jueves, 12 de junio de 2008

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN: ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA CONTROLAR LA LEGALIDAD DE LA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL.

Zaragoza, 11 de junio de 2008.

Ayer tarde, en los locales de la Junta Municipal Centro, tuvo lugar una nueva reunión de la Junta Directiva de la Asociación, en cuyo orden del día figuraba, como cuestiones principales a debatir y decidir, la posible impugnación en vía jurisdiccional de la selección de personal promovida por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CART) y la adopción de posibles medidas para promover un control de legalidad sobre la cláusula de revisión salarial aplicada por el Gobierno de Aragón, según acuerdo adoptado el 15 de abril de 2008.

Con carácter previo a tal debate, se procedió a aprobar el acta de la sesión anterior. El Presidente informó sobre las actuaciones principales llevadas a cabo desde la anterior sesión de la Junta. Se refirió, en primer lugar, a la interposición de recurso de casación frente a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el recurso especial de protección de derechos fundamentales formulado contra el Decreto del Gobierno de Aragón que aprobó la Oferta de Empleo Público de 2007, y, en segundo lugar, a la respuesta recibida desde la Dirección General de Trabajo, en la que se señala que el Acuerdo de la Mesa de la Función Pública de 24 de febrero de 2004, en el que supuestamente se contiene la cláusula de revisión salarial aplicada por el Gobierno de Aragón, no se halla depositado en la Oficina Pública de pactos y acuerdo de dicho centro directivo. Dicha falta de depósito supondría un incumplimiento de las obligaciones de publicidad que establecía en su momento la Ley 9/1987, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y que, en la actualidad, reitera el vigente Estatuto Básico del Empleado Público.

A continuación, se debatió la oportunidad de interponer recurso jurisdiccional contra la resolución desestimatoria dictada por el Departamento de Presidencia en el recurso de alzada formulado por la Asociación contra la selección de personal convocada por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, por no contar con la necesaria autorización en la Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón. Se acordó la interposición de recurso contencioso-administrativo contra la decisión del Consejero de Presidencia, Javier Velasco, al inaplicar a tales procesos selectivos las exigencias contenidas en el Estatuto Básico del Empleado Público, una de cuyas principales novedades era precisamente incluir a las entidades de derecho público en su ámbito de aplicación, tratando con ello de corregir la utilización de tal fórmula organizativa para eludir el régimen de función pública.

Finalmente, se retomó el debate sobre la cláusula de revisión salarial, a la cual se había dedicado amplio espacio en las dos sesiones anteriores de la Junta Directiva, llegando a la conclusión, a pesar de las dificultades de conocer los detalles de la cuestión planteada, de que el acuerdo del Gobierno de Aragón, de aplicación de la cláusula de revisión salarial pactada en la Mesa de Función Pública de 24 de febrero de 2004, ha de estimarse no conforme a derecho, al no encontrarse amparado por la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma. Corresponde exclusivamente a las Cortes de Aragón la facultad de autorizas gastos públicos y, en particular, determinar el incremento anual de las retribuciones de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de la ley anual de presupuestos, sin que el Gobierno de Aragón puede sustituirlo o desplazarlo en tal función.

Conforme a ello, se acordó desarrollar una campaña pública, dirigida a los empleados públicos y al conjunto de los ciudadanos, para exponer con la mayor claridad posible las dudas o posibles vicios de legalidad en que incurre la cláusula de revisión salarial pactada por los sindicatos y aplicada por el Gobierno de Aragón. Se acordó igualmente promover acciones diversas ante las instituciones de la Comunidad Autónoma para controlar las circunstancias y términos del acuerdo de 15 de abril de 2008 del Gobierno de Aragón y las posibles responsabilidades en que se hay podido incurrir con la adopción del mismo.

A la vista de las decisiones que adopten las instituciones autonómicas sobre este asunto, la Junta Directiva valorará la oportunidad de plantear la cuestión ante las instituciones de control del Estado, en garantía del Estado de Derecho y del correcto funcionamiento del Estado autonómico.

Asimismo, la Junta Directiva consideró la posibilidad de que aquellos miembros de la Junta o miembros de la Asociación que lo consideren oportuno puedan adoptar iniciativas personales para proceder al depósito o devolución de la paga compensatoria abonada, en aplicación de la irregular cláusula de revisión salarial, con el fin de no disponer de dicha cantidad en tanto no se acredite por el Gobierno de Aragón o las instituciones correspondientes la legalidad de dicho pago. Tal iniciativa de devolución la anunció, a título personal, el Presidente de la Asociación, Julio Guiral.

Tales acuerdos, previamente a su ejecución, serán sometidos a ratificación del conjunto de los miembros de la Junta Directiva.


9 comentarios:

Anónimo dijo...

Es necesaria una intensa, precisa y clara explicación de lo que ha ocurrido con la cláula, de manera que todos lo entiendan, otra cosa diferente es conseguir apoyos ...ese será otro cantar..pero hay que dejarlo muy claro........para que nadie diga que no lo entendió....que es buena escusa para acomodarse ..o para llamarswe a andana......

Anónimo dijo...

Este asunto tiene una potencialidad enorme para reflexionar sobre el rumbo tomado por la Administración, los sindicatos, el Gobierno y bunea parte de las instituciones de control, que prefieren no saber o no actuar. Hay que seguir con el asunto hasta sus últimas consecuencias, pues la gestión del dinero público no puede quedar sometida a dudas de legalidad como las existentes en este caso.

Anónimo dijo...

Comienza el espectáculo de la expo y no sabemos si quedará tiempo o espacio para atender otras cuestiones que no sean los eventos de ranillas. El Gobierno querrá disfrutar de esta tregua y eludir o aplazar todos los debates públicos.

Anónimo dijo...

Explicad, explicad. Igual os corren en los centros.
Por cierto "tíos listos" halla es del verbo haber por tanto con y
Igual no soís tan listos

Yo (ya sabes quien Felix)

Anónimo dijo...

El YO , que que se cree listo, metió la pata una vez más , veáse :Diccionario de sinónimos y antónimos © 2005 Espasa-Calpe S.A., Madrid:
Hallar
encontrar, topar, tropezar, descubrir, inventar, acertar, obrar, idear, imaginar, averiguar, solucionar
estar, presenciar, encontrarse, ubicarse, contarse
notar, ver, observar, sentir, advertir, percatarse

Por tanto , a espabilar e informarse antes de criticar ....y menos insultar........

Anónimo dijo...

Esta Asociación debe dar sus razones para justificar las decisiones que adopta: no pretendemos que se compartan sino que se conozcan y puedan someterse a crítica. El que nos corran o no, ya no depende de nosotros. Lo importante es que no nos corran en los tribunales o en las instituciones de control. O que no nos corran los ciudadanos o quienes anteponen la razón al mero egoísmo o interés económico.

Anónimo dijo...

¿Tan fácil es hacer perder a los funcionarios el sentido de la legalidad?

Anónimo dijo...

¿no es el caso de la cláusula de revisión salarial un claro ejemplo de corrupción sistémica?

Anónimo dijo...

cita que transcribo: en la esencia de la corrupción se encuentra el manejo de los bienes públicos como si fueran propiedad privada, es decir los funcionarios manejan la cosa pública como si fuese "cosa nostra".