viernes, 3 de julio de 2015

PETICIÓN DE INFORMACIÓN A LA RESPONSABLE DEL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN SOBRE LOS CRITERIOS DE CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE LOS GABINETES DE LOS CONSEJEROS.



Es posible que alguien piense, equivocadamente, que los Gabinetes de los Consejeros son un mundo aparte, ajeno a la Administración Pública, cuyas reglas de funcionamiento son diferentes a las que rigen en el resto de la organización administrativa. Así parecen pensarlo los máximos responsables del actual Gobierno en funciones, a la vista de las respuestas dadas a esta Asociación.

Sin embargo, nada justifica tan peregrina idea, y debemos recordar que no solo los Gabinetes son Administración sino también los Consejeros, ya que éstos son los órganos superiores de la Administración, como señala el artículo 8.1 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: “Los Consejeros, como titulares de los Departamentos, son los órganos superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma”. Asimismo, el artículo 20 de la citada Ley regula los órganos de asistencia directa, señalando que “el Presidente y los Consejeros podrán disponer de un Gabinete para su asistencia directa” y que “cada uno de los miembros del Gobierno podrá disponer también de una Secretaría particular”.

Por lo tanto, a toda la documentación generada por los miembros del Gobierno de Aragón y sus órganos de asistencia directa le resulta aplicable el mismo régimen de conservación y archivo que el establecido para el conjunto de la Administración, empezando por el deber de conservación de todo documento público, forme parte o no de un expediente administrativo.

Creemos que dicho régimen ha de estar especialmente claro para quienes tienen la responsabilidad directa de fijar los criterios de conservación de la documentación administrativa y de asegurar su incorporación al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los criterios previamente fijados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos.

Por ello, y con el fin de recoger información útil para proseguir con la necesaria investigación de las destrucciones documentales llevadas a cabo en las Consejerías de la Administración autonómica, motivadas por el inminente cambio de gobierno, esta Asociación se ha dirigido a la Directora General de Contratación, Patrimonio y Organización del Departamento de Hacienda y Administración Pública, para recabarle información sobre la posible existencia de criterios de conservación documental aplicables a los órganos de apoyo inmediato a los miembros del Gobierno de Aragón y sobre el posible envío de dicha documentación al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido a la Directora General de Contratación, Patrimonio y Organización:


La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, con CIF número G-99156846 inscrita en el Registro de Asociaciones de la DGA con el número 01-Z-1989-2007, y domicilio en la calle León XIII, 21, 4º centro, código postal 50008 Zaragoza, representada por su Presidente, Julio Guiral Pelegrín, provisto del DNI núm. 17130593-D, 

EXPONE:

Con fecha 12 de junio de 2015, se dirigió escrito de denuncia a la Inspección General de Servicios, con motivo de las informaciones relativas a la destrucción de documentación administrativa que se viene produciendo en diferentes Departamentos y Organismos públicos del Gobierno de Aragón, tras la celebración de las pasadas elecciones del 24 de mayo de 2015 y el previsible cambio de gobierno derivado de los resultados electorales.

Consideramos un hecho totalmente anómalo y contrario a los más elementales principios del funcionamiento institucional la destrucción de documentos públicos con motivo de un posible cambio político, máxime teniendo en cuenta que todo documento público, por expresa determinación legal, forma parte del patrimonio documental aragonés y se halla integrado en el patrimonio cultural aragonés y español, previéndose su deber de conservación tanto en la legislación autonómica como en la estatal.

De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, corresponde a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización el ejercicio de las funciones internas en materia de archivo y la gestión del Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma.

 

También corresponde a esa Dirección la coordinación y gestión de la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos y el establecimiento de los criterios sobre conservación y destrucción de documentos administrativos generados por el conjunto de los órganos de la Administración autonómica.

 

Consideramos necesario, al objeto de valorar la actuación llevada a cabo por parte de los órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón, recabar de esa Dirección General una serie de información que por afectar a su actividad administrativa consideramos de carácter público y accesible al conjunto de los ciudadanos.

 

Por todo ello, y en ejercicio del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley aragonesa 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, 

 

SOLICITA:

1.     Información sobre los posibles acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentación Administrativa relativos a la documentación generada por los órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón.
2.     Información sobre el volumen de documentación remitida, a lo largo de la pasada legislatura, al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma desde los órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón.
3.     Información sobre las condiciones de destrucción de documentación llevada a cabo al término de la legislatura por parte de los órganos de apoyo de los miembros del Gobierno de Aragón, y si la misma se ha ajustado a los criterios establecidos por esa Dirección General para las unidades gestoras.


Zaragoza, 2 de julio de 2015.

1 comentario: