martes, 13 de noviembre de 2007

EL JUSTICIA DE ARAGÓN SUGIERE A LA ADMINISTRACIÓN QUE RESPETE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS AL APROBAR LOS PROGRAMAS Y PRUEBAS DE ACCESO

Zaragoza, 13 de noviembre de 2007.

El Justicia de Aragón, en una reciente resolución de 29 de octubre de 2007, dictada en relación con una queja formulada por esta Asociación, sugiere al Departamento de Presidencia que vele por el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de delegación de competencias en la aprobación de programas y pruebas que rigen el acceso a las distintas Escalas y Clases de Especialidad en las que se estructura la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La queja que ha dado origen a tal resolución fue formulada, con fecha 19 de abril de 2007, en relación con la Resolución de 4 de julio de 2007, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se daba publicidad al programa que regirá las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores. En dicha Resolución no sólo se fijaba el programa o temario exigible, sino también la estructura de las pruebas de acceso y los criterios de calificación de los respectivos ejercicios.

De acuerdo con el régimen de distribución de competencias en materia de personal, en la fecha en que se aprobó la citada Resolución de la Dirección General de la Función Pública, la competencia para aprobar las pruebas selectivas de acceso a las diferentes Escalas y Clases de especialidad correspondía, conjuntamente, a los Consejeros de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Hacienda y Empleo, no existiendo una delegación formal y expresa a favor de la Dirección General de la Función Pública para aprobar el programa ni para aprobar la estructura y la calificación de tales pruebas.

Tal y como señalan las normas de procedimiento administrativo, la competencia conferida por el ordenamiento jurídico es irrenunciable y será ejercida por el órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de delegación de la misma, con sujeción a lo previsto por la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

No resulta admisible que los órganos administrativos se arroguen competencias que están atribuidas a otros órganos, en particular cuando éstos son superiores jerárquicos de los mismos, pues el respeto a las normas de procedimiento y de organización constituyen un principio básico para la garantía de una buena administración y la salvaguardia de los derechos de los ciudadanos. Por otra parte, la naturaleza de la materia, podría hacer indelegable su aprobación si se estimase que su contenido es propio de una disposición general, vinculante para las futuras convocatorias que hayan de aprobarse en ejecución de la Oferta de Empleo Público.

La Asociación se va a dirigir al Consejero de Presidencia para solicitarle la aceptación de la sugerencia formulada por el Justicia de Aragón y la adopción de medidas para corregir la situación señalada, la cual, por cierto, se reproducía el pasado viernes, con la publicación del temario y pruebas correspondientes a la promoción interna para acceso a la Clase de especialidad Administradores Superiores.

12 comentarios:

Anónimo dijo...

Bueno, no se puede negar que todo esto va enriqueciendo el acervo de nuestra organización administrativa, pues no se trata de poner de manifiesto errores para descalificar a nadie sino para mejorar las abundantes deficiencias de nuestra administración, motivada en parte, eso sí, por la actitud de ciertos responsables.

Anónimo dijo...

¿Tomarán nota los responsables de este tipo de sugerencias o harán como han hecho con la relativa a las pruebas de habilitación?

Anónimo dijo...

Veo que la Asociación vuelve a coger fuerza, después del bache veraniego y los pilares. Esto promete.

Anónimo dijo...

Hace más de un mes se solicitó al Consejero Velasco, mediante derecho constitucional de petición, la publicidad de los nombramientos del personal eventual del Gobierno de Aragón. Un mes después ni siquiera se ha recibido acuse de recibo del escrito formulado, con claro incumplimiento de la ley que impone dicha obligación de acusar recibo. ¿Es desconocimiento de la ley? ¿Desidia? ¿Voluntad manifiesta de ignorar lo que diga o haga la Asociación? Algún día cabrá despejar las dudas.

Anónimo dijo...

De momento, baste con formularlas.

Anónimo dijo...

Tal vez habría que trasladar al Defensor del Pueblo todos los incumplimientos de los miembros del Gobierno de Aragón en relación con el ejercicio de derecho de petición, haciendo repaso tanto de las faltas de acuse de recibo como de las faltas de contestación en los plazos legales marcados.

Anónimo dijo...

En el BOA de hoy se convoca un curso sobre "Etica y gobernanza", dirigido por Pablo García Mexía. ¿Interesante?

Anónimo dijo...

Está claro que el Imperio contraataca.

Anónimo dijo...

¿No aspiraba esa asociación a ser un tanque de pensamiento y a liberar la inteligencia colectiva de la administración autonómica frente al alto grado de toxicidad que ha ido adquiriendo la organización? ¿en qué se está plasmando esa aspiración?

Anónimo dijo...

En la página cuatro de Heraldo se recoge la petición de la asociación sobre la necesidad de introducir criterios objetivos en la composición de los tribunales de selección. Aún existe algo de eco, como se ve.

Anónimo dijo...

Eso será porque lo que promueve esta asociación tiene interés social.

Anónimo dijo...

Lo mejor del caso es que la Asociación no ha emitido comunicado de prensa sobre el tema, sino que los periodistas han extraído la noticia del propio blog. Gran novedad, desde luego. Descubrimos así una nueva potencialidad de este blog.