viernes, 4 de enero de 2008

LA ASOCIACIÓN PIDE AL CONSEJERO DE PRESIDENCIA LA ANULACIÓN DE UN PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL DE LA CORPORACIÓN ARAGONESA DE RADIO Y TELEVISIÓN.

Zaragoza, 4 de enero de 2007.

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha solicitado al Consejero de Presidencia, Javier Velasco, la anulación del proceso de selección de personal laboral, para cubrir con carácter indefinido seis puestos de trabajo, llevado a cabo por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, proceso hecho público a través de una anuncio insertado en prensa el pasado día 2 de diciembre de 2007, al carecer tal selección de la necesaria autorización a través de la Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón.

La Corporación Aragonesa de Radio y Televisión es una entidad de Derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón, dependiente del Departamento de Presidencia, y como tal se halla sujeta, en materia de selección de personal, a lo establecido por el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, de las Cortes Generales. El Estatuto establece que la selección de personal de todas las Administraciones y entidades incluidas en su ámbito de aplicación ha de venir autorizada por la correspondiente oferta anual de empleo público, sin que la Oferta de Empleo Público para el año 2007 aprobada por el Gobierno de Aragón incluyera previsión alguna de necesidades de personal para la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión ni ninguna otra entidad de Derecho público.

Llama la atención que la vulneración del Estatuto Básico del Empleado Público, al proceder a una selección de personal fijo no autorizada por la Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón, se produzca en una entidad dependiente del Departamento de Presidencia, al que corresponde precisamente la dirección de la política de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, asegurando el cumplimiento de la normativa por el conjunto de los Departamentos y organismos públicos que éstos puedan tener adscritos.

Dicha selección, al haber prescindido del procedimiento necesario y carecer de la habilitación imprescindible para su desarrollo, resulta nula de pleno de derecho, por lo que se solicita al Consejero de Presidencia que, al amparo de las normas de procedimiento administrativo común en materia de revisión de actos administrativos, anule y deje sin efecto tal convocatoria.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Aunque breve, este tema se reflejó en las páginas del Heraldo.