lunes, 14 de julio de 2014

PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA: DEBE EXIGIRSE AL GOBIERNO DE ARAGÓN UNA MEMORIA ECONÓMICA CORRECTA QUE PERMITA CONOCER SU COSTE.



Esta Asociación se dirigió la semana pasada a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón para expresarles la necesidad de que la tramitación del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón se supedite a la elaboración por el Gobierno de Aragón de una correcta memoria económica de dicho proyecto normativo, señalando los costes derivados de la misma y las condiciones de financiación de los mismos, tal y como se exige en la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón y en la Ley de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.

Conocer el coste de una Ley –cuya repercusión en el capítulo de gastos de personal del Presupuesto de la Comunidad Autónoma es directa- es un requisito indispensable para su tramitación y aprobación, si admitimos que la función legislativa se fundamenta en un debate racional y responsable. Tal conocimiento sobre las repercusiones económicas de una norma legal es necesario en toda circunstancia, pero lo es especialmente en la actual coyuntura económica y presupuestaria, en la que la Comunidad Autónoma ha de cumplir exigentes objetivos de contención del déficit público y atraviesa manifiestas dificultades en su equilibrio presupuestario.

El Gobierno ha remitido un documento sin fecha ni firma a las Cortes de Aragón, al que se denomina “Memoria del análisis del impacto normativo”, en cuya parte final, en escasas ocho páginas que contienen datos y estimaciones carentes de la más elemental consistencia, se incluye una “memoria de impacto económico y presupuestario”. Un documento, para ser aquello que se denomina, ha de contener la información que resulta preceptiva. La omisión total de todo análisis sobre los efectos derivados del nuevo régimen retributivo, del cual el complemento ligado a la carrera es solo una parte, pero sobre todo la ausencia de las condiciones de financiación para las diferentes medidas de la Ley, no permite admitir tal documento como memoria económica. Si los Grupos Parlamentarios lo admiten, estarán vaciando de racionalidad y responsabilidad el debate de la Cámara.

Los representantes de los ciudadanos no pueden desentenderse de los intereses de la ciudadanía, y los ciudadanos tienen el legítimo derecho de saber cuánto cuesta la Ley de Función Pública –y los parlamentarios el deber de conocer ese dato antes de decidir y votar-, pues debe saberse la repercusión que ello tiene en otros programas de gasto de la Comunidad Autónoma. ¿Cuánto es razonable gastar en el personal de la Administración del total del presupuesto disponible?  

La Administración es un instrumento y no un fin en sí misma y sus costes han de ajustarse a las prioridades que imponen las necesidades de la sociedad y las políticas públicas de desarrollo y de bienestar general que resulta preciso impulsar. ¿Es asumible, en dicho contexto, el coste de la Ley de Función Pública? Es difícil saberlo si no se determina previamente ese coste, y sin un coste cierto o suficientemente aproximativo su aprobación sería una temeridad por parte de las Cortes de Aragón.

Por ello, consideramos indispensable, y así se lo hemos señalado a los Grupos Parlamentarios, que se exija al Gobierno de Aragón la confección de una memoria económica suficiente, en la que se determine el coste de la aplicación de la Ley y las condiciones de financiación del mismo. Ya es censurable que un Gobierno no aporte esa información e incluso se permita aprobar un Proyecto de Ley sin haber determinado previamente su coste. Igual reproche cabe hacer a los sindicatos de la función pública, capaces de respaldar un proyecto normativo sin la garantía de su viabilidad presupuestaria, reincidiendo con ello en los vicios que han conducido al actual colapso presupuestario de nuestra Administración. Ni siquiera hemos aprendido lo más elemental. A semejante ejercicio de irresponsabilidad no debieran sumarse los parlamentarios, debiendo reclamar la confección de la memoria económica necesaria para decidir la aprobación o no de la futura ley de función pública.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentario Popular:

“Grupo Parlamentario Popular
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 11 de julio de 2014.

Estimados señores:

El pasado día 24 de junio, representantes de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa tuvimos la oportunidad de comparecer, a petición propia, ante la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas de las Cortes de Aragón, para expresar nuestra opinión desfavorable frente al Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, remitido a ese Parlamento por parte del Gobierno de Aragón. Dicho Proyecto de Ley, a nuestro juicio, incorpora una seria de previsiones que no solo no avanzan en objetivos de profesionalización de la función pública, sino que conllevan manifiestos retrocesos, como son la regulación de la función directiva, de la provisión de puestos de trabajo y de la carrera profesional.

Al margen de nuestras discrepancias materiales o de fondo con el proyecto normativo, respecto a las cuales hemos tenido ocasión de manifestarnos, y de las que dimos traslado a todos los Grupos Parlamentarios de esa Cámara en su momento, no podemos dejar de insistir en la carencia de una memoria económica suficiente que permita conocer de modo ajustado el coste de la aplicación de la futura Ley, en el caso de que resulte aprobada, y las condiciones previstas para su financiación, cuestión de máxima relevancia en todo momento, pero particularmente en el actual contexto presupuestario y económico, donde se impone de forma prioritaria el cumplimiento de exigentes objetivos de contención del déficit público.

Como algún Grupo Parlamentario señaló con motivo de nuestra reciente comparecencia, el Proyecto de Ley remitido por el Gobierno de Aragón se acompañaba de una “Memoria del análisis del impacto normativo”, que contenía un apartado final relativo a “memoria de impacto económico y presupuestario”, pero la información contenida en dicho documento no puede, a nuestro juicio, cumplir la exigencia de memoria económica que establece el ordenamiento jurídico para todo proyecto normativo. Dicha memoria no contiene una verdadera estimación de costes ni muchos menos señala las condiciones de su financiación, como exigen tanto la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón y la Ley de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.

Por ello, a nuestro juicio no es posible admitir que el documento remitido a las Cortes de Aragón con la calificación de “Memoria del análisis del impacto normativo” satisfaga la exigencia que las leyes citadas imponen respecto a la elaboración de una memoria económica. En primer lugar, el citado documento carece de firma y de fecha, circunstancia que necesariamente lo priva de todo valor jurídico. En un procedimiento administrativo mínimamente riguroso –como no puede dejar de serlo el correspondiente al ejercicio de la iniciativa legislativa gubernamental- no caben documentos anónimos, de los que nadie se hace responsable.

Si bien dicho defecto formal nos parece suficiente para privar de validez jurídica al citado documento, ha de observarse también que el apartado relativo a “memoria de impacto económico y presupuestario” no satisface ningún criterio mínimo de calidad y congruencia. Un documento que no permite cuantificar el coste derivado de una ley ni sus condiciones de financiación no puede ser considerada como una memoria económica, aunque se le dé tal nombre.

Una ley en la que se regula un nuevo régimen retributivo para los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma y se implanta un nuevo y costoso modelo de carrera administrativa, como es la carrera horizontal aplicable a todo el personal de la Administración, no puede ser tramitada sin una adecuada memoria económica, pues el principio de legalidad impone la aplicación y respeto de las leyes aprobadas, lo que resulta inviable sin una financiación suficiente para afrontar el coste que conlleva tal aplicación. Aprobar una ley que va a determinar la evolución futura del volumen del capítulo de gastos de personal del Presupuesto de la Comunidad Autónoma requiere de manera indispensable la aportación por el Gobierno de Aragón de una memoria económica que determine un calendario de implantación de sus previsiones de gasto, fijando el coste imputable a cada ejercicio y sus condiciones de financiación, acreditando además que dicho gasto no compromete los objetivos de contención del déficit que impone la legislación de estabilidad presupuestaria.

En consecuencia, creemos que por parte de los Grupos Parlamentarios debe exigirse del Gobierno de Aragón una memoria económica que fije adecuadamente costes derivados de la aplicación de la Ley y condiciones de financiación, ya que tal información resulta imprescindible para proceder a la tramitación y discusión de dicho Proyecto. En el caso de que no se remitiese dicha memoria económica, entendemos que procedería la devolución del proyecto de ley, por carecer de la documentación indispensable para pronunciarse sobre el mismo.

Agradeciéndoles de antemano su atención, reciban nuestro atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

1 comentario: