Desde esta Asociación,
el pasado día 18 de julio, dirigimos a la Presidenta de las Cortes de Aragón
una solicitud de acceso a la información pública, al amparo de la normativa de
transparencia y del Reglamento de las Cortes de Aragón, para conocer el
contenido de los informes remitidos al Parlamento autonómico por parte de la
Administración General del Estado con advertencias de inconstitucionalidad
respecto al contenido de la recientemente aprobada Ley de actualización de los
derechos históricos de Aragón.
Pese a la aprobación
del nuevo Reglamento de las Cortes de Aragón, por el Pleno de la Cámara el
pasado 28 de junio de 2017, con la introducción en el mismo de un Título
denominado “Del Parlamento Abierto”, en el que se establecen una serie de
obligaciones en materia de transparencia de la información parlamentaria, con
el compromiso de hacer accesible a los ciudadanos la información
correspondiente a las tramitaciones parlamentarias, a través del Portal de
Transparencia de las Cortes de Aragón, puede comprobarse que en dicho Portal no
existe contenido alguno relativo a la actividad parlamentaria, refiriéndose
exclusivamente a la actividad administrativa del Parlamento.
Si hay alguna actividad
pública expresamente sometida al principio de publicidad es la labor legislativa
de un Parlamento, pues la elaboración de las leyes ha de quedar reflejada, en
sus diferentes fases, en el boletín oficial de las Cortes de Aragón y en sus
diarios de sesiones han de quedar reproducidas las intervenciones de los
portavoces parlamentarios que han intervenido en su confección, de manera que
la posición de cada grupo y sus argumentos sean plenamente accesibles a la
opinión pública. No hay posibilidad de normas secretas, ni cabe el secreto en
el proceso de elaboración y aprobación de las leyes.
Por ello, resulta
injustificable que documentos de la relevancia de los solicitados por esta
Asociación no sean de libre acceso a través del Portal de Transparencia de las
Cortes de Aragón, como elemento del proceso de tramitación de la proposición de
ley correspondiente, y sea necesario, ante la ausencia de publicidad activa,
ejercer el derecho de acceso a la información pública, con la consiguiente
demora en el conocimiento de tal información. Ello limita el control y el
debate social que debe acompañar a una ley de la trascendencia que reviste la
de actualización de derechos históricos de Aragón, mediante la cual ha quedado
claramente desnaturalizada nuestra organización institucional, con
desconocimiento grave de la posición que, en el ordenamiento jurídico, ocupan
la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Aragón.
Si bien desde las
Cortes de Aragón se ha acusado recibo de nuestra petición, a la que se dará
trámite por la Mesa de las Cortes de Aragón, según comunica la Letrada Mayor en
reciente escrito de fecha 2 de agosto de 2018, entendemos totalmente necesario
insistir en la necesidad de que las Cortes de Aragón se ajusten al principio de
transparencia que ha de ordenar su actividad, tal y como se señala en su actual
Reglamento, y se proceda a incluir su Portal de Transparencia toda la
información relevante relativa a la tramitación de las diferentes iniciativas
legislativas, incluyendo entre ella, lógicamente, los posibles informes
remitidos por la Administración General de Estado u otras instancias con
advertencias de inconstitucionalidad en que se pueda incurrir con la aprobación
de la ley autonómica.
Entendemos que lo
coherente tras esas advertencias, si han sido desatendidas, es que el
Presidente del Gobierno promueva ante el Tribunal Constitucional las oportunas
acciones de control sobre la adecuación de la ley aprobada a la norma
constitucional y al bloque de constitucionalidad, del que forma parte el
Estatuto de Autonomía de Aragón, en cuanto norma integrante del ordenamiento
estatal que no puede ser desconocida por una ley autonómica en lo que es su
contenido propio y que le queda reservado, como es la ordenación de las
instituciones de la Comunidad Autónoma.
Se reproduce a
continuación el contenido íntegro de la comunicación, de fecha 2 de agosto de
2018, de la Letrada Mayor de las Cortes en relación con la petición formulada
por esta Asociación:
“Comunico
a usted que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 8/2015, de
25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana
de Aragón, su solicitud de información registrada con fecha 18 de julio de 2018
ha sido conocida por la Mesa de las Cortes en la siguiente sesión a tal
registro, celebrada el 1 de agosto de 2018.
A
la vista de la misma, la Mesa procederá a estudiar los diferentes objetos que
conforman dicha solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y
siguientes de dicha norma. La resolución que se adopte le será comunicada en el
plazo establecido legalmente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
31 de la misma Ley y 141 del Reglamento de las Cortes de Aragón.
Zaragoza,
a 2 de mayo de 2018.
La
Letrada Mayor, Carmen Agüeras Angulo”
ResponderEliminarConvendría pedirlos también al Estado, como autor de los citados informes.