El Justicia de Aragón ha trasladado a esta Asociación una comunicación, relativa a la queja planteada en su día por la falta de respuesta del Presidente de la Diputación Provincial de Huesca a la solicitud, realizada en noviembre de 2008, en ejercicio del derecho fundamental de petición, sobre aprobación de un Código de Buen Gobierno para la Corporación Provincial oscense.
En dicha comunicación se transcribe la contestación dada por el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca, Antonio Cosculluela, a la citada Institución, justificando la innecesariedad de la aprobación del Código de Buen Gobieno sugerido por esta Asociación, toda vez que la normativa actualmente vigente, a su juicio, es suficiente para atender dicho fin.
Dicha respuesta contrasta abiertamente con la iniciativa propugnada desde Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que ha aprobado recientemente un Código Ético de Gobierno Local, invitando a todas las Entidades Locales españolas a que se adhieran al mismo y lo incorporen a su actividad institucional, como compromiso ético con los ciudadanos.
Tampoco resulta muy coherente la alegada innecesariedad de criterios éticos de conducta, cuando los hechos acreditan que el responsable de la Diputación Provincial de Huesca no ha respetado el derecho fundamental de petición ejercido por esta Asociación. Frente al escrito de petición remitido, y pese al año largo transcurrido desde entonces, dicho responsable ni ha acusado recibo del mismo ni ha dado la obligada respuesta que exige la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición. Y hablamos de un derecho fundamental, no se olvide.
Se ha hecho necesaria, una vez más, la intervención del Justicia de Aragón, como institución garante de los derechos individuales y colectivos de los aragoneses, para que el responsable máximo de la Diputación Provincial de Huesca se comprometa a dar la respuesta que le exige el ordenamiento jurídico.
Las normas legales y el debido sometimiento a la Constitución -en cuyo artículo 29 se reconoce el derecho de petición- no han bastado, como se puede apreciar, para que el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca respete el derecho fundamental ejercido por esta Asociación. Tal actitud, a nuestro juicio, desvirtúa el argumento dado en su respuesta al Justicia: sin un compromiso ético de las autoridades públicas, las normas jurídicas no bastan. El Código de Buen Gobierno representaría ese compromiso ético que tanto se echa en falta en quienes actualmente ejercen los cargos públicos de nuestras instituciones.
Esta Asociación queda a la espera de la anunciada respuesta del Presidente de la Diputación Provincial de Huesca, para, en el caso de mantener los términos de su informe al Justicia de Aragón, dar traslado de la misma a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), reclamando sus oficios ante dicha Corporación Provincial para que asuman el Código propugnado desde dicha entidad municipalista.
Reproducimos, a continuación, el texto íntegro del escrito remitido por el titular de la Institución del Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, al Presidente de esta Asociación, Julio Guiral, cuyos términos son lo siguientes:
"Zaragoza, 23 de diciembre de 2009.
Estimado señor:
Con fecha 25 de marzo de 2009 se dirigión a esta Institución interponiendo queja ante la falta de contestación, por parte de la Diputación Provincial de Huesca, a escrito presentado por la Asociación a la que usted representa en el que planteaban la oportunidad de que dicha administración aprobase un Código de Buen Gobierno.
Admitida su queja, nos dirigimos a la Diputación Provincial de Huesca solicitando información al respecto.
Con fecha 22 de diciembre de 2009 hemos recibido escrito de contestación en el que nos indican, literalmente, lo siguiente.
"...le comunico a V.E. que esta Presidencia no considera fundada actualmente la indicada petición y así se le va a hacer partícipe a la referida Asociación, a tenor del marco jurídico vigente, tanto en lo que se refiere al Estatuto de los miembros representativos de las Entidades locales contenido especialmente en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, con las modificaciones introducidas recientemente por la Disposición Adicional novena de Ley del Suelo, y en la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, como en lo que respecta al Código de conducta de los funcionarios y personal laboral de esta Diputación contemplado de una manera novedosa en el Título III, Capítulo VI de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las indicadas normas constituyen un corpus jurídico suficiente y los anunciados proyectos de reforma de los gobiernos locales, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, no aconsejan, en consecuencia, la adopción en estos momentos de iniciativas para la aprobación que solicita la Asociación".
Indica la Administración consultada que va a proceder a comunicar a la Asociación para la Defensa de la Función Pública su postura respecto a la petición formulada en su momento, en los términos descritos. En el supuesto de que no proceda así, le rogamos nos lo haga saber con el fin de adoptar las medidas oportunas al respecto.
Deseo que esa información le sea útil para resolver la situación planteada o, por lo menos, decidir las medidas a adoptar a tal fin.
Procedo, con ello, al archivo del expediente, y así se lo hago saber en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, a la vez que le agradezco la confianza depositada en esta Institución y aprovecho la ocasión para quedar a su entera disposición en el futuro.
Atentamente,
EL JUSTICIA DE ARAGÓN, FERNANDO GARCÍA VICENTE".
Bravo por el Justicia de Aragón.
ResponderEliminarPenoso, verdaderamente penoso el nivel de nuestras instituciones.
ResponderEliminarSuma y sigue. ¿A dónde vamos así?
ResponderEliminarPues yo estoy de acuerdo con Cosculluela: no creo que sea necesario el Código de Buen Gobierno. Bastaría con que se cmplieran las leyes. Pero también ha de haber algún tipo de responsabilidad si no se cumplen, como les ocurre a los ciudadanos de a pie.
ResponderEliminar¿Cómo puede dejarse de publicar las relaciones de puestos de trabajo, no aprobar ofertas anuales de empleo público o exceder amplísimamente las comisiones de servicio sin que pase nada ni nadie responda? Ese es el Código de Buen Gobierno que hace falta.
SUS RAZONES TENDRÁ.
ResponderEliminarfeliz año a todos los amigos de la asociación.
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