4. CONCLUSIÓN Y
RECOMENDACIÓN FINAL.
El borrador de Anteproyecto de Ley de la Función Pública de Aragón,
elaborado por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, a nuestro juicio, no lleva a cabo la regulación de los
elementos del régimen de la función pública que precisa el desarrollo del
Estatuto Básico del Empleado Público. Este Estatuto, tras fijar contenidos
básicos necesarios para la función pública de todas las Administraciones
Públicas, deja en manos del legislador
autonómico el establecimiento de contenidos normativos necesarios para
determinar el modelo propio de función pública de cada Comunidad Autónoma.
Sin embargo, el anteproyecto elaborado
por el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón
no realiza la necesaria labor de desarrollo ni respeta el marco normativo
básico, remitiendo indebidamente al posterior desarrollo reglamentario la
ordenación de aspectos fundamentales del modelo de función pública, lo que
entendemos vulnera la reserva de ley en esta materia, genera inseguridad
jurídica y produce un resultado de inaplicabilidad de la norma en tanto no se
concreten por el Gobierno los aspectos no definidos por la Ley.
Dado el carácter insuficiente de la
regulación legal, el modelo que pretende establecerse en el Anteproyecto de Ley
–dadas sus opciones en materia de ordenación de puestos, provisión y carrera profesional-
no garantiza una función pública profesional eficiente propia de un Estado de
Derecho, siendo significativo el hecho de que el proyecto normativo omita principios
constitucionales esenciales en cuanto al papel que corresponde a la Administración
Pública y al conjunto del personal a su servicio, de manera
que la regulación propuesta no supone ningún paso real en el necesario proceso
de regeneración de las instituciones públicas de la Comunidad Autónoma,
del cual ha de entenderse prioritaria la consolidación de una función pública
cualificada, imparcial y profesional.
Como conclusión, ha de emitirse una
OPINIÓN DESFAVORABLE sobre el texto objeto de análisis, resultando oportuno
proceder a una profunda, rigurosa y pausada reconsideración de su orientación y
a la consiguiente revisión de su articulado, tomando en consideración las
observaciones efectuadas en este escrito.
ResponderEliminarConfiemos en que el esfuerzo realizado tenga algún resultado. Gracias.