Es
posible que nos hayamos acostumbrado a que los servicios públicos -y, entre
ellos, el de Educación- funcionen de forma precaria, como lo demuestra el
elevado número de contrataciones de interinos –más de mil- que se han debido
realizar por parte del Departamento de Educación, Universidad, Deporte y
Cultura del Gobierno de Aragón, para la realización de los exámenes de
septiembre, personal docente que luego cesa, para volver a ser contratado en el
inicio del nuevo curso.
La
estabilidad en el empleo –más en organizaciones de la amplitud y la complejidad
del sistema educativo- es un elemento de calidad para cualquier servicio y,
especialmente, para aquellos que tienen que ver con una atención directa con
personas, como sucede en un centro de salud o en un centro docente. La relación
de conocimiento y confianza entre alumno y profesor o entre paciente y médico
forma parte esencial de la prestación del servicio y de la satisfacción de los
usuarios de dichos servicios públicos. La identificación del personal con los
objetivos y resultados de su centro parte de la convicción de ser parte de la
organización educativa y para ello es necesario un horizonte de continuidad que
vaya más allá de un simple curso académico.
Las
altas tasas de interinidad que sufre el personal docente de nuestra Comunidad
Autónoma, y cuya corrección no parece ser un objetivo del actual Gobierno de
Aragón, quedaron claramente señaladas en el informe elaborado por el Justicia
de Aragón, de diciembre de 2012, titulado “El empleo público en la Administración
autonómica aragonesa”.
En
dicho Informe, al analizar la estructura del empleo público en Educación, se
señalaba: “La primera característica que se aprecia es el elevado nivel de
temporalidad en la administración educativa”. Con los datos referidos al curso
2011/2012, se constataba la existencia de 10.347 docentes con la condición de
personal funcionario de carrera (el 73%), 3.510 funcionarios interinos (el 25%)
y 317 funcionarios en prácticas (el 2%). El Informe indica que la tasa de
interinidad es más elevada en determinados cuerpos, como el de Profesores de
enseñanza secundaria obligatoria, donde alcanza una proporción del 32%, el de
Maestros, con el 19%, o el de Profesores de música y artes escénicas, con un
41% de personal interino.
Concluye
el citado informe del Justicia de Aragón señalando que “nos encontramos en
cualquier caso ante una elevada tasa de interinidad que revela un problema
estructural de insuficiente oferta de empleo público”. No está de más, por
nuestra parte, recordar la inexistencia de Oferta de Empleo Público durante
2012 y la aprobación en 2013 de una irrisoria Oferta con 95 plazas del Cuerpo
de Maestros, pese a constar la existencia de 1362 interinos en dicho Cuerpo.
Afirma el informe citado que “si durante los ejercicios anteriores se hubiese
ofertado un número de plazas que permitiese atender el elevado número de personal interino, la situación actual
resultaría menos gravosa”, y con el fin de garantizar un modelo de educación
pública basada en los principios de calidad y equidad marcados en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, resulta necesario, según el Justicia de Aragón, adoptar las medidas
necesarias para “disminuir la temporalidad en el ámbito sectorial de la
educación, garantizando ofertas públicas de empleo que atiendan a las
necesidades de personal”, y garantizar, en el contexto de los recortes
presupuestarios impuestos, la suficiencia de personal docente, evitando la
merma en la calidad del servicio de educación pública prestado.
Confiamos
en que la ejecución de las sentencias pendientes en materia de Oferta por parte
del Gobierno de Aragón, y en particular la que afecta a la Oferta de Empleo Público de
2011 –en la que se incluían plazas de personal docente no universitario-, sirva
para comenzar a invertir la actual situación de temporalidad, de manera que la
futura estabilidad del personal docente permita avanzar en objetivos de calidad
de la enseñanza y, por supuestos, restaure los principios de legalidad,
igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública docente,
revisando los criterios actuales de los procesos selectivos que priman la
experiencia previa sobre los conocimientos.
ResponderEliminar¿es la herencia de Almunia y Broto?