miércoles, 6 de febrero de 2008

FUNCIÓN PÚBLICA NO FACILITA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN LOS DATOS SOLICITADOS

LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA NO FACILITA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN LOS DATOS SOLICITADOS SOBRE PERSONAL INTERINO EN LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.

Zaragoza, 5 de febrero de 2008.

En el recurso contencioso-administrativo formulado por esta Asociación contra el Decreto por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, se solicitó, como prueba documental, al objeto de poder constatar que la Oferta aprobada no incluía el total de puestos de trabajo ocupados por personal interino conforme a lo exigido por la ley y el convenio colectivo, la emisión de un informe, elaborado a partir de los datos obrantes en el Registro de Personal, sobre el número total de funcionarios interinos que ocupaban puestos de trabajo no reservados, así como personal laboral eventual, en el momento de aprobación de la referida Oferta de Empleo Público.

El Tribunal, mediante auto de fecha 14 de noviembre de 2007, admitió la prueba documental propuesta por la representación procesal de esta Asociación, requiriendo con igual fecha a la Dirección General de la Función Pública la remisión del informe solicitado. Habiendo transcurrido el plazo otorgado, sin emitirse el informe recabado, el Tribunal, mediante providencia de 9 de enero, tuvo que reiterar la prueba acordada, “oficiándose a la Dirección General de la Función Pública para que proceda a la urgente remisión de la documentación que le fue solicitada”.

Tal comportamiento de la Dirección General de la Función Pública, desatendiendo requerimientos del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, dentro de un procedimiento de protección de derechos fundamentales, caracterizado por la celeridad en la tramitación y la reducción de los plazos, no resulta en modo alguno justificable, en especial después de haber negado, en su día, dichos datos a esta Asociación, alegando que tal información había de solicitarse, en su caso, en fase de prueba en el procedimiento judicial planteado.

Con independencia del desarrollo del procedimiento judicial y de la información que finalmente pueda aportarse por la Dirección General de la Función Pública al mismo, en ejecución de la prueba documental solicitada y admitida, esta Asociación va a dirigirse al Departamento de Presidencia, en cuanto responsable de la gestión de la política de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, para que emita un informe periódico con las principales magnitudes de la función pública aragonesa, entre las cuales debería incluirse la tasa de temporalidad existente en el empleo público, permitiendo con ello, a través de la adecuada explotación de los datos del Registro de Personal, un conocimiento general de la evolución de la función pública por parte del conjunto de la ciudadanía.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Y pedir responsabilidades a los que obstruyen la labor de la justicia!!!!!!!

Anónimo dijo...

¡Seguid adelante! Esto se tendría que haber hecho hace muchos años.