Pendiente de su debate y aprobación en la Junta Directiva de la Asociación convocada para el próximo 10 de septiembre, se avanza en este blog el texto del documento de aportaciones o alegaciones al Anteproyecto de Ley de la Función Pública de Aragón, elaborado por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, invitando a todos los interesados a realizar comentarios u observaciones al mismo, que puedan ser tenidas en cuenta en su debate final por parte los miembros de la Junta Directiva de la Asociación y socios que acudan a la reunión convocada para ello.
A lo largo de los próximos días, se irán publicando los diferentes apartados del citado documento, sin perjuicio de que se vayan, en su caso, intercalando notas relativas a otras cuestiones de interés o actualidad de la función pública aragonesa.
Procedemos, por lo tanto, a reproducir en esta primera nota el inicio del documento.
APORTACIONES DE LA ASOCIACIÓN PARA
LA DEFENSA DE
LA FUNCIÓN PÚBLICA
ARAGONESA AL ANTEPROYECTO DE LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE ARAGÓN.
- OBSERVACIÓN PREVIA.
La
Asociación
para la Defensa
de la Función Pública
Aragonesa considera necesaria la aprobación de una Ley de la Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Aragón, en la que se establezca el régimen jurídico de la actividad
profesional y del estatuto de los funcionarios públicos, plenamente adaptado al
marco de la Constitución
Española y del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Ley 7/2007, de 12 de abril.
Al enorme retraso acumulado en la
aprobación del régimen estatutario de los funcionarios públicos, previsto en el
artículo 103.3 de la Constitución
Española –no establecido hasta 2007, aunque fuera atendido
provisionalmente por la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública-,
se añade ahora la falta de decisión de las Comunidades Autónomas –incluida
Aragón, cuya competencia de desarrollo en materia de régimen de función pública
prevé el artículo 75.13ª del Estatuto de Autonomía de Aragón- y de la propia
Administración General del Estado para aprobar sus respectivas Leyes de Función
Pública, ajustadas al marco básico establecido por el Estatuto Básico del Empleado
Público.
La
Dirección
General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios ha elaborado un borrador de Anteproyecto de Ley de la Función Pública de Aragón, que
fue objeto de toma de conocimiento por parte del Gobierno de Aragón el pasado
12 de junio. El Consejero de Hacienda y Administración Pública, mediante
escrito de 24 junio de 2013,
ha invitado a esta Asociación a realizar aportaciones al
texto del Anteproyecto de Ley, para su posible mejora.
La importancia que reviste el proyecto
normativo elaborado para el futuro de la función pública aragonesa, así como el
sentido de responsabilidad con el que trata de actuar en todo momento esta
Asociación, nos hace obviar en este momento las enormes discrepancias
mantenidas, en diferentes cuestiones, con el Departamento de Hacienda y
Administración Pública, y nos obliga también a no tener en cuenta la falta de
respuesta a las numerosas peticiones y propuestas dirigidas a dicho
Departamento, ni a considerar comportamientos de reiterada inaplicación o incumplimiento
del ordenamiento jurídico, que nos llevaría a poner en duda la propia
consistencia de la nueva propuesta de regulación legal de la materia.
Por ello, y pese a las razones de peso
que nos podrían llevar a no atender la invitación del Consejero de Hacienda y
Administración Pública, dada la falta de consideración hacia esta Asociación
que implica el no dar respuesta a los escritos de petición que se le han
dirigido, pese a constituir el ejercicio de un derecho fundamental
constitucionalmente garantizado, entendemos necesario expresar nuestra posición
sobre las principales cuestiones que plantea el contenido del Anteproyecto de
Ley de Función Pública de Aragón, elaborado desde el Departamento de Hacienda y
Administración Pública, para instar una reconsideración profunda del texto
elaborado.
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