Un catorce de febrero, como hoy, hace cuatro años, en la sede del Colegio de Abogados de Zaragoza, se celebró la asamblea constitutiva de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, iniciándose una experiencia de compromiso con los valores de la función pública cuyos resultados podemos contemplar y evaluar en estos momentos.
El ejercicio del derecho de petición, ante el Gobierno de Aragón y ante el Parlamento autonómico, ante la Administración General del Estado y las Cortes Generales; la interposición de acciones judiciales ante los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, y también de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional; la realización de denuncias ante la Fiscalía General del Estado y el Tribunal de Cuentas; la presentación de escritos de queja ante el Justicia de Aragón y ante el Defensor del Pueblo; la formulación de recursos administrativos ante los órganos de la Administración autonómica; todo ello da idea del trabajo desplegado para intentar que la actividad de la Administración y la ordenación de la función pública se ajuste a las leyes, como exige el debido respeto al Estado de Derecho que proclama nuestra Constitución.
El mantenimiento de un blog accesible a todos los interesados en la labor de esta Asociación; la elaboración y difusión de numerosas notas de prensa para los medios de comunicación aragoneses y nacionales; las entrevistas realizadas en distintas televisiones y emisoras de radio; los actos públicos celebrados en las tres provincias aragonesas para dar a conocer la Asociación, para profundizar en el análisis crítico de nuestras instituciones públicas, o para celebrar el Día Internacional contra la Corrupción, como compromiso con un necesario programa de regeneración de la vida pública; todo ello refleja la clara intención de esta Asociación de llevar a la opinión pública –y también a los responsables institucionales- la necesidad de abordar un programa de medidas para avanzar en el buen gobierno y la buena administración.
Creemos que, cuatro años después de la fecha de constitución de esta Asociación, sus fines siguen plenamente vigentes y la oportunidad de su creación viene avalada por la realidad que hoy vivimos de deterioro en nuestras administraciones e instituciones públicas, frente a la cual no es posible la pasividad ni la indiferencia, mucho menos el cinismo, haciéndose cada día más necesario un compromiso activo con los valores democráticos y constitucionales que han de presidir la actuación del conjunto de servidores públicos que trabajan en la administración pública.
Reproducimos aquí los fines que se marcó esta Asociación en su momento de constitución y que, a nuestro juicio, el paso del tiempo no ha hecho más que acreditar su vigencia y oportunidad:
1. Compromiso público.
Compromiso pleno con los principios del Estado de Derecho y los valores constitucionales. Concepción de la Administración como organización al servicio de los ciudadanos y de la democracia. Papel esencial de la labor de los funcionarios y demás empleados públicos para el reforzamiento de la credibilidad de las instituciones públicas y el desarrollo de la cultura democrática.
2. Legalidad.
Defensa de la plena vigencia del bloque constitucional y de la legalidad administrativa, garantizando el sometimiento de la actuación de la Administración a la Ley y al Derecho y el respeto máximo a los derechos y libertades de los ciudadanos. Colaboración con los órganos de control internos y externos encargados de velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos.
3. Ética.
Defensa y promoción en el seno de la Administración de una ética de la responsabilidad y de un compromiso de integridad para el recto ejercicio de la función pública y la obtención de los fines de la actividad pública. Promoción de estándares de comportamiento exigibles para el conjunto de los funcionarios y demás empleados públicos.
4. Profesionalidad.
Defensa y promoción de la profesionalización de la Administración Pública, tanto de su función directiva como del conjunto de los funcionarios y demás empleados públicos, orientando a tal objetivo la política de formación y todos los instrumentos de desarrollo profesional y carrera administrativa.
5. Calidad y buena administración.
Defensa y promoción de una cultura de la calidad en los servicios públicos. Impulso de medidas de modernización, planificación y evaluación efectiva y de iniciativas tendentes a la mejora continua de la gestión pública y a la creciente satisfacción de los usuarios de los servicios públicos. Garantía del derecho de los ciudadanos a una buena administración.
6. Receptividad y participación.
Promoción de una gestión pública orientada al ciudadano, receptiva y sensible a sus demandas y necesidades, y dotada de instrumentos de participación y consulta que permita incorporar a los procedimientos de decisión el conjunto de los intereses y valores sociales afectados.
7. Gestión eficiente.
Defensa y promoción de una cultura de la eficiencia y del gasto racional y responsable, optimizando la utilización de recursos e impulsando técnicas modernas de gestión y control. Impulso de la Administración electrónica al servicio de una gestión ágil y eficiente. Utilización preferente y óptima de las capacidades del capital humano público, evitando la descapitalización de la función pública y la infrautilización de los recursos propios.
8. Cultura organizativa.
Defensa y promoción de una cultura organizativa que contribuya a consolidar en la Administración valores de respeto y colaboración, responsabilidad, transparencia, trabajo en equipo, dirección participativa e igualdad de oportunidades y no discriminación, así como un nítido compromiso de calidad en el conjunto de los servicios públicos.
Enhorabuena por la marcha y labor de la Asociación a lo largo de este tiempo, ratificada por la reciente sentencia del Supremo.
ResponderEliminarSupongo que les habrá llegado, pero por si acaso, y para general conocimiento, me permito copiar a continuación una circular de UGT sobre la sentencia que no tiene desperdicio:
- Como quien no quiere la cosa se suben al carro diciendo que la sentencia les da la razón a ellos, que ya defendieron que esa foerta no estaba bien y tal. ¡Pues que la hubieran interpuesto ellos! ¡Pero si se abstuvieron! Qué cara más dura.
- AhHora bien, para ellos "el valor de la sentencia está en próximas negociaciones". Es decir, que ahora reclaman para sí su gestión, cuando es con la Asociación con quien debe ponerse de acuerdo la Administración para la ejecución de la sentencia.
- Y para mi lo más grave. Hablan de "estabilización de efectivos", "plan de consolidación de empleo" y acaban pidiendo expresamente, en referencia a los interinos que "la sentencia no perjudique a quien no ha generado el problema". Es decir, si por UGT fuera no se convocan las plazas, ¿¿es que no se enteran de lo que ha dicho el Supremo??, ¿¿¿es que no entienden que es ilegal??? Quieren mantener el sistema clientelista y de privilegios creados que bien les favorece, en connivencia con la Administración.
Sepan ustedes, señores de la Asociación, que muchos estamos con ustedes y confiamos en su hacer y su criterio, sintiéndonos representados en sus acciones y no en las de unos sindicatos tan instalados como inútiles. Confiamos en que trabajen en la línea que han venido señalando en este mismo blog, negándose a planes de consolidación de los interinos para que nada cambie y todo siga igual. Felicidades por su coherencia y gracias por ella. Sigan así, por favor.
Esta es la carta de UGT:
ResponderEliminarUNA SENTENCIA IMPORTANTE
Los pasados días los medios de comunicación se han hecho eco de una sentencia del Tribunal Supremo, dictada tras un recurso de la asociación para la defensa de la función pública aragonesa, que anula la oferta de empleo público de la DGA para el año 2007.
La sentencia anula la OPE del 2007 por entender que vulnera el derecho al acceso al empleo público al no ofertar todas las plazas vacantes ocupadas por interinos, lo que considera contrario a lo estipulado por la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón y por el Estatuto Básico del Empleado Público.
La oferta de 2007 fue aprobada con los votos de la Administración y de los sindicatos CCOO y CSIF y sin el voto de UGT, que se opuso en la Mesa Sectorial de Administración General y se abstuvo en el trámite consultivo de la Comisión de Personal. Los argumentos que llevaron a UGT a no aprobar dicha oferta fueron fundamentalmente dos: en primer lugar, que no se ofertaba un número significativo de plazas que permitiera combatir la creciente precarización de las plantillas de la DGA; en segundo lugar, que la Oferta no abordaba el problema de la estabilización de efectivos y, más concretamente, la aplicación de la D.T. 4ª del EBEP.
Cuatro años después, la sentencia del supremo viene a desmontar los argumentos esgrimidos en aquel momento por la Administración (que consideraba lesiva para la calidad de la selección una oferta numerosa y se amparaba en un supuesto mayor coste para la Administración) y genera dudas entre los trabajadores acerca del alcance práctico de la sentencia.
Al margen de las decisiones judiciales que se tomen al respecto, UGT considera que no debe haber problemas para garantizar la validez de los procesos de selección originados por la OPE de 2007 por cuanto el Tribunal Supremo no pretende recortar el número de plazas ofertadas, sino aumentarlo. En ese sentido, los trabajadores seleccionados en procesos derivados de esa oferta no deben sentirse intranquilos. En cuanto a los otros posibles afectados por la sentencia, que son los interinos cuyas plazas deberían haber sido incluidas en la oferta, la sentencia será de difícil cumplimiento por razones prácticas (algunas de esas plazas ya estarán cubiertas a través de otros procesos de selección o provisión) y jurídicas, por cuanto la Ley de Presupuestos para 2007 establecía una tasa de reposición de efectivos que limitaba enormemente la posibilidad de oferta.
Para UGT, sin embargo, el valor de la sentencia estriba en que próximas negociaciones acerca de las ofertas de empleo público deberán abordarse desde parámetros diferentes que, por cierto, habrán de tener en cuenta lo que nuestro sindicato alegó entonces: que no es posible tener una política seria de personal si no se aborda el principal problema, que no es otro que la precariedad de las plantillas.
La combinación de la sentencia que nos ocupa y de la legislación que año tras año impone el Estado a través de la Ley de presupuestos (tasa de reposición de la que se excluye las plazas incursas en procesos de estabilización de efectivos), solo dejan una salida, que no ha sido asumida en los pactos sobre empleo que el Gobierno, CCOO y CSIF han firmado en 2005 y 2008: un plan de consolidación de empleo que permita una gestión racional de las plantillas.
UGT va a velar porque la sentencia del Tribunal Supremo no perjudique a aquellos que no han generado el problema y, sobre todo, va a exigir una nueva política que no esté lastrada por insoportables índices de precariedad.
Y que pasa con los derechos de los demás ciudadanos, con los derechos de todos aquellos que no han tenido la gran suerte de poder trabajar en la Administración sin aprobar un proceso selectivo, pero que si están esforzándose día a día....
ResponderEliminarGracias por vuestro trabajo. Seguid en esta línea. Entre todos hemos de conseguir una Admón PUBLICA regida solo por la ley.
ResponderEliminarBasta de patrimonializar los puestos públicos.
ResponderEliminarCuántas falacias en el texto de UGT!
ResponderEliminarSi rechazan una oferta como dicen, por qué luego la defienden junto a la Administración?
ResponderEliminarA cambio de qué?
ResponderEliminarHartos del mangoneo de los políticos, en Aragón se creó una asociación de
ResponderEliminardefensa de la función publica aragonesa.
¿Cómo lo saben?
ResponderEliminarQue sigamos otros cuatro años más, para que los fines de la asociación puedan realizarse.
ResponderEliminar¿y si no existiese esta asociación, qué se perdería?
ResponderEliminarLa UGT busca ganancia a río revuelto, qué pena de sindicato!
ResponderEliminarDe la Gaceta del Opositor:
ResponderEliminarPregunta
Buenas tardes: me voy a presentar a unas plazas que van a sacar en un Ayuntamiento de consolidación de empleo temporal. En el teléfono 010 del Ayuntamiento me han dicho que sólo pueden presentarse los interinos y no los de la calle. ¿Me podrían decir si eso es legal?
Asunción.
Respuesta
No, no es legal. En las convocatorias de consolidación de empleo pueden presentarse tanto los interinos como "los de la calle" (como dices tú). Los que sucede es que a los interinos se les dan unos puntos en función del tiempo que han desempeñado los puestos de trabajo. Y la verdad es que, a veces, los puntos que pueden obtener los interinos hace muy difícil la entrada a "los de la calle".
Vuelve a llamar al Ayuntamiento, pero no al 010, que no suelen estar del todo enterados de estas cuestiones, y habla con alguna persona del Departamento de Recursos Humanos, ya verás como te lo aclara mejor.
Suerte.
Alexis Bandirola
Felicidades por los años cumplidos, ampliamente colmados.
ResponderEliminarMadrid, Castilla la Mancha, Canarias y Cantabria ya han anunciado que no ofertarán ninguna plaza para maestros este año y los sindicatos de la enseñanza temen que ese efecto dominó acabe influyendo sobre el resto de autonomías que, por el momento, no han confirmado tampoco sus convocatorias. A fecha de hoy tan sólo han confirmado convocatoria de plazas Cataluña, País Vasco, Galicia y Baleares.
ResponderEliminarEl recorte en la oferta pública de empleo va más allá incluso del 30 por ciento de la tasa de reposición de efectivos para cubrir las bajas por jubilación que sí autoriza el ajuste presupuestario del gobierno y supondrá, según el sindicato ANPE, un colapso para un sistema educativo que este año ha experimentado ya una reducción de cerca del 10 por ciento en los presupuestos de las comunidades autónomas. "Eso sin contar la situación en que quedan más de 50.000 jóvenes que llevan dos años preparándose para unas oposiciones que no van a salir", explica el presidente de ANPE, Nicolás Fernández Guisado. "Para realizar los exámenes correspondientes en junio, la convocatoria oficial de plazas debe plantearse antes de finales de marzo, y a fecha de hoy sólo hay cuatro comunidades que han convocado plazas, Cataluña, País Vasco, Galicia y Baleares. Entre las cuatro apenas suman 2.000 plazas, frente a las 20.000 que se convocaron hace dos años. Es un recorte brutal que confirma los peores presagios", explica Fernández Guisado.
El sindicato pide al ministerio de Educación que ejerza un papel de coordinación para asegurar la oferta de plazas en todo el territorio nacional. "Lo contrario, según Anpe, supondrá un gravísimo desequilibrio territorial y amenaza con desbordar las oposiciones que se convoquen, al margen del lugar donde salgan".
La consejera de Educación de Castilla la Mancha, María Ángeles García, argumenta que ha sido una "decisión difícil" pero recuerda que las comunidades están obligadas, por el ajuste presupuestario aplicado por el Gobierno, a no convocar más allá del 30 por ciento de la tasa de reposición de efectivos. El problema es que no ha habido acuerdo entre las Comunidades para ofertar ese mínimo en todos los territorios y ante el temor a una avalancha de opositores, algunas autonomías han optado por congelar la oferta de plazas para proteger a sus interinos. "Hemos pensado que entre ofertar muy pocas plazas con el riesgo de desbordamiento y congelar la convocatoria, era mejor optar por esto último".