jueves, 24 de abril de 2008

ACUERDO DEL GOBIERNO SOBRE REVISIÓN SALARIAL: OCASIÓN PARA LA REFLEXIÓN SOBRE EL DEBER DE INTEGRIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

Zaragoza, 24 de abril de 2008.
El Gobierno de Aragón, en su reunión del martes 15 de abril, a propuesta del Departamento de Presidencia, aprobó el pago a todos los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que estuvieran en activo el 1 de enero de 2008 de una paga única para compensar la desviación del IPC en 2007 respecto a las previsiones iniciales.

Según la nota emitida por el propio Gabinete de Comunicación del Gobierno de Aragón, “el 24 de febrero de 2004, la Mesa de la Función Pública acordó, con el fin de recuperar la pérdida de poder adquisitivo de los empleados públicos, incorporar para ese año y para ejercicios sucesivos una cláusula de revisión salarial automática tomando el IPC autonómico como referente, de tal forma que se activaría cuando el IPC acumulado de noviembre a noviembre de cada año fuera superior al incremento de las retribuciones directas del mismo año aprobado por el Gobierno de Aragón”.

Tanto el Gobierno de Aragón como su Gabinete de Comunicación olvidan un dato básico en la materia, como es que el incremento retributivo anual está sujeto a un doble límite: en primer lugar, a la reserva legal, por lo que no compete al Gobierno de Aragón acordar la cuantía del incremento retributivo anual de los empleados públicos sino a las Cortes de Aragón, y, en segundo lugar, respecto a la norma que ha de acordarlo, ya que dicha institución ha de prever y autorizar dicho incremento precisamente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio.

Así lo dice con total claridad el Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 21, relativo a “determinación de las cuantías y de los incrementos retributivos”, cuyo apartado primero señala: “Las cuantías de las retribuciones básicas y el incremento de las cuantías globales de las retribuciones complementarias de los funcionarios, así como el incremento de la masa salarial del personal laboral, deberán reflejarse para cada ejercicio presupuestario en la correspondiente Ley de Presupuestos”.

Pues bien, pese al citado acuerdo de 24 de febrero de 2004, ninguna Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma ha incorporado en su articulado referencia alguna a la posible revisión salarial para compensar la desviación del IPC, lo que haría, en principio, inaplicable el citado Acuerdo, al no haber sido aprobado por el órgano competente para su posible aplicación, que no es otro que las Cortes de Aragón y a través de la Ley anual de Presupuestos.

Pero, además, el incremento retributivo de los empleados públicos de cualquier Administración está sujeto a un límite material, impuesto por la normativa básica como elemento de homogeneización de condiciones retributivas y como principio de política económica global, consistente en quedar sujetas todas las Administraciones Públicas al límite fijado por los Presupuestos Generales del Estado. Así, el artículo 21.2 del Estatuto Básico del Empleado Público afirma: “No podrán acordarse incrementos retributivos que globalmente supongan un incremento de la masa salarial superior a los límites fijados anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal”. En ningún momento, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado han autorizado la inclusión de cláusulas de revisión salarial par los empleados públicos de las Administraciones.

Lo que dice el Estatuto Básico del Empleado Público, en este punto, viene a reproducir lo que ya decía la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, por lo que desde 2004 a esta fecha no se ha producido variación alguna en cuanto a la regulación de los límites a los incrementos retributivos.

Esta Asociación no puede, por coherencia con sus principios de legalidad y ética pública, dejar de manifestar su criterio respecto a las más que fundadas dudas sobre la legalidad de la cláusula de revisión salarial aplicada por el Gobierno de Aragón, entendiendo que, en un tema de tanta trascendencia social como éste, los funcionarios han de recordar a su Gobierno y a las organizaciones sindicales que el mantenimiento de su poder adquisitivo lo quieren dentro de la más estricta legalidad y con total sujeción a los principios que articulan el Estado autonómico, es decir, dentro del respeto a la normativa básica estatal.

Los funcionarios han sido seleccionados para servir a los intereses generales de los ciudadanos y esa función, reforzada con la inamovilidad en el empleo, conlleva un particular deber de integridad en la utilización de los recursos públicos, sin que por lo tanto sea admisible el deslizarse hacia un sistema retributivo sin transparencia ni garantías de su adecuación a la legalidad presupuestaria, por mucho que pueda entenderse justa la reivindicación de mantener el poder adquisitivo. Lo justo de la pretensión decae si el procedimiento seguido para ello es la vulneración de las normas.

Esta Asociación pide por ello una reflexión personal y general sobre la cuestión a todos los servidores públicos de la Comunidad Autónoma, cuestión que nos brinda la oportunidad de mostrar ante el Gobierno y ante el conjunto de los ciudadanos que los intereses generales están en manos de personas escrupulosas con el respeto de las normas, dispuestas a anteponer sus deberes de respeto y sujeción a la ley a sus propios intereses económicos.

Como resultado de tal reflexión a la que la Junta Directiva dedicará una sesión monográfica, se acordará la estrategia a seguir para esclarecer la legalidad del Acuerdo adoptado en materia de revisión salarial.

31 comentarios:

Anónimo dijo...

Importante reflexión, pero está por ver el eco que pueda tener en esta Administración, donde la legalidad ha perdido su valor central por culpa de los hunos y los hotros.

Anónimo dijo...

Mi más absoluto respeto y consideración

Anónimo dijo...

Hágase un análisis en profundidad de esta cuestión, que es de una enorme trascendencia, sin otro ánimo que el de asegurar la corrección legal de las retribuciones de los empleados públicos. El Gobierno de Aragón debiera ser el primero en dar las garantías adecuadas, pues parece inaudito e inadmisible que un Gobierno gestione el dinero público de manera contraria a lo que señalan las leyes. ¿Estamos ante un trasvase de fondos públicos que prohibe la ley? Es muy posible y debe aclararse necesariamente.

Anónimo dijo...

Este asunto requeriría un pronunciamiento explícito por parte del Consejero de Presidencia y, si no, del de Economía, pero no se puede dar la callada por respuesta, salvo que Gobierno y sindicatos estén interesados en hacer oidos sordos sobre este asunto tan serio.

Anónimo dijo...

Esto sí que afecta a todos, pero es muy curioso que se haya publicado en prensa y no se haya dicho nada por nadie. ¿Qué sucede?
¿Una irregularidad de la que se benefician muchos deja de ser una irregularidad? ¿O es que sencillamente nadie sabe nada de estos asuntos y los partidos políticos se ocupan más del trasvase a Barcelona que de la buena gestión de la cosa pública?

Anónimo dijo...

Si hay verdaderos indiciones de ilegalidad, el asunto debiera ser inmediatamente remitido al Fiscal Anticorrupción, sin más demora y que los encargados de hacer respetar la ley analicen la cuestión.

Anónimo dijo...

¿Ahora el incremento lo deciden los sindicatos en lugar del Parlamento?

Anónimo dijo...

No está mal abordar un asunto que afecta a todos y que desconocemos la cuantía que supone: ¿cuántos millones de euros supone la medida? ¿por qué no se dio tal dato por el Gabinete de Comunicación?

Anónimo dijo...

Buen artículo de Guiral este fin de semana en Heraldo de Aragón. ¡Seguimos vivos!

Anónimo dijo...

Estoy convencido de que en esta cuestión de las retribuciones nos jugamos totalmente nuestra credibilidad y hemos de tomar el asunto muy en serio.

Anónimo dijo...

En este tema hay que actuar con rapidez y contundencia, antes de que se abone la paga aprobada por el Gobierno de Aragón.

Anónimo dijo...

¿A que existe un mutismo absoluto sobre este tema, verdad? A nadie le interesa la legalidad cuando le puede perjudicar. Así nos va en esta Comunidad y en este país.

Anónimo dijo...

¿Eso no se llama corrupción?

Anónimo dijo...

¿no merece este asunto una campaña explicativa, mediante algún artículo en prensa y divulgación entre el conjunto de los funcionarios de la DGA?

Anónimo dijo...

A pesar de vuestra nota, yo no he escuchado en mi entorno ninguna preocupación sobre esta cuestión, lo cual no deja de sorprenderme y debiera llevaros a plantearos la necesidad de amplificar vuestra reflexión en otros medios de mayor visibilidad.

Anónimo dijo...

Un médico para la Dirección General de la Función Pública. ¿Tan mal andamos de salud?

Anónimo dijo...

Creo que hace falta más contundencia en muchos de los temas que se plantearon en un comienzo y que van quedando olvidados con el transcurso del tiempo. Eso, claro, si realmente se quiere hacer algo y no mantener una razón social de forma estrictamente testimonial.

Anónimo dijo...

Lo curioso es que no hay quien lo investigue: ni los partidos de la oposición, ni el Justicia, ni los órganos de intervención, ni el Tribunal de Cuentas....

Anónimo dijo...

¿Los hunos y los hotros? ¿Cuándo vamos a hunirnos para hacer algo que valga la pena de verdad?

Anónimo dijo...

¡Que mayo sea un mes fructífero para el trabajo de la asociación!

Anónimo dijo...

No puedo dejar de contemplar estupefacto este debate metafísico. ¿Por qué no se contraponen los argumentos que laten de fondo? Ésta no es una cuestión de legalidad, es una cuestión de dignificación de las retribuciones de los empleados públicos. El Gobierno central decide que es ilegal indexar los salarios de los funcionarios a los precios aunque no tiene el mismo criterio en el caso de los jubilados. Llegados a este punto, ¿es inmoral o falto de ética el intentar superar esa legalidad injusta?

Desde el punto de vista sindical no nos produce ningún sonrojo "saltarnos" la legalidad vigente, llevamos más de 150 años haciéndolo. Luchamos contra las leyes que permitían jornadas inhumanas, contra las que no concedían descanso semanal, contra las que no contemplaban protección social, etc.

Mientras el 75% de los empleados públicos de esta Administración cobren menos de 18000 euros al año reivindicaremos cláusulas que, al menos, garanticen el poder adquisitivo.

¿Por qué un empleado público no puede tener derecho al mantenimiento de su salario? ¿La dignificación de la función pública no debe suponer la dignificación de los salarios de sus empleados?

¿Es más onerosa para las arcas públicas la cláusula de revisión que la cantidad de funcionarios sin tarea concreta a realizar cada día?

¿Estos sesudos comentarios que manifiestan la indignación por garantías salariales se hacen desde los tramos retributivos que sobrepasan los 36000 euros anuales (menos del 10% del personal) o se hacen desde el salario de alguno de los 1600 auxiliares administrativos, o de los 650 Auxiliares de enfermería, o de los 1200 limpiadores y limpiadoras?

Me gustaría leer una reflexión sobre lo concreto, sobre lo que afecta a la mayoría. Las reflexiones sobre el modelo de Función Pública son muy necesarias, pero la dignificación salarial de la inmensa mayoría de los empleados públicos también requiere de alguna que otra reflexión.

Meter en el saco de los vicios de la Administración autonómica la cláusula de revisión salarial que beneficia a los tramos retributivos más bajos, y no decir nada de los sucesivos "asaltos a la caja" de los sindicatos médicos es cuando menos un ejercicio de memoria selectiva.

Elevar a la categoría de trascendental la revisión salarial y no decir nada de la resolución del conflicto de los funcionarios de Justicia es equilibrismo jurídico.

Puede ser muy grave la discrecionalidad en los nombramientos y la politización de la Función Pública pero, ahí afuera hay mundo, pasan cosas en nuestra Administración que no son merecedoras de un sólo comentario.

¡Curiosa paradoja!

Anónimo dijo...

Largo discurso que elude lo fundamental de la posición de esta Asociación, consistente en si la revisión salarial acordada por el Gobierno de Aragón se ajusta o no a la legalidad presupuestaria y de función pública.

Nadie discute la legitimidad del mantenimiento del poder adquisitivo de los funcionarios -con independencia del nivel de sus retribuciones y sin practicar demagogia que ofende a los funcionarios de menor nivel retributivo, como si la honradez fuese privilegio de los bien retribuidos: todo el mundo sabe cuándo no debe coger lo que no es suyo, y mucho mejor lo sabe cuando le es necesario y su conciencia actúa sobre él con especial intensidad-, pues aquí lo único que se plantea es que la forma en que se ha aplicado la cláusula de revisión salarial no se ajusta a lo que establecen las leyes.

Es más, todos los funcionarios y no sólo los superiores han jurado o prometido someterse al ordenamiento jurídico en el ejercicio de sus funciones, obligación que incumbe a nuestras obligaciones y a nuestros derechos, es decir, ni podemos hacer dejación legítima de nuestras obligaciones ni arrogarnos derechos -sean o no retributivos- que no nos corresponden.

Y no vale escudarse en que no hacemos más que recibir lo que nos dan, pues no podemos desconocer las condiciones en que se ha acordado esta irregular cláusula de revisión salarial, sin publicidad y sin sujeción a la ley.

Los funcionarios no merecemos que nuestro sistema retributivo, por irresponsabilidad de los gestores públicos y de los representantes sindicales, se degrade y pueda presentarse ante los ciudadanos como un botín cobrado por quienes en teoría éramos los custodios del interés general.

Es esta una oportunidad para que los ciudadanos puedan conocer la calidad de los funcionarios: aprovecharla o desperdiciarla es cuestión de cada uno de nosotros.

No es al Gobierno de Aragón y mucho menos a los sindicatos a los que corresponde determinar el incremento anual de las retribuciones de los funcionarios, sino a las Cortes de Aragón, en el momento de aprobar la Ley de Presupuestos de cada ejercicio.

Existe una clarísima reserva de ley, que no pueden desconocer ni el Gobierno de Aragón ni los sindicatos, y que los funcionarios afectados por un acuerdo con visos de ilegalidad no podemos contemplar como algo ajeno o irrelevante, pues nos estamos beneficiando de una irregularidad, que a algunos nos parece manifiesta y totalmente contraria a las obligaciones de los poderes públicos como gestores del presupuestos público y de la promoción de los intereses de todos los ciudadanos.

No sólo existe corrupción cuando el dinero público se lo quedan los responsables políticos, sino también cuando, con la anuencia general, nos los quedamos todos los que trabajamos en la Administración autonómica,bajo la apariencia de "compensación por la desviación del IPC", amparados en un acuerdo que carece de publicidad y que en ningún momento ha sido refrendado por las Cortes de Aragón ni se ha analizado su adecuación a los Presupuestos Generales del Estado, los cuales constituyen un límite infranqueable para las retribuciones de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas.

En cuanto a lo que ocurra con los funcionarios de justicia o de otros ámbitos, cada cual sabrá a qué atenerse.

Los sindicatos deberán plantearse cuál es el modelo de Administración en el que se avanza con medidas que contravienen las reglas más elementales del funcionamiento de las instituciones públicas.

La opacidad, la ilegalidad, la mala gestión de los fondos públicos, el menoscabo de la integridad de los servidores públicos y la desconfianza de los ciudadanos frente a las instituciones, incapaces de ajustarse a sus propias normas de funcionamiento y de administrar de forma honesta los intereses públicos, no es lo que muchos deseamos contemplar, y la realidad no deja de ser como es por mucho que nos resistamos a contemplar su verdadero rostro.

Magnífico que alguien diga que hay que hacer comentarios sobre lo que pasa fuera, cuando no se es capaz de analizar debidamente lo que pasa dentro. Nuestra responsabilidad y nuestra credibilidad se juega aquí dentro y no en falsas paradojas alegadas por quien es incapaz de ver lo que está en juego en un caso como éste.

La responsabilidad del Gobierno en este asunto es enorme, y habrá de hacer frente a la misma, por supuesto, pero no es menor la de los sindicatos ni la de aquellos funcionarios que, conociendo la ilegalidad de la subida, se aprestan a cobrarla al margen de cualquier otra consideración, sea ética o estrictamente jurídica.

Si así obraran las personas a las que hubiésemos confiado la administración de nuestros bienes, los despediríamos, sin ningún género de dudas. Pongámonos en la posición de los ciudadanos y consideremos lo que pueden demandarnos por nuestra actitud: ¿así administramos los intereses generales? ¿así hacemos valer el cumplimiento de las leyes?
¿o es que estamos convencidos de que las leyes sólo vinculan a los demás?

¿no nos repugna ser partícipes y beneficiarios de ilegalidades y contemplar el rumbo que han tomado los asuntos públicos en nuestra Comunidad Autónoma?

Anónimo dijo...

Razónese todo lo que se quiera, que como este Gobierno desprecia la ley y de ello tenemos pruebas más que sobradas, lo único que vale la pena es llevar la cuestión al Tribunal de Cuentas y al Fiscal Anticorrupción y que ellos lleven a cabo los análisis que requieran el caso.

Si todo es legal para tales instituciones, no habrá problema para cobrar ésta y todas las revisiones salariales que se acuerden en el futuro, pero no escamoteemos el debate sobre la legalidad de la "desviación" de millones de euros destinados a atender el funcionamiento de servicios públicos.

Anónimo dijo...

Cuando ya no importa la legalidad del dinero que se percibe ..en qué se diferencia una función pública de una sociedad de estafadores?

Anónimo dijo...

¿Y qué ocurre con las subidas pactadas en el Ayuntamiento de Zaragoza de las que hablaba hace unos días la prensa?

Anónimo dijo...

¿Qué papel le corresponde a la Intervención General en todo esto?

Anónimo dijo...

¿Se han iniciado por la Junta directiva los trabajos de elaboración de la propuesta de buen gobierno que se aprobó en la pasada asamblea general? Creo que sería muy interesante una formulación en positivo sobre el modelo de administración que se pretende, en vez de estar permanentemente saliendo al paso de las irregularidades constantes de este Gobierno.

Anónimo dijo...

Me gustaría que algún sindicato hiciese una justificación de la legalidad de esta medida, más allá del interés económico de los trabajadores, principio que no es suficiente para que la revisión salarial sea legítima.

Anónimo dijo...

Alguien dice que a los sindicatos no les importa saltarse la legalidad vigente. No hace falta que lo juren, desde luego.

Anónimo dijo...

Perplejidad y hastío. Todos sabemos de que estamos hablando. Ya basta de invocaciones al sacrosanto principio de legalidad.

Sindicalmente, algunos, estamos en un proceso que ha pasado por la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, para acabar en el Tribunal Europeo de Estrasburgo, sólo con un interés: defender el derecho a la negociación colectiva de los empleados públicos.

El sometimiento al principio de legalidad no significa la renuncia al derecho a la negociación colectiva que, por cierto, reconoce el Estatuto Básico del Empleado Público.

Y éste es el quid de la cuestión, la negociación colectiva debe permitir alcanzar retribuciones justas que, simultáneamente no mermen la calidad de nuestros servicios públicos. Y estos acuerdos alcanzados, legítimamente, entre Gobiernos y Sindicatos deben ser refrendados por el Poder Legislativo y así cumplir con el ordenamiento jurídico.

Sin embargo, no somos suecos, aunque alguna vez nos lo hagamos. Los sucesivos gobiernos españoles han "reventado" las retribuciones de los funcionarios a base de congelaciones e incrementos misérrimos. Eso sí, la eficiencia gubernamental ha permitido que los "no incrementos" cumplan los requisitos que impidan mancillar el inmaculado principio de legalidad.

La estrategia sindical sigue siendo la de siempre. Asaltar la valla de la injusticia. Si el Gobierno central decide no garantizar el poder adquisitivo de todos los empleados públicos, los sindicatos, allá dónde podamos, minaremos la desigualdad. Si para ello hay que pisotear el principio de una legalidad injusta lo pisotearemos porque no hay juramento que permita perpetuar la injusticia.

De sobra sabe esta Asociación que la publicidad de los acuerdos de revisión salarial no pueden ser aprobados en Cortes ni publicitados pues caerían abatidos por recursos estatales.

Entonces, ¿de qué hablamos? ¿renunciamos a la legítima aspiración del mantenimiento del poder adquisitivo por imperativo legal? ¿Decimos no a las revisiones salariales porque lo impide una ley injusta?

Insumisión. Rebeldía. Valentía. Dignidad. Coherencia.

Sigo pensando que los males de la Función Pública, que son muchos y compartidos por muchos de los que visitan este blog, no son la opacidad de la cláusula de revisión.

Anónimo dijo...

No pongo en duda el derecho que alegan los sindicatos a la negociación colectiva, pero si la legalidad vigente no casa con ese derecho y se considera injusta, hágase la presión social y la fuerza necesaria para cambiar esa legalidad injusta. Todo con luz y taquígrafos. Las formas son importantes y la labor sindical se degrada cuendo se renuncia a la lucha y a la presión y se opta por hacer trampas más o menos bajo mano en connivencia con un poder político que muestra un escasísimo interés en configurar una administración profesionalizada, eficiente y ética. A los funcionarios que pretenden defender se nos deja en una debilísima posición ante la sociedad.