De acuerdo con ello, se requiere al Gobierno de Aragón para que en el plazo de cinco días remita a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de dicho Tribunal el expediente administrativo completo y alegue lo que estime procedente como fundamento del acto impugnado, y para que se notifique de inmediato la resolución que orden la remisión del expediente a todos los interesados en el mismo, emplazándoles para que puedan comparecer ante esta Sala en el plazo de cinco días con advertencia de las responsabilidades que correspondan.
Asimismo, se designa el Magistrado Ponente que ha de intervenir en el citado recurso y se notifica la providencia al Ministerio Fiscal, parte necesaria en los procedimientos especiales para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
LA ASOCIACION PARA LA DEFENSA DE LA FUNCION PÚBLICA ARAGONESA
DEFIENDE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES, LA LEGALIDAD ADMINISTRATIVA Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PUBLICOS, A TRAVÉS DE LA EXIGENCIA DE UNA OFERTA CORRECTA Y SUFICIENTE.
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40 comentarios:
Me alegra enormemente que el proceso jucidial avance indefectiblemente, y que la Administración deba aportar su expediente, para que todos sepamos cómo se ha elaborado esta oferta, y dar sus razones sobre la decisión adoptada.
Estupenda novedad la de las posibles encuestas de la semana.
Me agrada, dentro de la estrategia de activación de las instancias propias del Estado de Derecho, optar por un procedimiento que conlleva la intervención necesaria del Ministerio Fiscal, cuya actuación es en defensa de la ley y no de la Administración.
Habéis leido el email que ha enviado a muchos empleados de la D.G.A. el sindicato CSIF criticando esta Asociación??? Qué verguenza!!
con mejoras constantes como el contador de encuestas incorporado recientemente, este blog ya no va a ser el blog de medio pelo al que se refería alguno de nuestros detractores.
Deberíamos plantear algunos elementos de proyección de la Asociación al ámbito europeo, incorporando algunos contenidos en inglés y francés.
Creo que el apoyo económico es importante, dado el coste de los procesos judiciales, y para ello una pequeña aportación de un número significativo de personas puede ser de gran valor. La defensa de la legalidad nos incumbe a todos.
Me gustaría saber qué decisiones se adoptaron por la Junta Directiva, si es que se abordó el tema, en relación con la carta remitida por el Presidente de CSIF Aragón por el correo electrónico de la DGA. ¿Se piensa hacer algo?
No se debería permitir que se hable tan a la ligera.
También estoy esperando conocer la reacción de la Asociación a la andanada de CSIF.
Haré mi aportación a la campaña, como gesto de apoyo a la actividad de la Asociación, para ver si es posible modificar en algo el rumbo de nuestra Administración.
Debe responderse a CSIF??
En caso de respuesta afirmativa, debe hacerse pronto.
De acuerdo, las respuestas deben ser prontas y proporcionadas, y dentro de dos días se cumplirá una semana del mensaje de marras, con que también creo que la contestación debe darse ya sin tardar mucho más.
Me gustaría transcribir, por su interés, esta breve cita tomada del Código Iberoamericano de Buen Gobierno, aprobado en Montevideo en junio de 2006.
Se dice en su preámbulo:
"Consideramos inaceptable: un Gobierno que ampare y facilite la corrupción, un Gobierno que dificulte el escrutinio público sobre su toma de decisiones; un Gobierno que no tome en cuenta las necesidades de sus ciudadanos; un Gobierno irresponsable y que no rinda cuentas".
Yo también considero inaceptable un Consejero que ampare y no corrija arbitrariedades de un Director General.
Exijamos que el buen gobierno sea una de las prioridades de la nueva legislatura, pues sin objetivos y propósitos de buen gobierno el desarrollo del nuevo Estatuto de Autonomía no es sino una caricatura de lo que debe entenderse por autogobierno.
¿Quiere esto decir que cuando tengáis conocimiento del expediente completo, éste se puede hacer público para general conocimiento de los miembros de la Asociación en particular y de los funcionarios en general?
Porque eso no puede ser información secreta, ¿o sí?
¿existe secreto del sumario?
ya veremos lo que se hace y lo que se puede hacer público o no.
Estupenda novedad conocer que el recurso contra la oferta de empleo de 2007 se basa contra la promoción interna de los funcionarios de la D.G.A. Esto sí que exige una rectificacion o aclaración del proposito que se persigue.
No sé de qué se trata, pero la promoción interna, como todo -me refiero, por ejemplo, a las retribuciones- tienen que ajustarse a la legalidad, de modo que la promoción que no esté amparada por la ley no tiene por qué admitirse, por elemental principio de coherencia.
O es que sólo es ilegal la ilegalidad que le perjudica a uno y no la que perjudica a otro.
Creo que la Asociación no defiende a los funcionarios -para eso están los sindicatos y cada cual- sino a la función pública y la función pública se defiende, en primer lugar, asegurando el cumplimiento de las normas, es decir asegurando los derechos que amparan las normas y no perjudicando antijurídicamente a unos en favor de otros a los que no ampara la norma: eso es injusticia y abuso de poder, no es promoción.
Presumir que la promoción interna es ilegal se me antoja mucha presunción. Acaso no estais haciendo un esfuerzo supremo por erosionar todo lo que sale de donde sale.
Creo, desde mi posición, que la Asociación debería publicar en el blog el texto del recurso, en aras de la transparencia y que podamos conocer todo sin polémicas intermedias.
Hasta lo que yo sé, el recurso lo ha redactado un abogado y no los miembros de la Asociación. Por eso, no se pueden imputar alegremente a los miembros de la Asociación las consideraciones jurídicas contenidas en el recurso. Lo importante, a mi juicio, es saber si son o no legales los términos de la Oferta de Empleo Público.
Es decir, la Asociación debería de velar por la legalidad de la Oferta y no por si dicha Oferta le beneficia o no a algún colectivo en particular.
El día que la Asociación se mueva por criterios de oportunidad en lugar de por criterios de legalidad, ese día habrá perdido su razón de existir.
No diría yo jamás que el objetivo de un sindicato es defender el derecho de sus afiliados o de todo un colectivo, más allá de la legalidad, la LEY es el marco en el que descansa todo nuestro sistema de convivencia, también el sistema de promoción interna, y simplemente por ello debe ser acorde con la legalidad, simple ¿no?
No creo que se esté haciendo un esfuerzo -ni supremo ni menor- por erosionar la gestión de función pública, sino por reconducir la situación hacia un horizonte de respeto de la ley y de profesionalidad, dos cosas que brillan por su ausencia en este momento, y creo que todo el que quiere enterarse de las cosas sabe perfectamente de qué se trata.
Me aclaras lo de la ilegalidad de la promoción interna o no. Existen ciertas dudas entre los funcionarios sobre las verdaderas intenciones de la Asociación, si es capaz de utilizar cualquier medio para erosionar a funcion publica y dejar en el camino derechos tan importantes como la promoción interna. No acabo de ver claro estos aspectos. Me parece que se está personalizando en un extremo inasumible.
Exsite secreto por parte de la Asociación en publicar sólo lo que le interesa o la idea de transparencia es total. Considero, por ejemplo que si han rectificado en el decreto de oferta sobre la discapacidad habrá que reconocerlo, o debemos continuar permanentemente con la afrenta, suceda lo que suceda. Parece que lo que interesa es criticar por criticar, no la crítica positiva destinada a la mejora.
Ojo con el recurso de la oferta y la promoción, no vaya a ser que tenga efectos contraproducentes. Nos jugamos mucho ante los funcionarios a los que creo que debemos dar alguna explicación al haber pedido su apoyo economico.
Sin la adecuada transparencia no parece nada correcto reclamar dinero a compañeros a los que podamos cercenar su promoción. Creo que deberíamos rectificar como hacen otros aunque sea a nivel de corrección de errores.
Seria deseable ese esfuerzo de transparencia haciendo público el recurso que se ha presentado para que los compañeros puedan conocer nuestras actuaciones y evitar las dudas que se empiezan a generar.
CAda cual que piense lo que quiera, pero aquí hay gato encerrado con el recurso, mucho se tarda en publicar o en dar una explicación razonable sobre el mismo. No se nos critacaba a los sindicatos de alcanzar acuerdos en despachos? El Estado de Derecho no protege la promoción interna? Y la Ley no dice que es nuestro derecho?
Eso de que el recurso lo ha redactado un abogado ajeno a lo asociación suena a escusa perentoria. Viene a reconocer el error. Ni un duro para el recurso contra la promocion.
Cúmplase la ley, es lo que se pide siempre en los tribunales, y así se hará en este procedimiento, en el que es parte el Ministerio Fiscal, de modo que nadie tiene por qué preocuparse pues ningún derecho legal va a cercenarse por este recurso, y sin embargo sí se pueden restaurar -lo apunto como mera posibilidad, pues todo es posible en los Tribunales- los derechos vulnerados de los ciudadanos en su acceso al empleo público, unos pueden ser interinos y otros no.
No es una crítica a los sindicatos, sino a la Administración. Los sindicatos pueden aspirar a llevar más allá sus pretensiones y la Administración ha de cuidar que lo pactado no vulnere el ordenamiento jurídico.
Lo que no parecen admisibles son los pactos en perjuicio de tercero que se puedan alcanzar en algún caso, sobre todo cuando esos terceros son los ciudadanos.
Todos sabemos que la promoción interna es un derecho de los funcionarios, pero también sabemos -¿o es que nos hemos olvidado cómo logramos entrar en la Administración?- que el acceso al empleo público es un derecho constitucional de los ciudadanos, mediante la participación en procesos de selección de libre concurrencia.
La cuestión que aquí se debate, como argumento secundario del recurso, pues el primero y fundamental es la no inclusión de muchas de las vacantes ocupadas por funcionarios interinos, es si la promoción interna ha de ajustarse a determinados criterios de proporción con las plazas de acceso libre, para que no lesione de forma ilegítima el derecho de acceso de los ciudadanos.
¿Y por qué una Asociación tiene que entrar en esa cuestión?
A mí me parece muy clara la razón. Porque si aceptamos la ilegalidad, como colectivo profesional, por el mero hecho de que esa ilegalidad nos es favorable, estamos en la pendiente inexorable de la corrupción más absoluta, consistente en apropiarnos de lo que no es nuestro, la Administración, en perjuicio de sus legítimos propietarios, los ciudadanos.
Creo que la cuestión de la promoción interna ha de servir de elemento de reflexión moral. No cabe esperar que este criterio lo compartan todos, al igual que ocurre con otras cuestiones de similar naturaleza, y me refiero por ejemplo a la cláusula de revisión salarial, acordada al margen absoluto de la legalidad, pero de la que nadie dice nada, y por la que, no crea que nadie sea capaz de negarlo, los funcionarios acabamos recibiendo vía retribuciones un dinero público que no nos corresponde, pues no ha sido autorizado por el Parlamento en la Ley de Presupuestos.
Este tipo de cuestiones tienen un alcance mucho mayor del que pensamos, pues es la vía por la que se corrompe y desvirtúa el sentido moral de todos los funcionarios públicos, haciéndoles creer que la ilegalidad es un buen negocio y que todos salimos ganando con ella.
¿Esto es lo que se conoce como la democratización de la corrupción? Pero yo niego que pueda existir ninguna corrupción democrática, conceptos antitéticos por naturaleza. Democracia requiere virtud cívica y funcionarios celosos de la legalidad y no proclives a aceptar beneficios irregulares, al margen de la ley.
No podemos dejar que el arbol nos impida ver el bosque, pero hay que tener en cuenta que el bosque está formado por árboles. Las razones y objetivos de la Asociación son totalmente legítimos más aun teniendo en cuenta la actual (y reciente) situación de esta Administración (toda ella) en materia de personal. Los problemas son munchos y gravés, son por todos conocidos y ya han sido suficientemente descritos en este foro.
El "debate" surgido a raiz de la impugnación de la Oferta de Empleo Público del año 2007 es síntoma de que los que dirigen (y sus lacayos) la función pública están muy preocupados por la aparición y actividad de esta Asociación. La manera con la que han sido atacados algunos fundadores de la misma, con falsedades y difamaciones, así como la utilización del recurso a dicha Oferta con el espinoso tema de la promoción interna, son muestra de ello. Quieren enfrentar a los funcionarios con la Asociación para neutralizarla porque temen los resultados de su acción, sobre todo para ellos. Respecto a la promocíón interna, aquellos que acusan de "se la quieren cargar" no confiarán mucho en su legalidad, aunque me imagino que estarán tranquilos porque contarán con el correspondiente informe de los servicios jurídicos ¿o no?. Caso que algún juez o tribunal determinará su ilegalidad estonces habría que cuestionarse en manos de quién está esta Administración.
Yo personalmente, estoy completamente de acuerdo en que debe primar la legalidad , y que cumpliendo ésta, se podría realizar una suculenta promoción interna si se ofertarán todas las vacantes, que son muchos y serían muchás más si se acabará con las comisiones de servicio estableciendo un sistema ágil de provisión de puestos.
Otro tema es la mencionada cláusula de revisión salarial. Yo entiendo que una mejora en las condiciones de trabajo de TODOS los empleados públicos que garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de TODOS no puede ni deber ser calificado como de "estar recibiendo lo que no nos corresponde" o que "corrompe y desvirtúa el sentido moral de todos los funcionarios públicos". Si entendemos de tal forma la legalidad entraremos de lleno en un campo de contradicciones en la que NADIE podrá escapar, y se desvirtuarán los objetivos lógicos y razonables de esta Asociación.
Si el derecho a promoción interna, se materializa en fraude de ley, ¿nos callamos porque nos beneficia?
De todos modos quizás sería oportuno aclarar los términos del recurso en el que como bien se ha dicho antes, se pide que se cumpla la ley, lo que parece molestar a algunos.
Quien debía establecer o potenciar un sistema de provisión agil en todo este tiempo?
El titular del órgano competente para su convocatoria.
¿Y quién es?
El Director General de la Función Pública, dando las órdenes oportunas.
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