El cambio de Gobierno supondrá,
indefectiblemente, una renovación del personal eventual en la Administración de la Comunidad Autónoma,
que se plasmará en ceses y nombramientos del personal de confianza de los miembros
del Gobierno de Aragón, destinado en los respectivos Gabinetes y Secretarías
Particulares.
Aunque en el inicio de una nueva
legislatura pueda parecer una cuestión menor, como Asociación que lleva
reclamando, desde hace seis años, el
respeto del deber de publicación de los nombramientos y ceses del personal
eventual que establece la Ley
2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón –acudiendo a los
Tribunales para anular la irregular práctica de los anuncios de publicidad que
eluden la publicación como requisito de eficacia de los nombramientos, con
evidente fraude de ley-, hemos considerado oportuno reiterar, justo en este
momento de renovación plena de todo el personal eventual de la Administración
autonómica, dicha exigencia de publicación.
Para dicho recordatorio nos hemos
dirigido expresamente a las titulares de las Secretarías Generales Técnicas de
los Departamentos de Presidencia y Justicia y de Hacienda y Administración Pública,
como Departamentos preeminentes en las materias de organización, función pública
y régimen jurídico, solicitando que adopten las medidas precisas para el
cumplimiento general, por el conjunto de los Departamentos, de dicha obligación
de publicación.
La voluntad de corregir prácticas
inadecuadas –que han de quedar relegadas al pasado- y de asegurar el correcto cumplimiento
de la legalidad podría concretarse, precisamente, en el respeto al deber de
publicación de los nombramientos del nuevo personal eventual, tal y como se
exige en el artículo 25.5 de la
Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, cuestión a la
que esta Asociación prestará particular atención en los próximos días.
Se reproduce a continuación el
contenido íntegro del escrito dirigido a la Secretaria General
Técnica del Departamento de Presidencia y Justicia:
“Ilma.
Sra. Secretaria General Técnica
Departamento
de Presidencia y Justicia
Edificio
Pignatelli
P.º María
Agustín, 36
50071-Zaragoza
Zaragoza,
3 de julio de 2015.
Estimada
señora:
Siendo
inminente el nombramiento de los nuevos miembros del Gobierno de Aragón, con el
consiguiente cese del actual Gobierno en funciones, así como de todo el
personal eventual de los respectivos Departamentos, conforme a lo previsto en
el artículo 20.5 de la Ley
de la Administración
de la Comunidad Autónoma
de Aragón, deseamos recordarle la obligación legal de publicación de todos los
nombramientos y ceses del personal de confianza que establece el artículo 25.5
de la Ley del
Presidente y del Gobierno de Aragón.
Sin
perjuicio de la fórmula que se pueda utilizar para el cese del actual personal
eventual, toda vez que sus ceses se producen automáticamente, por expresa
previsión legal, sin que en tales ceses intervenga la voluntad del órgano
competente para su nombramiento, entendemos imprescindible que el nombramiento del nuevo personal eventual,
llevado a cabo por los nuevos miembros del Gobierno de Aragón, se sujete
estrictamente al deber de publicación
legalmente establecido, siendo el mismo requisito de eficacia para tales
nombramientos.
Debe,
por lo tanto, descartarse en los nuevos nombramientos de personal eventual la
irregular práctica de los anuncios de publicidad suscritos por los titulares de
las Secretarías Generales Técnicas, dado que tal práctica ha sido expresamente
desautorizada tanto por el Justicia de Aragón como por la jurisdicción
contencioso-administrativa, en sentencia nº
133/2012, de 7 de mayo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 5 de Zaragoza. En su lugar, habrá de asegurarse la publicación de las
respectivas resoluciones de nombramiento, adoptadas por los órganos
competentes, siendo tal publicación condición necesaria para la toma de
posesión correspondiente.
Entendemos que corresponde a la persona
titular de cada Secretaría General Técnica, en cuanto responsable en materia de
personal del Departamento, asegurar la correcta aplicación de la Ley y proceder, desde el
primer momento de la nueva legislatura, a adecuar el régimen de nombramientos
del personal eventual a lo exigido por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.
En consecuencia, y en ejercicio del
derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución
Española, le solicitamos que imparta criterios de actuación
común por parte de todas las Secretarías Generales Técnicas de los
Departamentos de la
Administración de la Comunidad Autónoma,
para asegurar que todos los nombramientos de personal eventual se sujetan al
deber de publicación establecido en el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del
Gobierno de Aragón.
Agradeciendo
de antemano su atención, reciba un atento saludo.
Julio
Guiral Pelegrín. Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa”
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