lunes, 22 de noviembre de 2010

PERSONAL EVENTUAL DEL GOBIERNO DE ARAGÓN: ILEGALIDAD SIN SOLUCIÓN DE CONTINUIDAD.

Las primeras señales dadas por los nuevos responsables del Departamento de Presidencia resultan verdaderamente inquietantes, en lo que se refiere a su sentido de la legalidad. El Boletín Oficial de Aragón recogía, al fin, este sábado pasado, día 20 de noviembre, los ceses y nombramientos del personal eventual adscrito a los Departamentos de Presidencia y de Ciencia, Tecnologíca y Universidad, tras el cambio de titular en ambos Departamentos decidido por el Presidente. Y lo hacía de un modo incomprensible: vulnerando no sólo la obligación de publicación de tales ceses y nombramientos, sino incluso la necesidad de nombramiento tras los ceses producidos. Se excluyen, así, ceses que impone la propia Ley y se pretende habilitar el ejercicio de funciones públicas sin nombramiento expreso: ¿estamos ante empleados públicos de hecho?. ¿Se pretenderá así ocultar una ilegalidad con otra? ¿Se querrá proteger a alguien de posibles responsabilidades o polémicas enojosas? ¿La comodidad, la pereza, la opacidad son razones válidas para incumplir la Ley?

Los miembros del Gobierno de Aragón parecen empeñados en no desaprovechar ocasión alguna para dejar patente su voluntad de no someterse a la ley o, lo que es lo mismo, de someter la ley a su voluntad. Así lo demuestran, una vez más, con los anuncios publicados el sábado día 20 de noviembre, por los que se dice dar publicidad a los ceses y nombramientos de personal eventual adscrito a ambos Departamentos. Confunden interesadamente los ceses “producidos”, que afectan a todo el personal eventual del respectivo Departamento, por previsión expresa de la Ley, con ceses “efectuados”. ¿Acaso alguien ha acordado esos ceses? El personal eventual cesa al cesar la autoridad a la que asesoran o apoyan de forma directa, por expreso mandato legal, de modo que es todo el personal eventual de los Departamentos de Presidencia y de Ciencia, Tecnología y Universidad el que cesa, y no sólo los que se señalan en los anuncios publicados.

Como dispone el artículo 12.3 del Estatuto Básico del Empleado Público, el cese del personal eventual “tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento”. Resulta por ello radicalmente ilegal la pretensión de que, sin mediar nuevo nombramiento, puedan continuar determinadas personas en sus funciones, como se indica en los respectivos anuncios que publican los titulares de las Secretarías Generales Técnicas de Presidencia y de Ciencia, Tecnología y Universidad, al señalar: “El resto del personal eventual adscrito al Departamento [...] permanece, sin solución de continuidad, en los puestos de trabajo que venían desempeñando”. Con tal fórmula, nula de pleno derecho, se pretende que determinado personal siga ejerciendo funciones como personal eventual, sin que se considere cesado pese a haber cesado el titular del Departamento al que se halla adscrito y sin que se considere, por ello, necesario un nuevo nombramiento que legitime el ejercicio de sus funciones.

La Ley no deja resquicio alguno a la interpretación: cuando cesa la autoridad a la que el personal eventual presta la función de confianza o asesoramiento, dicho personal cesa en todo caso, con independencia de que se desee su continuidad en tal función, para lo que se requiere efectuar un nuevo nombramiento. ¿Qué razones llevan a dos miembros del Gobierno de Aragón, como son Eva Almunia y Javier Velasco, a vulnerar el Estatuto Básico del Empleado Público y pretender que cierto personal eventual de sus Departamentos, pese al cambio de Consejero, no cese ni precise, por tanto, de nuevo nombramiento para continuar en su puesto? ¿No se quieren dar a conocer ciertos nombres? ¿O no se quiere asumir, como propia, la responsabilidad de ciertos nombramientos?

Lo sucedido es de tal gravedad y constituye tal despropósito jurídico e institucional -¿resulta acaso imaginable que el personal eventual, con este precedente, quisiera hacer valer su continuidad a los nuevos Consejeros tras un cambio de Gobierno?-, que esta Asociación estudiará las medidas precisas para corregir la ilegalidad en que han incurrido tanto la Consejera Eva Almunia como el Consejero Javier Velasco y el tipo de responsabilidad que tal actuación puede llevar aparejada. Flaco favor se ha hecho al personal eventual que “permanece, sin solución de continuidad, en los puestos de trabajo que venía desempeñando”, al colocarlos en una situación irregular, que, en ciertos supuestos, no hace más que sumarse a la ilegalidad de percibir un salario público sin realizar función alguna. ¿Quién se halla empeñado en degradar de este modo el papel del personal eventual del Gobierno de Aragón? ¿Con qué objeto?

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Vaya dislate!

Anónimo dijo...

Buen comienzo de Almunia, y eso que va de candidata.

Anónimo dijo...

“aquellas personas que, mediante un nombramiento libre se incorporan a la Administración Pública en una relación de naturaleza administrativa, ocupando puestos de trabajo no reservados a funcionarios de carrera, y desempeñando con carácter temporal y en favor de determinados órganos o autoridades, funciones exclusivamente calificadas de confianza o asesoramiento especial, pudiendo en la Administración Local desempeñar también determinados puestos de trabajo de carácter directivo, siendo cesadas libremente por la autoridad que las nombró y en todo caso de forma automática cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su funciones

Anónimo dijo...

El personal eventual prestará sus servicios con carácter transitorio en puestos de trabajo calificados expresamente como de confianza o asesoramiento especial, correspondiendo al gobierno fijar los puestos de trabajo reservados para este personal, con sus características y retribuciones, dentro del crédito presupuestario consignado al efecto. Deberán en todo caso figurar en las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes. El cese de la autoridad a la que preste su función implica el cese automático del personal eventual.

wikipedia

Anónimo dijo...

El Gobierno de Aragón va a tener que consultar wikipedia para sus decisiones.

Anónimo dijo...

¿Creen estar por encima de la Ley?

Ya lo dijo Orwell magistralmente: "todos los animales son iguales, pero algunos más iguales que otros".

A éstos las leyes no les obligan en la misma medida que al resto de los ciudadanos.

Anónimo dijo...

Luego quedará lo que no se publica, lo qu eno es obligatorio publicarse. Nombramientos de confianza y jefes de Servicio, que dividen el trabajo de una jefatura. El administrativo y económico para el Jefe de Servicio y el ´"político" para el cargo de confianza. Con la consiguiente duplicidad de cargos, sueldos y competencias... un dislate.