lunes, 6 de agosto de 2018

COMUNICACIÓN DE LAS CORTES DE ARAGÓN RELATIVA A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE LA LEY DE ACTUALIZACIÓN DE DERECHOS HISTÓRICOS DE ARAGÓN.




Desde esta Asociación, el pasado día 18 de julio, dirigimos a la Presidenta de las Cortes de Aragón una solicitud de acceso a la información pública, al amparo de la normativa de transparencia y del Reglamento de las Cortes de Aragón, para conocer el contenido de los informes remitidos al Parlamento autonómico por parte de la Administración General del Estado con advertencias de inconstitucionalidad respecto al contenido de la recientemente aprobada Ley de actualización de los derechos históricos de Aragón.

Pese a la aprobación del nuevo Reglamento de las Cortes de Aragón, por el Pleno de la Cámara el pasado 28 de junio de 2017, con la introducción en el mismo de un Título denominado “Del Parlamento Abierto”, en el que se establecen una serie de obligaciones en materia de transparencia de la información parlamentaria, con el compromiso de hacer accesible a los ciudadanos la información correspondiente a las tramitaciones parlamentarias, a través del Portal de Transparencia de las Cortes de Aragón, puede comprobarse que en dicho Portal no existe contenido alguno relativo a la actividad parlamentaria, refiriéndose exclusivamente a la actividad administrativa del Parlamento.

Si hay alguna actividad pública expresamente sometida al principio de publicidad es la labor legislativa de un Parlamento, pues la elaboración de las leyes ha de quedar reflejada, en sus diferentes fases, en el boletín oficial de las Cortes de Aragón y en sus diarios de sesiones han de quedar reproducidas las intervenciones de los portavoces parlamentarios que han intervenido en su confección, de manera que la posición de cada grupo y sus argumentos sean plenamente accesibles a la opinión pública. No hay posibilidad de normas secretas, ni cabe el secreto en el proceso de elaboración y aprobación de las leyes.

Por ello, resulta injustificable que documentos de la relevancia de los solicitados por esta Asociación no sean de libre acceso a través del Portal de Transparencia de las Cortes de Aragón, como elemento del proceso de tramitación de la proposición de ley correspondiente, y sea necesario, ante la ausencia de publicidad activa, ejercer el derecho de acceso a la información pública, con la consiguiente demora en el conocimiento de tal información. Ello limita el control y el debate social que debe acompañar a una ley de la trascendencia que reviste la de actualización de derechos históricos de Aragón, mediante la cual ha quedado claramente desnaturalizada nuestra organización institucional, con desconocimiento grave de la posición que, en el ordenamiento jurídico, ocupan la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Aragón.

Si bien desde las Cortes de Aragón se ha acusado recibo de nuestra petición, a la que se dará trámite por la Mesa de las Cortes de Aragón, según comunica la Letrada Mayor en reciente escrito de fecha 2 de agosto de 2018, entendemos totalmente necesario insistir en la necesidad de que las Cortes de Aragón se ajusten al principio de transparencia que ha de ordenar su actividad, tal y como se señala en su actual Reglamento, y se proceda a incluir su Portal de Transparencia toda la información relevante relativa a la tramitación de las diferentes iniciativas legislativas, incluyendo entre ella, lógicamente, los posibles informes remitidos por la Administración General de Estado u otras instancias con advertencias de inconstitucionalidad en que se pueda incurrir con la aprobación de la ley autonómica.

Entendemos que lo coherente tras esas advertencias, si han sido desatendidas, es que el Presidente del Gobierno promueva ante el Tribunal Constitucional las oportunas acciones de control sobre la adecuación de la ley aprobada a la norma constitucional y al bloque de constitucionalidad, del que forma parte el Estatuto de Autonomía de Aragón, en cuanto norma integrante del ordenamiento estatal que no puede ser desconocida por una ley autonómica en lo que es su contenido propio y que le queda reservado, como es la ordenación de las instituciones de la Comunidad Autónoma.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro de la comunicación, de fecha 2 de agosto de 2018, de la Letrada Mayor de las Cortes en relación con la petición formulada por esta Asociación:

“Comunico a usted que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, su solicitud de información registrada con fecha 18 de julio de 2018 ha sido conocida por la Mesa de las Cortes en la siguiente sesión a tal registro, celebrada el 1 de agosto de 2018.

A la vista de la misma, la Mesa procederá a estudiar los diferentes objetos que conforman dicha solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes de dicha norma. La resolución que se adopte le será comunicada en el plazo establecido legalmente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 de la misma Ley y 141 del Reglamento de las Cortes de Aragón.

Zaragoza, a 2 de mayo de 2018.

La Letrada Mayor, Carmen Agüeras Angulo”

1 comentario:


  1. Convendría pedirlos también al Estado, como autor de los citados informes.

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