Desde
la Asociación,
nos hemos dirigido al Director de Función Pública y Calidad de los Servicios,
Ignacio Zaragaza, con quien no hemos mantenido encuentro alguno desde su
nombramiento, para señalarle la necesidad de que los responsables de función pública,
a la hora de elaborar y aprobar la
Oferta de Empleo Público –incluida la negociación de sus
previsiones con las organizaciones sindicales-, tengan en cuenta los reiterados
pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, al objeto de
respetar de manera adecuada el derecho fundamental de acceso a la función pública.
La
Oferta
de Empleo Público, a la vista de lo concluido por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ha de
aprobarse con carácter anual para el conjunto de los ámbitos o sectores de la Administración, y
en ella han de incluirse la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por
personal interino, salvo que se opte por su amortización.
En
próximas fechas, nos dirigiremos en igual sentido a la totalidad de los
miembros del Gobierno de Aragón –Presidente y Consejeros-, toda vez que la
aprobación de la Oferta
de Empleo Público es una competencia atribuida al Ejecutivo autonómico, de la
cual son corresponsables todos los miembros del mismo, sin perjuicio de que su
propuesta deba formularla el titular del Departamento de Hacienda y
Administración Pública.
Parece
razonable que tanto la Dirección General
de Función Pública y Calidad de los Servicios, al confeccionar la propuesta de
oferta, como el Gobierno de Aragón al aprobarla, hayan de tomar en consideración
los criterios indicados por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón con el
fin de preservar el derecho fundamental de acceso a la función pública que
reconoce el artículo 23.2 de la Constitución
Española, sin que puedan seguir haciendo oídos sordos a lo reiterado
por el Tribunal, obligando con ello a esta Asociación a una nueva impugnación
de la Oferta
en defensa del principio de legalidad y de la garantía de los derechos
fundamentales de los ciudadanos, pero sobre todo del modelo constitucional de
función pública y de los criterios de selección del personal funcionario, como
son los de igualdad, mérito y capacidad, y de la garantía de su imparcialidad a
través de la inamovilidad garantizada exclusivamente a los funcionarios de
carrera.
Se
reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Director
General de Función Pública y Calidad de los Servicios:
“Ilmo.
Sr. Director General de la Función Pública
y Calidad de los Servicios.
Departamento
de Hacienda y Administración Pública
Gobierno de
Aragón
Pº María
Agustín, 36
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 5 de
abril de 2016.
Estimado
señor:
En
mi condición de Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa, entidad que viene reivindicando desde el
año 2007 el respeto al derecho de acceso a la función pública que reconoce a
todos los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución
Española, deseo expresarle nuestra satisfacción con la
reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con
fecha 23 de marzo de 2016, en relación con el recurso planteado por nuestra
parte por la ausencia de aprobación de oferta de empleo público para 2014 por
el Gobierno de Aragón en el ámbito de administración general.
Esta
sentencia obliga al Gobierno de Aragón a aprobar un decreto de oferta de empleo
público de 2014, correspondiente al ámbito de administración general, incluyendo
en dicha oferta todas las plazas vacantes cubiertas por personal interino.
Es
la quinta vez que los Tribunales declaran contraria a Derecho una Oferta de
Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón, al no respetarse el derecho
de acceso a la función pública y vulnerar lo previsto en el Estatuto Básico del
Empleado Público y en la Ley
de Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
El
Tribunal Supremo anuló la
Oferta de Empleo Público de 2007 y el Tribunal Superior de
Justicia de Aragón, de acuerdo con lo declarado por el Tribunal Supremo, ha
anulado las Ofertas de Empleo Público de 2010, 2011 y 2015, declarando, con la
nueva sentencia, contraria a Derecho la no aprobación de oferta de empleo
público en 2014 para el ámbito de administración general.
Creemos
que el conjunto de resoluciones judiciales dictadas, resultantes de la acción
de defensa del acceso a la función pública llevada a cabo por esta Asociación,
constituyen una desautorización de la política seguida en esta materia por
parte del Gobierno de Aragón, y debiera dar lugar a una profunda reflexión por
parte de todos los órganos competentes en materia de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma
sobre la necesidad de respetar la legalidad y garantizar el pleno ejercicio de
los derechos fundamentales de los ciudadanos que afectan a la función pública.
Como
responsable del órgano directivo encargado de la preparación de la oferta de
empleo público, queremos insistirle en la necesidad de que los pronunciamientos
reiterados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sean tenidos en cuenta a
la hora de confeccionar la oferta de empleo público para 2016, de manera que
quede acreditada de manera suficiente la inclusión en la misma de la totalidad
de los puestos vacantes ocupados por personal interino, salvo aquellas plazas
objeto de posible amortización. Entendemos que los términos de las leyes y los
fallos judiciales no dejan lugar a dudas sobre tal obligación, de manera que la
posible negociación de la oferta con las organizaciones sindicales en modo
alguno puede prescindir del marco legal al que ha de ajustarse el acceso a la
función pública autonómica.
Agradeciendo
de antemano su atención, reciba un respetuoso saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
ResponderEliminarEnhorabuena por la última sentencia favorable del 23 de marzo, otro logro gracias a vosotros.
ResponderEliminarAragón ocultó más de 6.000 plazas ocupadas por interinos para no sacarlas a oposición
abc
El Gobierno aragonés, tanto con el PSOE como con el PP, ha ocultado sistemáticamente, desde hace al menos nueve años, miles de plazas de empleo público. De esa forma ha podido mantener en ellas a interinos en vez de tener que ser cubiertas con una oposición reglada a la que pudiera optar cualquier aspirante para ganárselas por los principiso esenciales de igualdad, mérito y capacidad.
ResponderEliminarLa Justicia ha acabado destapando estas irregularidades en una cascada de sentencias que han ido llegando en los últimos años y que están forzando al Ejecutivo regional a aflorar miles de plazas, incluirlas en las ofertas de empleo público y convocar oposición para que sean ocupadas por oposición.
Las primeras sentencias en este sentido se están ejecutando ahora. Son las que, en los últimos años, destaparon que el Gobierno PSOE-PAR presidido por el socialista Marcelino Iglesias ocultó más de 3.000 plazas en las ofertas de empleo público entre 2007 y 2011 en distintas áreas del sector público regional, entre las que destaca la Sanidad.
Aquel gabinete presidido por el PSOE fue sustituido en 2011 por el PP de Luisa Fernanda Rudi, que en la pasada legislatura puso en marcha los trámites para sacar a oposición esas plazas. Sin embargo, otra sentencia que ha emitido en los últimos días el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha destapado que el Ejecutivo de Rudi, a la par que afloraba por imperativo judicial esas más de 3.000 plazas, ocultaba también miles más que seguían ocupadas por interinos en unidades de la administración general de la Comunidad autónoma.
Ahora, esta nueva sentencia forzará al actual Gobierno regional del socialista Javier Lambán a incluir también estas plazas para sacarlas a oposición.
En la administración general de la Comunidad autónoma hay actualmente más de 3.200 puestos ocupados por interinos, plazas que llevan en esa situación, en muchos casos, desde hace incluso más de diez años.
Interinidad de más del 30%
En cómputo global, uno de cada tres empleados públicos del Gobierno aragonés no se han ganado la plaza por oposición, no son de empleados públicos de carrera sino que están contratados como interinos, en muchos casos desde hace años.
En el sector público del Gobierno aragonés hay un total de 16.000 plazas en esta situación, ocupadas por interinos en vez de estar cubiertas en propiedad por empleados públicos que la hayan ganado en propiedad tras una oposición reglada.
Según los últimos datos oficiales publicados por el Ejecutivo regional, entre sus servicios administrativos, centros educativos y sanitarios, funcionarios judiciales y entes que dependen del Gobierno de Aragón suman un total de 51.000 asalariados. De ellos, 16.000 son interinos, lo que supone el 31,4% de la plantilla total.
La mayor tasa de interinidad se da en Sanidad y Enseñanza, áreas en las que suponen el 37%. Le siguen los servicios de administración general, con una tasa de interinidad del 29%. En las entidades de derecho público del Gobierno aragonés el 26% de las plazas está ocupada por personal que no se ha ganado la plaza en propiedad con una oposición. La tasa más baja de interinidad se da en el personal de Justicia, un 6,72%.
Roberto Pérez/Zaragoza
ABC
ResponderEliminarEl Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha condenado al gobierno aragonés a aprobar la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2014, en el ámbito de la Administración General, y a pagar las costas del proceso. La sentencia, de fecha 23 de marzo de 2016, estima el recurso contencioso-administrativo promovido por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, según ha indicado ésta en un comunicado.
Heraldo.es 05.04.16
Los hechos se remontan al 8 de noviembre de 2014 cuando la asociación requirió al consejero de Hacienda y Administración Pública la aprobación de la citada oferta de empleo público, incluyendo la totalidad de las plazas ocupadas por personal interino en los ámbitos de la administración general, educación y sanidad.
Con fecha 16 de diciembre de 2014, el Gobierno de Aragón aprobó los decretos de oferta correspondiente a los ámbitos de educación y sanidad pero omitió la aprobación de oferta con puestos de administración general.
La asociación formuló entonces un recurso contencioso- administrativo frente a la inactividad reglamentaria en que incurría el Gobierno de Aragón al no aprobar la oferta correspondiente al ámbito de administración general, cuya argumentación fue apoyada por el Ministerio Fiscal.
La sentencia dictada finalmente por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estima en su integridad el recurso planteado por la asociación y refuerza el derecho de acceso a la función pública, entendiendo que vulnera dicho derecho la falta de aprobación de oferta de empleo público -ya sea total o parcial-, y reafirmando la necesidad de que la oferta aprobada incluya la totalidad de las plazas ocupadas por interinos.
Con este nuevo pronunciamiento, la asociación ve refrendada su tesis de que se produce vulneración del derecho de acceso a la función pública cuando la Administración, en contra de lo que exige el Estatuto Básico del Empleado Público, incumple, por inactividad, el deber de aprobar oferta anual de empleo público.
Un incumplimiento que puede ser total o parcial, como en este caso, en el que se aprobó oferta para los sectores de educación y sanidad, pero no para la administración general pese a existir vacantes ocupadas por funcionarios interinos de obligada inclusión en oferta.
(información recogida en la página de actualidad del INAP, "La Administración al día"
ResponderEliminarEnhorabuena por el eco que va obteniendo vuestro trabajo.
ResponderEliminarQue tanto contrasta con el silencio que guarda el Gobierno de Aragón y sus responsables de función pública.