Prosiguiendo con la campaña iniciada
por esta Asociación frente a las previsiones que en materia de oferta de empleo
público contempla el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2014, y en particular contra la utilización de las tasas de reposición de
efectivos como límite antijurídico al ejercicio del derecho fundamental de
acceso a la función pública, nos hemos dirigido, expresando las razones de
nuestra oposición a tal fórmula, a los diferentes portavoces de los Grupos
Parlamentarios en la Comisión
de Presupuestos del Congreso de los Diputados, a los que corresponde analizar y
debatir, en primera instancia, las diferentes enmiendas formuladas al Proyecto
de Ley de Presupuestos remitido por el Gobierno de Aragón.
En esa labor de análisis cabe
considerar la adecuación a la norma constitucional de las previsiones que se
contemplan, en materia de oferta de empleo público, en el artículo 21 del
citado Proyecto de Ley de Presupuestos, introduciendo en su redacción las
modificaciones necesarias para asegurar el respete al derecho fundamental de
acceso a la función pública que corresponde a los ciudadanos.
Se reproduce a continuación el
contenido íntegro de la comunicación remitida al Portavoz del Grupo
Parlamentario de Izquierda Plural, de igual contenido a las remitidas a los
restantes Portavoces en dicha Comisión:
“Sr. Portavoz del Grupo Parlamentario
Izquierda Plural
Comisión de Presupuestos
Congreso
de los Diputados
C/
Floridablanca, s/n.
28071-MADRID
Zaragoza, 28 de octubre de 2013.
Como
organización comprometida con la defensa y promoción de los principios constitucionales
que ordenan la función pública, entre los que figuran de forma destacada los de
legalidad, profesionalidad y ética pública, deseamos trasladarle nuestra
preocupación por el grave deterioro que viene sufriendo en el conjunto de las
Administraciones Públicas el ejercicio del derecho de acceso a la función
pública que reconoce a todos los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución
Española y que regula el Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por las Cortes Generales el año 2007.
Las
elevadas tasas de interinidad existentes en la mayor parte de las
Administraciones no solo evidencian un claro incumplimiento del régimen de
acceso a la función pública, conforme a los principios de igualdad, mérito y
capacidad que establecen los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución
Española, sino que suponen un claro factor de deterioro de
las condiciones previstas para el desempeño de la función pública, toda vez que
el régimen de inamovilidad que se prevé para los funcionarios de carrera en el
Estatuto Básico del Empleado Público constituye la necesaria garantía para el
deber de imparcialidad de los servidores públicos, circunstancia que se ve
directamente comprometida con tasas de interinidad que fluctúan, en muchas
Administraciones, entre el 25 y el 30% de sus efectivos.
Creemos
que las previsiones que, en materia de oferta de empleo público, han venido
incluyendo las Leyes de Presupuestos Generales del Estado en pasados
ejercicios, y que vuelven a contemplarse en el artículo 21 del actual Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado, con exclusión de incorporación de personal de nuevo ingreso durante
2014, con la única excepción de la prevista tasa de reposición del 10% en
determinados ámbitos o sectores de la Administración, han desconocido de forma indebida
el derecho de acceso a la función pública de los ciudadanos y contribuido, de
manera directa, al deterioro de la función pública, provocando gran parte de su
volumen de interinidad, con la consiguiente quiebra del derecho fundamental de
acceso de los ciudadanos y del régimen de garantía que para el desempeño de la
función pública supone la inamovilidad en la condición de funcionario de
carrera.
Ambos
resultados constituyen un menoscabo de nuestro Estado de Derecho, lo que
aconseja revisar la idoneidad y constitucionalidad de la concepción y aplicación
de tales medidas. Consideramos necesario que las previsiones en materia de
oferta del Proyecto de Ley de Presupuestos, actualmente en tramitación, se
ajusten al régimen establecido en el artículo 10.4 del Estatuto Básico del
Empleado Público, de manera que se incluyan en la Oferta anual el conjunto de
las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, salvo que se proceda a
su amortización.
Los
objetivos de contención del gasto público, a los que necesariamente han de quedar
vinculadas las previsiones en materia de incorporación de nuevo personal que
pueda establecer la Ley
de Presupuestos, han de operar sobre la dimensión de las plantillas de las
Administraciones o sobre el volumen de la masa salarial de cada Administración,
pero no deben suponer o conllevar obstáculo alguno al ejercicio de un derecho
fundamental de los ciudadanos, como es el de acceso a la función pública
(artículo 23.2 CE) ni ha de excepcionar el régimen de garantías del estatuto
jurídico de los servidores públicos, previsto para asegurar el desempeño de sus
funciones al servicio del interés general y con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho.
Por
todo ello, solicitamos que por parte de la Comisión de Presupuestos y por la Ponencia constituida en
su seno para el estudio del Proyecto de Ley remitido por el Gobierno se proceda
a analizar y revisar el contenido del artículo 21 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado, de manera que quede plenamente salvaguardado
el ejercicio por parte de los ciudadanos del derecho fundamental de acceso a la
función pública que corresponde a los ciudadanos, en los términos contemplados
en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Nos
permitimos acompañarle el documento de análisis que, sobre la cuestión
planteada, ha elaborado esta Asociación, por si pudiera resultar útil al
trabajo desarrollado por parte de esa Comisión.
Agradeciéndole
de antemano su atención, y quedando a su disposición para cualquier aclaración
o ampliación que pueda desear en relación con la cuestión planteada, reciba un
atento y respetuoso saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
ResponderEliminarEsperemos una respuesta por parte de los Grupos Parlamentarios, aunque solo sea para agradecer la propuesta remitida.