Celebramos
el magnífico artículo de opinión publicado hoy en el diario “El País” por
Carles Casajuana, con el título “Corrupción y función pública”, conceptos ambos
sobre los que esta Asociación ha tratado de reclamar la atención pública
durante más de seis años de actividad. Es de agradecer una exposición tan
directa, tan clara y tan lúcida sobre el valioso papel que corresponde a la
función pública en el aseguramiento del interés general y en la prevención de
la corrupción. El alcance que ha cobrado la corrupción pública en nuestro país
sería imposible sin el deterioro experimentado por la función pública. Hora era
de que ambos fenómenos se vinculasen.
Una
función pública profesionalizada y bien ordenada –en lo relativo a selección,
clasificación y provisión de puestos, así como al régimen retributivo e
incompatibilidades- es una garantía imprescindible para la pervivencia del
Estado de Derecho y para el sometimiento de los poderes públicos -en
particular, el poder ejecutivo- al principio de legalidad.
Cuando
el régimen de selección no funciona o se degrada de forma deliberada –como ocurre
en la Administración
de la Comunidad Autónoma
de Aragón, con la carencia de ofertas de empleo público o con el indebido
desplazamiento del personal funcionario por parte de empresas públicas-, reduciendo
a simple retórica el principio de inamovilidad de los funcionarios públicos, o
cuando la provisión de puestos se hace depender más del favor personal o la
afinidad política que del mérito objetivo y de la carrera profesional de los
funcionarios públicos, la debilidad de la Administración la
hace vulnerable al abuso de poder y a la corrupción.
Un
funcionario ha de saber y poder decir no a una orden política ilegal o
irracional. Los intereses generales no pueden estar a merced de decisiones
arbitrarias o de fines manifiestamente ilícitos. Los funcionarios están
protegidos por su estatuto jurídico para poder evitar cualquier quiebra a la
legalidad que pueda causar daño indebido al interés general o a los derechos de
los ciudadanos. Es cierto que la ética personal de cada servidor público no
viene determinada por su seguridad laboral, pero el ordenamiento jurídico y el
régimen de función pública han de crear los mecanismos para que cumplir con su
deber por parte de un agente público, sean cuales sean las circunstancias del
caso, no constituya un acto de heroicidad ni de autoinmolación laboral.
Por
supuesto, nada de lo que se expone en el estupendo artículo al que nos
referimos se dijo en la comparecencia de esta semana del Consejero de Hacienda
y Administración Pública ante las Cortes de Aragón. El grado de fortaleza de la
función pública aragonesa frente a la corrupción, con los niveles de
temporalidad y provisionalidad existentes, según lo acreditado por el informe
del Justicia de Aragón, es bajo, preocupantemente bajo, y ello hace presumir
que el nivel de corrupción que se da en nuestra Comunidad puede ser alto, aunque no
ocupe de momento las páginas de la prensa aragonesa. La lentitud del caso de La Muela o la falta de actuación
ante las irregularidades del Presidente de ASAEL son clarísimos ejemplos de dos
cosas: de la falta de voluntad política para combatir la corrupción pública y
de la debilidad de la función pública aragonesa para evitarla. ¿Existe alguna
propuesta del Gobierno de Aragón para corregir alguna de estas carencias o le
basta con negar el problema?
Buen artículo y buena nota, cuya estela debiera aprovechar la asociación para plantear medidas.
ResponderEliminarEnhorabuena por la glosa.
ResponderEliminarNo andaba descaminada la asociación en sus tesis.
ResponderEliminarSumad interinos, comisiones de servicios y libres designaciones y no os sorprenderá la realidad de la funciónpública en Aragón.
ResponderEliminarNo dijo en su día Javier Velasco ante las Cortes que en Aragón no había corrupción?
ResponderEliminarMe sumo a lo dicho por los demás: buen artículo el de El País y buena intervención en el blog.
ResponderEliminarEnhorabuena.