfuerzo es baldío.