lunes, 2 de julio de 2018

UN PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN APROBADO A MITAD DEL EJERCICIO, CON MANIFIESTAS CARENCIAS.



El Boletín Oficial de Aragón publicaba el pasado día 21 de junio el Plan Anual de Inspección de Servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el 2018, aprobado por el Gobierno de Aragón mediante acuerdo de 22 de mayo de 2018.

Sorprende que la planificación de la actividad anual de un órgano de control, como es la Inspección General de Servicios, se apruebe casi a mitad de ejercicio, como igualmente produce sorpresa que dicho Plan sea elaborado por la propia Inspección, configurándose así como órgano planificador de la propia labor de control que le corresponde ejecutar, sin perjuicio de que dicho Plan deba ser formalmente aprobado por el Gobierno de Aragón. 

Entendemos que, por el contrario, la planificación de los mecanismos de control de la legalidad, eficacia y calidad de la gestión pública ha de ser efectuada, de forma colegiada, por los órganos responsables del conjunto de los Departamentos, presentes por ejemplo en la Comisión para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, siendo la Inspección General de Servicios el órgano encargado de aplicar las líneas de actuación decididas por dicho órgano, sujetando su actividad a la evaluación de dicha Comisión.

En un somero análisis del Plan Anual de Inspección cabe resaltar algunas llamativas carencias en la labor programada: nada se contempla en materia de auditorías administrativas sobre la actividad de los órganos de la Administración, como mecanismo expresamente previsto por la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; nada se señala sobre el control de la adecuación de las cartas de servicios a las exigencias legales en la tramitación de los procedimientos respectivos, para evitar con ello que la calidad se conforme como un sucedáneo indebido de la legalidad; nada se dice sobre acciones tendentes a favorecer la integridad profesional y comportamientos éticos de los empleados públicos, ni de desarrollo de códigos de conducta en el seno de la Administración; y, finalmente, no existe en el Plan la menor mención a la relación de la Inspección General de Servicios con la citada Comisión para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos ni con el Justicia de Aragón, en cuanto órganos que ejercen labor de control sobre la actividad de la Administración y sobre los programas de calidad en la prestación de los servicios públicos.

La Inspección General de Servicios debiera, además, vigilar y corregir situaciones de incumplimiento manifiesto del ordenamiento jurídico por parte de la Administración, como son la falta de aprobación de desarrollos reglamentarios establecidos en la Ley, la ausencia de estatutos aprobados por parte de entidades de Derecho público o la no elaboración de informes anuales por determinados órganos de carácter participativo o consultivo, supuestos que constituyen claros ejemplos de una inactividad administrativa que resulta incompatible con elementales objetivos de cumplimiento de la normativa o de calidad de los servicios públicos.

Desde esta Asociación vamos a dirigirnos al Consejero de Hacienda y Administración Pública para que la definición del contenido y la aprobación del Plan Anual de Inspección de Servicios se efectúe al comienzo del ejercicio correspondiente, como exige el rigor de cualquier planificación anual, al tiempo que vamos a reclamar que se implanten de manera efectiva en la Administración autonómica las auditorías administrativas, legalmente previstas en la Ley de la Administración, y se impulsen medidas tendentes a reforzar la cultura de la integridad en el seno de la función pública, de conformidad con lo señalado por la Ley de Integridad y Ética Públicas, aprobada por las Cortes de Aragón hace ya un año.

Y creemos que compete a la Inspección General de Servicios señalar los supuestos más llamativos de inactividad administrativa e incumplimiento de los mandatos legales, recordando con ello el sometimiento de la Administración al principio de legalidad.

1 comentario:

Anónimo dijo...


Mal andamos si los responsables de la calidad actúan de este modo.