jueves, 30 de enero de 2014

EN LA PELIGROSA LÓGICA DEL INCUMPLIMIENTO.



De acuerdo con los términos de la nota oficial hecha pública por el Gobierno de Aragón, desde el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte no solo no hay voluntad de respetar las sentencias en materia de oferta de empleo público –cuyos criterios no son válidos únicamente para el caso juzgado, sino que su interpretación jurídica debiera tomarse en cuenta en las nuevas ofertas de empleo público, incluida la que debe aprobarse en 2014-, sino que todo parece indicar que ni siquiera se piensan convocar las plazas establecidas por el Decreto-ley 1/2014, aprobado por el Gobierno de Aragón para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que anularon las ofertas de empleo público de 2007 y 2011.

La lesión de un derecho fundamental de los ciudadanos reviste una relevancia jurídica particularmente destacada, pero dicha lesión es aún más cualificada si comporta, además, la inejecución manifiesta de lo acordado por los Tribunales y de lo establecido en un Decreto-ley aprobado por el Gobierno para dar cumplimiento –al menos, aparentemente- a dichas sentencias.

Cuando el Decreto-ley aprobado por el Gobierno de Aragón ha establecido que la Oferta complementaria de 2011 ha de incluir 385 plazas de docentes no universitarios de enseñanza secundaria, es evidente que dicha cifra es el resultado de determinar el número de plazas que quedan afectadas por el fallo judicial, cuya identificación debe estar contemplada en la propia información facilitada por el Departamento competente. Ni el número ni la distribución por especialidades pueden ser ahora distintos a la información que ha de constar en los antecedentes del Decreto-ley aprobado por el Gobierno de Aragón.

No cabe, como parece pretenderse, fraccionar la ejecución de la Oferta en dos convocatorias diferentes, a realizar en 2014 y 2016 respectivamente, pues ello rompe la obligada unidad del proceso selectivo y las condiciones de ejecución de la Oferta, y contraviene tanto los términos de la sentencia judicial como del Decreto-ley. Es evidente que, de seguir por ese camino, los responsables del Departamento de Educación del Gobierno de Aragón pueden incurrir en grave responsabilidad jurídica, pues están adoptando decisiones contrarias a la ley que suponen lesión al derecho fundamental de los ciudadanos, sin que tal lesión disminuya por el hecho de que responda a un pacto entre Administración y sindicatos, toda vez que la negociación colectiva no puede intervenir en las condiciones de ejecución de una sentencia judicial, pues ésta priva de margen de discrecionalidad para adoptar las medidas que se imponen a la Administración.

Esta Asociación, a la vista de la citada nota del Gobierno de Aragón, va a dirigirse nuevamente a la titular del Departamento de Educación, así como al Consejero de Hacienda y Administración Pública, para advertirles de la necesidad de respetar los términos de las sentencias judiciales que corresponde ejecutar al Gobierno de Aragón, sin que éste cuente con facultad para alterar el contenido del fallo.

1 comentario:

  1. No se va a conseguir nada, denunciando un incumplimiento de la Ley, visto esta. Creo que la denuncia debería ir dirigida hacia el cargo publico que firma una disposición ilegal, entonces si que se resolvería y pronto.

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