viernes, 15 de febrero de 2008

EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO INVESTIGARÁ LA NO INCLUSIÓN DE LA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL PACTADA ENTRE ADMINISTRACIÓN Y SINDICATOS

EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO INVESTIGARÁ LA NO INCLUSIÓN DE LA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL PACTADA ENTRE ADMINISTRACIÓN Y SINDICATOS EN LA LEY DE PRESUPUESTOS, AL CARECER DE CERTEZA SU EXISTENCIA.

Zaragoza, 15 de febrero de 2008.

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, en relación con la queja que formuló ante el Defensor del Pueblo con motivo de que la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2008 no incorporase la cláusula de revisión salarial pactada por Administración y Sindicatos en la Mesa de Función Pública de 19 de febrero de 2007, ha recibido un escrito de contestación de dicha Institución, en el que se comunica que no cabe investigación alguna sobre tal cuestión, al carecerse de certeza sobre la existencia de tal acuerdo o, al menos, de que el mismo fuese aprobado formalmente por la Administración.

Los términos de la comunicación dirigida al Presidente de la Asociación son los siguientes:

“Estimado Sr:

Se agradece el nuevo escrito que nos ha remitido en su calidad de Presidente de la Asociación par la Defensa de la Función Pública Aragonesa, el cual como sabe por el acuse de recibo que se le ha enviado, ha quedado registrado con el número arriba indicado.

En esta ocasión, sustancialmente, nos plantea que, el pasado 19 de febrero de 2007, la Mesa de la Función Pública alcanzó un Acuerdo entre la Administración y los sindicatos, sobre condiciones retributivas del personal de la Administración de esa Comunidad Autónoma de Aragón, y que en dicho acuerdo se incluía una cláusula de revisión salarial para el caso en que la inflación interanual supere el incremento retributivo autorizado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y ello con el fin de asegurar el poder adquisitivo del conjunto de los empleados públicos de esa Administración autonómica.

Igualmente expone que esa Asociación desconoce los términos concretos del referido Acuerdo, ya que no tiene constancia de que el mismo haya sido publicado en el Boletín Oficial de Aragón, tal y como exige la legislación vigente.

No obstante, indica que se tiene conocimiento de la existencia del mismo por la información difundida en su día por las diferentes organizaciones sindicales, así como que, al tratarse de un Acuerdo relativo al incremento general de las retribuciones de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, debe entenderse que tal cuestión constituye una materia objeto de reserva de Ley, según lo previsto en el artículo 21.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Estudiado el contenido de esta nueva queja, se observa que no se tiene certeza de la existencia de ese Acuerdo y de que el mismo haya alcanzado la condición de acto administrativo concreto o de disposición general de la Administración que pueda ser objeto de supervisión por esta Institución en el ejercicio de las competencias que nos han sido atribuidas por el artículo 54 de la Constitución y por la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, por la que nos regimos.

Con independencia de la mayor o menor credibilidad que puedan tener las informaciones a las que esa Asociación ha tenido acceso, lo cierto es que no aparece debidamente acreditado que se haya producido una actuación administrativa contraria a la legislación vigente que vulnere los derechos y libertades fundamentales que esta Institución defiende, por lo que, en este momento, no resulta legalmente posible nuestra intervención al respecto, ya que, en alguna ocasión, los acuerdos alcanzados entre la Administración y los sindicatos no se han transformado en disposiciones normativas de obligado cumplimiento para las partes.

Le saluda cordialmente,

Manuel Ángel Aguilar Belda
Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo”.

A la vista de la comunicación recibida, la Asociación recabará de los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón certificación fehaciente del acuerdo adoptado por la Mesa de la Función Pública en relación con la cláusula de revisión salarial pactada en su reunión de 19 de febrero de 2007, y solicitará a los Sindicatos posible copia del citado acuerdo suscrito entre Administración y Sindicatos, por entender incompatible con los principios de legalidad, publicidad y seguridad jurídica que actuaciones de tanta trascendencia como la señalada no puedan ser objeto de supervisión por falta de certeza de su propia existencia, lo que pone de manifiesto el grado de opacidad en que han incurrido Administración y Sindicatos en una cuestión que, al afectar a la disposición de fondos públicos y a materia objeto de reserva de ley, requiere la máxima transparencia y publicidad.

Con la respuesta dada por la Administración –tanto si se remite la certificación solicitada como si se niega tal información-, la Asociación volverá a plantear al Defensor del Pueblo la vulneración de las normas previstas en el Estatuto Básico del Empleado Público en cuanto a la publicidad de los pactos y acuerdos resultado de la negociación colectiva y, en particular, la no inclusión de la cláusula de revisión salarial pactada en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2008.

Asimismo, se va a remitir una copia de la contestación del Defensor del Pueblo a todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, solicitándoles que contribuyan a esclarecer los términos de lo acordado por la Mesa de la Función Pública de 19 de febrero de 2007, toda vez que un Parlamento no debería admitir que determinadas actuaciones del Ejecutivo carezcan de certeza en cuanto a su existencia, como ha señalado el Defensor del Pueblo en relación con el citado pacto entre Administración y Sindicatos.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Resulta algo decepcionante esta forma de razonar de la institución, como si desease no saber lo que ocurre. Creo que el tema asusta, pero entonces habrá qué preguntarse sobre el vigor de las instituciones y sobre la forma en que están ejerciendo su papel.

Anónimo dijo...

¿Qué órgano es competente, entonces, para investigar el asunto?

Anónimo dijo...

Esto se llama, sencillamente, mirar para otro lado o echar balones fuera.

Oroel dijo...

¿Las Cortes, quizás? ¿La oposición?