La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha formulado en estos días su escrito de alegaciones en el procedimiento de amparo promovido ante el Tribunal Constitucional frente a dos acuerdos de la Mesa de las Cortes de Aragón de abril de 2009, ya que, a juicio de esta Asociación, con ellos se vulneraba el derecho fundamental de petición ejercido ante el Parlamento aragonés, al instar la constitución de una Comisión de Investigación para esclarecer la situación de los gabinetes de los miembros del Gobierno de Aragón, ante los indicios de uso fraudulento de numerosos puestos de asesor, utilizados para retribuir a personas que no desempeñan función pública alguna ni acuden a las oficinas de la Administración.
Dichas alegaciones se han formulado a la vista del expediente remitido por las Cortes de Aragón al Tribunal Constitucional, en cuya documentación se constata que el órgano de gobierno del Parlamento autonómico, a pesar de las opciones recogidas en los informes de los servicios jurídicos de la Cámara, en que se contemplaba la remisión del escrito de petición planteado a la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos para su conocimiento, decidió impedir el ejercicio del derecho. La Mesa de las Cortes, en concreto, optó por negar la legitimación de la Asociación para formular una petición como la planteada, vulnerando con ello el contenido esencial del derecho fundamental.
Entendemos que concurre una clara vulneración porque no existe requisito de legitimación para el ejercicio de tal derecho -susceptible de ser ejercido por cualquier persona física o jurídica, nacional o extranjera, como se señala expresamente en la Ley Orgánica 4/2001- y la inadmisión de la petición, en todo caso, no es una facultad que pueda ejercer la Mesa de las Cortes de Aragón, sino que el Reglamento de la Cámara lo atribuye a la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos. Por lo tanto, la decisión de la Mesa deniega la tramitación de la petición, al no remitirla a la Comisión competente para su conocimiento, y además, en un exceso de poder incomprensible, niega la legitimación de la Asociación para formular tal petición y, con indisimulado malestar, llega a calificar el escrito de "injerencia en la actividad parlamentaria", dejando con ello reducidos a la nada los cauces de comunicación entre los ciudadanos y sus representantes.
En el trámite de alegaciones concedido por el Tribunal, por lo tanto, la Asociación no ha hecho sino ratificar y ampliar la argumentación de su escrito de recurso, insistiendo en la tesis de que nada obsta para que, en ejercicio del derecho de petición, un ciudadano o una asociación pueda solicitar a los órganos de un Parlamento la constitución de una comisión de investigación para estudiar o esclarecer una situación de notorio interés público que afecta al buen funcionamiento de las instituciones de la Comunidad Autónoma.
Confiamos en que el Ministerio Fiscal, al que corresponde también formular sus alegaciones en defensa del derecho fundamental afectado en el recurso, venga a respaldar la posición sostenida por esta Asociación.
Cortes de Aragón: ¿un órgano de representación política en donde los representados no pueden dirigirse a sus representantes?
ResponderEliminarLos consejeros de las empresas públicas se libran del recorte salarial en sus dietas. Heraldo de hoy, día 20 de octubre.
ResponderEliminarUna doble vara de medir. Esta es la política que ha aplicado el Gobierno de Aragón a la hora de extender los recortes salariales de la Administración a las empresas públicas. Mientras obliga a las 26 sociedades dependientes de la DGA a rebajar el sueldo de todos sus trabajadores un promedio de un 5%, mantiene intactas las dietas que perciben los miembros de los consejos de administración por asistencia a los mismos. Y no son precisamente los más desvalidos, ya que en su inmensa mayoría son altos cargos políticos de la DGA.
Marcelino, nuevo Secretario de Organización del PSOE.
ResponderEliminar¡¡Atención al lío monumental que se está organizando con la Cámara de Cuentas de Aragón!!
ResponderEliminarMal empieza este órgano, que debería ser impoluto, intachable, transparente y ejemplar.