Dentro
de la campaña emprendida, en el ámbito de las instituciones del Estado, para
promover la supresión de las tasas de reposición de efectivos o su adecuación
al efectivo ejercicio del derecho fundamental de acceso a la función pública,
esta Asociación se dirigirá hoy al conjunto de los Subsecretarios de los 13
Ministerios en que se estructura la Administración
General del Estado.
Con
ello, se pretende que los planteamientos relativos al inadecuado uso de las
tasas de reposición de efectivos para contener el gasto de personal de las
Administraciones Públicas, y a su incidencia negativa en el debido respeto al
derecho fundamental de acceso a la función pública, establecido en el artículo
23.2 de la Constitución
Española, lleguen al conjunto de los responsables de personal
de la Administración
General del Estado, los cuales además ocupan un papel relevante
en la preparación de las decisiones del Gobierno –incluida la aprobación del
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado-, debido a su presencia en
la Comisión General
de Secretarios de Estado y Subsecretarios, en el seno de la cual pueden incidir
en la debida reconsideración de la técnica de las tasas de reposición de
efectivos.
Sin
perjuicio del escrito remitido a los Subsecretarios de los Ministerios, a lo
largo de la presente semana se enviarán también propuestas de modificación de
las citadas tasas a los responsables de función pública y de costes de personal
del Ministerio de Hacienda y Administración Pública, a los que se acompaña un “documento
de análisis” elaborado por la
Asociación sobre el tema, titulado “ANÁLISIS DE LA INADECUACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA TÉCNICA DE LAS TASAS DE
REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, PREVISTAS EN LAS LEYES DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL
ESTADO, POR LA LESIÓN AL
DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA FUNCIÓN
PÚBLICA”.
Se
reproduce, a continuación, uno de los escritos remitidos, correspondiente al
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente:
“Sr.
Subsecretario
Ministerio
de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
P.º Infanta Isabel, 1
28071-MADRID
Zaragoza, 28 de octubre de 2013.
Estimado
señor:
Como
organización comprometida con la defensa y promoción de los principios
constitucionales que ordenan la función pública, entre los que figuran de forma
destacada los de legalidad, profesionalidad y ética pública, le informamos que
la semana pasada nos dirigimos a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso
de los Diputados, con motivo de la tramitación parlamentaria del Proyecto de
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, para expresarles nuestra
preocupación por el grave deterioro que viene sufriendo en el conjunto de las
Administraciones Públicas el ejercicio del derecho de acceso a la función
pública que reconoce a todos los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución
Española y que regula el Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por las Cortes Generales el año 2007.
Las
elevadas tasas de interinidad existentes en la mayor parte de las
Administraciones no solo evidencian un claro incumplimiento del régimen de
acceso a la función pública, conforme a los principios de igualdad, mérito y
capacidad que establecen los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución
Española, sino que suponen un claro factor de deterioro de
las condiciones previstas para el desempeño de la función pública, toda vez que
el régimen de inamovilidad que se prevé para los funcionarios de carrera en el
Estatuto Básico del Empleado Público constituye la necesaria garantía para el
deber de imparcialidad de los servidores públicos, circunstancia que se ve
directamente comprometida con tasas de interinidad que fluctúan, en muchas
Administraciones, entre el 25 y el 30% de sus efectivos.
Creemos
que las previsiones que, en materia de oferta de empleo público, han venido
incluyendo las Leyes de Presupuestos Generales del Estado en pasados
ejercicios, y que vuelven a contemplarse en el artículo 21 del actual Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado, con exclusión de incorporación de
personal de nuevo ingreso durante 2014, con la única excepción de la prevista
tasa de reposición del 10% en determinados ámbitos o sectores de
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