Es
posible que alguien piense, equivocadamente, que los Gabinetes de los
Consejeros son un mundo aparte, ajeno a la Administración Pública,
cuyas reglas de funcionamiento son diferentes a las que rigen en el resto de la
organización administrativa. Así parecen pensarlo los máximos responsables del
actual Gobierno en funciones, a la vista de las respuestas dadas a esta
Asociación.
Sin
embargo, nada justifica tan peregrina idea, y debemos recordar que no solo los
Gabinetes son Administración sino también los Consejeros, ya que éstos son los órganos
superiores de la
Administración, como señala el artículo 8.1 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón: “Los Consejeros, como titulares de los Departamentos, son los órganos
superiores de la
Administración de la Comunidad Autónoma”.
Asimismo, el artículo 20 de la citada Ley regula los órganos de asistencia
directa, señalando que “el Presidente y los Consejeros podrán disponer de un
Gabinete para su asistencia directa” y que “cada uno de los miembros del
Gobierno podrá disponer también de una Secretaría particular”.
Por
lo tanto, a toda la documentación generada por los miembros del Gobierno de
Aragón y sus órganos de asistencia directa le resulta aplicable el mismo régimen
de conservación y archivo que el establecido para el conjunto de la Administración,
empezando por el deber de conservación de todo documento público, forme parte o
no de un expediente administrativo.
Creemos
que dicho régimen ha de estar especialmente claro para quienes tienen la
responsabilidad directa de fijar los criterios de conservación de la
documentación administrativa y de asegurar su incorporación al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma,
conforme a los criterios previamente fijados por la Comisión de Valoración de
Documentos Administrativos.
Por
ello, y con el fin de recoger información útil para proseguir con la necesaria
investigación de las destrucciones documentales llevadas a cabo en las Consejerías
de la Administración
autonómica, motivadas por el inminente cambio de gobierno, esta Asociación se
ha dirigido a la Directora General
de Contratación, Patrimonio y Organización del Departamento de Hacienda y
Administración Pública, para recabarle información sobre la posible existencia
de criterios de conservación documental aplicables a los órganos de apoyo
inmediato a los miembros del Gobierno de Aragón y sobre el posible envío de
dicha documentación al Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Se
reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido a la Directora General
de Contratación, Patrimonio y Organización:
“La
Asociación para la Defensa de la Función Pública
Aragonesa, con CIF número G-99156846 inscrita en el Registro de Asociaciones de
la DGA con el
número 01-Z-1989-2007, y domicilio en la calle León XIII, 21, 4º centro, código
postal 50008 Zaragoza, representada por su Presidente, Julio Guiral Pelegrín,
provisto del DNI núm. 17130593-D,
EXPONE:
Con fecha 12 de junio de 2015, se dirigió escrito
de denuncia a la
Inspección General de Servicios, con motivo de las
informaciones relativas a la destrucción
de documentación administrativa que se viene produciendo en diferentes
Departamentos y Organismos públicos del Gobierno de Aragón, tras la celebración
de las pasadas elecciones del 24 de mayo de 2015 y el previsible cambio de
gobierno derivado de los resultados electorales.
Consideramos un hecho totalmente anómalo y
contrario a los más elementales principios del funcionamiento institucional la
destrucción de documentos públicos con motivo de un posible cambio político,
máxime teniendo en cuenta que todo documento público, por expresa determinación
legal, forma parte del patrimonio documental aragonés y se halla integrado en
el patrimonio cultural aragonés y español, previéndose su deber de conservación
tanto en la legislación autonómica como en la estatal.
De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, corresponde a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización el ejercicio de las funciones internas en materia de archivo y la gestión del Archivo de la Administración de la Comunidad Autónoma.
También corresponde a esa Dirección la coordinación y gestión de la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos y el establecimiento de los criterios sobre conservación y destrucción de documentos administrativos generados por el conjunto de los órganos de la Administración autonómica.
Consideramos necesario, al objeto de valorar la actuación llevada a cabo por parte de los órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón, recabar de esa Dirección General una serie de información que por afectar a su actividad administrativa consideramos de carácter público y accesible al conjunto de los ciudadanos.
Por todo ello, y en ejercicio del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley aragonesa 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón,
SOLICITA:
1.
Información
sobre los posibles acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de
Documentación Administrativa relativos a la documentación generada por los
órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón.
2.
Información
sobre el volumen de documentación remitida, a lo largo de la pasada
legislatura, al Archivo de la
Administración de la Comunidad Autónoma
desde los órganos de apoyo directo a los miembros del Gobierno de Aragón.
3.
Información
sobre las condiciones de destrucción de documentación llevada a cabo al término
de la legislatura por parte de los órganos de apoyo de los miembros del
Gobierno de Aragón, y si la misma se ha ajustado a los criterios establecidos
por esa Dirección General para las unidades gestoras.
Algunos se han retratado en el último momento.
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